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SESION EN 25 DE JULIO DE 1833

agregando que si la España proteje su comercio con escuadras, peligra la Independencia de toda la América. Si puede anularse la lei, no podiá quitarse a Chile la gloria de haber dictado una disposicion tan humana como jenerosa; mas, el único efecto que pudiera producir el curso en tal caso, sería impedir el arribo de buques españoles a nuestros puertos, obligando a los negociantes de aquella Nacion a que remitiesen sus mercaderías en bajeles neutrales, sin que nadie pudiese estorbarlo. En la segunda hipótesis, preguntamos ¿de qué escuadra haría uso la España? ¿Las tendrá para protejer su comercio de este lado del Cabo, i no ha podido emplearlas contra los corsarios que le amenazaban en sus propios puertos?

Este argumento no es argumento, es una argucia a que se recurre para confundirlo i embrollarlo todo.

La novedad de la resolucion es otro de los motivos en que se fundan sus adversarios para oponerse a ella. ¿Con que debemos proscribir todo lo que la razon i la justicia aconsejan, porque los demás no lo hicieron? ¿Por qué no se pone el mismo límite al entendimiento humano, al progreso de las luces i a cuanto puede contribuir a la felicidad del hombre i de los Estados? ¿Se ha examinado nuestra posicion i la de la Europa a quien se nos presenta por ejemplo? ¿Mil poderes colosales frente a frente no se verán precisados a tener una conducta distinta de la que conviene observar a los que nos hallamos separados por inmensas distancias? Oigamos la razon antes de aventurar opiniones; examínense los hechos i juzguemos con toda la imparcialidad de los que solo deben fijarse en la felicidad de su Patria.

[1] Hemos visto al fin publicado en el número 1410 de El Mercurio de Valparaiso, el informe que presentó al Senado la mayoría de las Comisiones de Gobierno i Lejislacion sobre el pioyecto de lei, pasado por el Ejecutivo, para abrir los puertos de Chile al comercio español; i como esperamos se publique tambien la refutacion de este informe que contiene el voto particular de dos miembros de dichas Comisiones que disintieron, nos ocuparemos ahora solo en hacer algunas observaciones a que provoca el testo mismo del citado informe.

Cuando por primera vez se hizo su lectura en la Cámara de Senadores, nos hallábamos presentes, i recordamos bien algunas espresiones que no aparecen en la copia publicada por El Mercurio. Tales son, por ejemplo, aquéllas en que hablando de las ventajas que la España iba a reportar de nuestro comercio, en el caso de sancionarse la lei, se decía que no quedándonos ya nada que ofrecerle para pagar la paz i el reconocimiento de nuestra Independencia, Chile se vería precisado a suscribir a grandes sacrificios para aprontar los subsidios que debían ser una de las condiciones del tratado. Este argumento rebatido en el acto por el señor Ministro de Hacienda con las razones que citamos en nuestro número anterior, se ha omitido en el informe poniendo en su lugar que la España después de tener nuestro comercio propondría nuevas i exorbitantes pretensiones como recompensa del reconocimiento que prestase. No creemos que los EE. de El Mercurio hayan alterado maliciosamente el sentido testual del informe, ni podemos persuadirnos que los señores Senadores que componen la mayoría de las Comisiones, en una causa de cuya justicia debemos suponerlos íntimamente persuadidos, hayan prestado su consentimiento para una superchería que, desacreditando a esa misma causa, ofende su honor i delicadeza.

Un documento auténtico i público, como era el informe después de haberlo suscrito la mayoría de las Comisiones i de haberse leido en la sala del Senado; un documento que en la sesion subsecuente no se quiso entregar a uno de los miembros de la Cámara, porque debía permanecer depositado en el archivo de la Secretaría, segun los estatutos del cuerpo ¿será cierto que ha sido estraido para rehacerlo, por el mismo individuo que después sostuvo era la mayor irregularidad sacarlo un solo dia del archivo para que otro Senador se instruyese de su contenido? Así se nos ha asegurado, agregando que el nuevo informe ha sido tambien suscrito por la mayoría de las Comisiones, de modo que ya no es el que primero se leyó en la Sala, el que ahora rije, sino una copia de éste con las alteraciones que el tiempo i los argumentos contrarios hicieron necesarias para reparar las brechas que había recibido al primer ataque.

Hablamos hipotéticamente i sobre un hecho de cuya autenticidad ninguno debe estar mejor informado que los señores Senadores que hayan dado su firma dos veces para autorizar un mismo documento; si esto es cierto ¿no debe cubrirse de vergüenza el que recurre a tales medios para evitar su descrédito? ¿Dónde está la justicia de la causa si es preciso sostenerla unas veces exitando las pasiones para imponer silencio a la razon, otras sentando como hechos positivos datos mentirosos i falsos, i últimamente, recurriendo a fraudes que la lealtad i la delicadeza reprueban?

No se crea que, al decir, se han sentado como hechos positivos datos mentirosos i falsos; aventuramos una proposicion cuya prueba sea difícil. El mismo informe de la mayoría de las Comisiones nos suministra medios para demostrar lo que hemos establecido. En él se lee que desde el principio de nuestra contienda con la España hemos mantenido la mas firme i constante alianza ofensiva i defensiva contra este enemigo comun, ratificada algunas veces con varias de las nuevas Repúblicas por Tratados espresos, i mas adelante

  1. Esta parte del trabajo sobre la apertura de los puertos fué la que llamó la atencion del Senado. —(Nota del Recopilador.)