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Página:Sesiones de los Cuerpos Lejislativos de Chile - Tomo XXIX (1841).djvu/403

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SESION DE 25 DE OCTUBRE DE 1841 399
  1. Comunicar al Gobierno la lei que crea una Junta Revisora del proyecto de Código Civil. (V. sesion del 17 de Noviembre venidero.)
  2. Comunicarle así mismo la que aprueba las cuentas de inversion de 1840. (Anexo núm. 615.)
  3. Contestar a la Cámara de Diputados que el Senado queda instruido de la desiguacion de don Manuel José Cerda para miembro de la Comision de Lejislacion. (Anexo ntím. 616.)
  4. Aprobar el proyecto de lei que permite que el Ejército permanezca en Santiago. (V. la sesion siguiente.)

ACTA

SESION DEL 25 DE OCTUBRE DE 1841

Asistieron los señores Barros, Bello, Benavente, Egaña, Menéses, Ortúzar, Ossa, Ovalle Landa, Solar, Subercaseaux i Vial del Rio.

Aprobada el acta de la sesion anterior, se dió cuenta de una nota del Presidente de la República en que espone haber resuelto convocar a las Cámaras Lejislativas a sesiones estraordinarias desde el dia 21 del corriente para considerar los asuntos que en la misma nota se espresan i algunos otros que deben someterse en breve a la consideracion del Congreso Nacional i se mandó contestar i en seguida archivarse quedando abiertas las sesiones estraordinarias en virtud de esta convocatoria.

Se dió cuenta de un mensaje del Presidente de la República en que solicita del Congreso Nacional se permita la residencia de Cuerpos del Ejército permanente en el lugar de las sesiones del Congreso i 10 leguas a su circunferencia; i se puso en tabla para segunda lectura.

Se leyeron cinco notas de la Cámara de Diputados en la primera de las cuales se anuncia haberse aprobado sin variacion alguna el proyecto de lei relativo a la formacion de una Junta que revise el proyecto de Código Civil encargado a la Comision de Lejislacion del Congreso Nacional; i se mandó comunicar al Supremo Gobierno. En la segunda se trascribe un proyecto de lei acordado por esa Cámara prorrogando por cuatro años la autorizacion conferida al Supremo Gobiernoien 2 de Setiembre de 1835 para promover la construcción de caminos, canales i puentes; i se puso en tabla para segunda lectura. En la tercera se avisada aprobacion del proyecto de lei en que se aprueban los gastos de la administracion pública en el año de 1840; i se mandó comunicar al Supremo Gobierno. En la cuarta se participa que habiendo espuesto el señor don Ramon Luis Irarrázaval que sus muchas ocupaciones no le permitian seguir funcionando en la Comision de Lejislacion del Congreso Nacional, esa Cámara ha sustituido en su lugar al señor Diputado don Manuel José Cerda; i se mandó contestar a este oficio i en seguida archivarlo. En la quinta se espone que esa Cámara cerró sus sesiones ordinarias a las 3 de la tarde del dia 20 del corriente, i que ha sido convocada a sesiones estraordinarias para el 21 del mismo; i se mandó archivar.

Estando para espirar el plazo concedido para la residencia de las fuerzas del Ejército permanente en el lugar de las sesiones del Congreso, la Sala acordó que tuviese lugar en la sesion de hoi las diferentes lecturas i discusiones a que debe sujetarse el proyecto de lei iniciado por el Presidente de la República sobre este asunto; efectuadas las cuales se aprobó por unanimidad el siguiente:

"Artículo único. El Congreso Nacional permite que residan cuerpos del Ejército permanente en el lugar de sus sesiones i a 10 leguas a su circunferencia durante la actual lejislatura i los seis primeros dias de la lejislatura estraordinaria u ordinaria que siguiere."

Celebrado este acuerdo, se acordó trascribirlo inmediatamente a la otra Cámara; i en este estado se levantó la sesion. —Barros.


ANEXOS

Núm. 607

No habiendo alcanzado el Congreso a examinar en el período ordinario de sus sesiones que espira hoi la cuenta de los gastos hechos en la administracion pública en el año próximo pasado, ni los presupuestos de los que han de hacerse en el de 1842, ni podido tampoco ocuparse, como lo reclaman las necesidades jenerales, de algunos de los asuntos o proyectos de lei que le han sido pasados por el Gobierno, tales como el de arreglo de réjimen interior, el de pesos i medidas, el de prórroga de las facultades concedidas al Ejecutivo en 2 de Setiembre de 1835, la transaccion celebrada con el Encargado de Negocios de los Estados Unidos de América sobre el Bergantin Warrior, la consulta de los Tribunales de Justicia acerca del valor de los documentos no estendidos en el papel sellado corres pendiente a la representacion del M. R. Arzobispo de esta Metrópoli relativa a la cuota que deba asignársele de la masa decimal; i considerando que el pronto despacho de estos negocios