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Página:Sesiones de los Cuerpos Lejislativos de Chile - Tomo XXI (1831-1833).djvu/355

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SESION EN 17 DE MAYO 1833

los i como orijinados de aquella timidez que por amontonar seguridades no hacen mas que escavar precipicios.

Finalmente, a las observaciones espuestas solo podemos agregar que no encontramos en la reforma disposiciones que pongan en peligro la libertad, franqueando al despotismo sendas secretas o resortes privados para encadenarla; i sí, por el contrario, hallamos bien establecidas las reglas para conservarla i afianzarla, i embarazados los caminos por donde pudieran entronizarse los abusos. Si el objeto de una Constitucion es determinar las condiciones del pacto social, por ahora nos parece que lo hemos conseguido, i si no es así, el tiempo nos descubrirá los defectos del reformado para correjirlos segun sus mismas disposiciones.


Núm. 89 [1]

DOCUMENTOS DE OFICIO

La promulgacion i juramento de nuestra Constitucion reformada ha tenido lugar en esta ciudad en los dias 7 i 8 del corriente, entre los trasportes de alegría i entusiasmo que animan a un pueblo ansioso de ver de un modo sólido i permanente establecidas las leyes que deben afianzar su tranquilidad i la comun felicidad de la República. Entre un concurso inmenso, testigo de este acto augusto, ha sido digno de notarse el órden admirable que dirijía sus acciones i los signos del patriotismo mas exaltado que marcaba en los semblantes el regocijo que afectaba a los espectadores. Jamás se ha obtenido una aprobacion mas pronunciada a las deliberaciones de las autoridades nacionales que el testimonio que acaba de rendir este virtuoso pueblo; cada uno de sus habitantes ve consignados en el Código político los derechos mas sagrados de la vida social i el jérmen de su prosperidad i su ventura. Quiera la Divina Providencia, favoreciendo los designios del Jenio que ha sabido conducir a esta época dichosa los destinos de Chile, llevarla al término glorioso que le está preparado. Dígnese V. S. elevando al conocimiento del Excmo. Señor Presidente de la República, congratularle por este feliz acontecimiento, asegurándole que tan luego como se verifique en los departamentos de Curicó i Caupolican, se remitirán por el órgano de V. S. las actas de los respectivos Cabildos, conforme a lo prescrito en la circular del 29 de Mayo anterior.

Dios guarde a V. S. —Intendencia de Colchagua, San Fernando, 9 de Julio de 1833. -Feliciano Silva. —Al señor Ministro del Interior.

Núm. 90 [2]

DOCUMENTOS DE OFICIO
Jura de la Constitucion

En la ciudad i puerto de Valparaíso, a siete dias del mes de Julio de mil ochocientos treinta i tres, estando en la sala de sus sesiones los señores que componen la Municipalidad de esta ciudad, gobernador local don José Matías López i rejidores don Francisco Vargas, don Manuel Novajas, don José Vicente Sánchez i el síndico procurador de ciudad don Manuel Piñero, estando presente el señor gobernador de la plaza, teniente-coronel de Ejército don Diego Portales, el juez de primera instancia, licenciado don José Fermin Rojas, el cura i vicario don José Vicente Orrego, el juez de comercio don Juan José Vives i multitud de ciudadanos que asistieron a consecuencia del bando publicado, citando para en este dia a publicar i jurar la Constitucion Política de la República, reformada por la Gran Convencion Nacional i jurada en la ciudad de Santiago por el Congreso el veinticinco de Mayo último; i para dar cumplimiento al supremo decreto de veintinueve del mismo Mayo, que ordena el modo i forma que se deben observar en el acto, se procedió a la lectura de dicha Constitucion reformada, la que, concluida, el señor gobernador local juró en la forma que previene el decreto citado, i a continuacion prestaron el mismo juramento ante S. S. los señores gobernador de la plaza i demás autoridades que debían prestarlo en la forma mas solemne. Acto continuo se pasaron a la plaza principal, colocándose en un tabladillo que con la mas posible decencia había preparado, en el que se volvió a leer la Constitucion reformada, lo que, concluido, se tomó el juramento al pueblo, quien lo prestó con los mayores aplausos; entonces se distribuyeron medallas i tiraron monedas al público, concluyendo este acto con un repique jeneral de campanas i salvas de artillería por las fortalezas í buques de guerra. El dia lunes 8 del mismo mes se reunieron en la sala de la Municipalidad todas las autoridades i corporaciones, i estando reunidas, pasaron a la iglesia parroquial de esta ciudad, donde se celebró una misa solemne en accion de gracias, cuya conclusion fué anunciada por el repique de campanas i salva de artillería. En los dias seis, siete i ocho se enarbolaron banderas en todas las casas de la poblacion, iluminándose en las noches de los mismos dias, i en las dos primeras se hicieron fuegos artificiales. I para constancia mandó el señor gobernador se levantase esta acta i se diese cuenta, como está mandado, i firmó con los señores municipales que suscriben. —José Matías López.

  1. Este documento ha sido tomado de El Araucano número 149, del 19 de Julio de 1833. —(Nota del Recopilador.)
  2. Este documento ha sido tomado de El Araucano, número 153, del 17 de Agosto de 1833. —(Nota del Recopilador.)