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80 CÁMARA DE SENADORES


Núm. 95

Soberano Señor:

Pedro Antonio Chacon, por don Gabriel de la Quintana, usando del derecho de peticion, respetuosamente digo, ante Vuestra Soberanía: que deseoso mi representado de incorporarse en la gran familia chilena, se presentó a la Ilustre Municipalidad de Valparaiso, solicitando que se le recibiese la correspondiente información para acreditar que ha cumplido con los requisitos que exije la parte 3.º del artículo 6.° de la Constitucion, dicha solicitud le fué admitida i segun se manifiesta de las dilijencias que en debida forma acompaño, ha justificado, que tiene mas de veinte años de residencia en Chile, i que se casó en Santiago, de cuyo matrimonio le viven al presente dos hijos. Considerándose, pues, por los motivos espuestos, merecedor a que se le otorgue esta gracia, ocurro a Vuestra Soberanía, para que, en conformidad de lo dispuesto en el artículo 7.ºde la Constitucion, se digne declarar que se halla en el caso de obtener su carta de naturalizacion. Así a Vuestra Soberanía suplico lo determine por ser de justicia. —Pedro Antonio Chacon.


Núm. 96

Señor Gobernador e Ilustre Municipalidad:

Gabriel de la Quintana natural de España a V. S. con el debido respeto digo: que hace mas de veinte años ha que resido en esta República ejerciendo la profesion de comerciante, i deseando corresponder a la familia chilena, para gozar de los honores i prerrogativas de ciudadano por tener las cualidades que requiere el capítulo 4.º, artículo 6 °, partida 3.ª de la Constitucion Politica i poseer ademas propiedades raices para lo que ofrezco la información de estilo. Por tanto, A V. S. suplico se sirva admitir la informacion que ofrezco, i ordenar se reciba por el escribano de Cabildo, i hecho se provea como llevo pedido, es justicia. —Gabriel de la Quintana.


Vista en junta de Cabildo se acordó lo que sigue:

"Recíbase la informacion que esta parte ofrece, i hecho vuelva. —Valparaiso, Setiembre 26 de 1840. —MELGAREJO. —Teodoro Almeida, Secretario de Cabildo."


En dicho dia notifiqué el decreto de la vuelta a don Gabriel de la Quintana, doi fé. —Martínez.


En la ciudad i puerto de Valparaiso a primero de Octubre de mil ochocientos cuarenta, la parte para la informacion ofrecida presentó por testigo a don Juan Cuadros, quien juró por Dios i unas señal de la cruz decir verdad en cuanto se supiere i le fuere interrogado; i siéndole al tener de la peticion que antecede, dijo: que le consta que don Gabriel de la Quintana español, reside en esta República mas de veinte años; que se casó en la capital de Santiago ahora dieziseis años, de cuyo matrimonio tiene algunos hijos; que durante su residencia en Chile se ha conducido con la mayor honradez siempre trabajando, ya en el comercio, i ya de capitan de los buques nacionales. Que lo dicho es la verdad en que ratificó, dijo ser mayor de cincuenta años, que no le tocan las jenerales de la lei i la firmó, de que doi lé. —Juan Cuadros. —Ante mí. —Martínez.


En el mismo dia mes i año la parte presentó por testigo a don Juan de Dios Lorié, quien juró por Dios i una señal de la cruz, decir verdad en cuanto supiere í le fuere interrogado; i siéndolo al tenor de la peticion que antecede dijo: que le consta que don Gabriel de la Quintana es español, reside en esta ciudad doce años i que desde ese tiempo le conoce, que es casado en esta capital de Santiago, de cuyo matrimonio tienen algunos hijos; que durante su residencia en Chile se ha conducido con la mayor honradez, siempre trabajando en el comercio i de capitan de los buques nacionales. Que lo dicho es la verdad en que ratificó, habiendo leido su declaracion, dijo: ser mayor de cincuenta i cinco años, que no le tocan las jenerales de la lei, i la firmó de que doi fé. —Juan de Dios Lorié. —Ante mí. —Martínez.


El señor Gobernador Departamental don Juan Melgarejo e Ilustre Municipalidad certifican: que don Gabriel de la Quintana, natural de España i vecino de esta ciudad, ha manifestado los deseos que le animan para entrar en el número de la familia chilena a la cual pertenece ya por el derecho que le da la lei, i en su consecuencia se mandó recibir la información que ofreció, para que el Supremo Gobierno si lo tiene a bien mande se le espida la carta de naturaleza que solicita. Dado en Valparaiso, firmados de nuestras manos, sellado con el sello de la Municipalidad i refrendado por nuestro Secretario a 13 de Octubre de 1848. —Antonio Gundian. —Juan Melgarejo. —Fernando A. dela Puente. —Ramon Toto. —Teodoro Almeida, Secretaiio de Cabildo.