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Página:Sesiones de los Cuerpos Lejislativos de Chile - Tomo XXVII (1840-1841).djvu/131

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SESION DE 29 DE JULIO DE 1840

nos es dado hacerles imputaciones semejantes.

Suspendida por esta vez la discusion del proyecto, continuó el miércoles i el señor Sánchez habló cuatro o seis palabras aprobándolo en jeneral, pero atacando algunos de sus artículos cuya discusion no era del caso.

El señor Cobo pronunció en seguida un largo discurso que dividió en los tres puntos siguientes:

Primero, si la lei actual necesitaba de reforma;

Segundo, si el proyecto presentado llenaba ese objeto;

Tercero, si era o nó conforme a la Constiticion.

Respecto de lo primero, no solo convino en que la lei era viciosa, sino dictada mas bien en favor de la calumnia, que apénas está sujeta a la miserable multa de seiscientos pesos, cuando se califique en tercer grado, lo que nunca ha sucedido en Chile. Ella fué obra, agregó, de un tiempo en que nos dejábamos llevar de un deseo excesivo de libertad, talvez quizo decir de licencia, i la esperiencia que hemos adquirido en estos últimos años nos ha dado a conocer sus vacíos. Puede asegurarse que de todas las sentencias pronunciadas por los jurados, en Chile, no se hallará una verdaderamente justa i arreglada a la lei.

Sin duda tuvo presente el señor Cobo el juicio de El Diablo Político, que todo hombre imparcial recordará con escándalo, avergonzándonos de que un tribunal hubiese absuelto a un periodista que había imputado al Gobierno asesinatos, presentando él mismo los comprobantes de su grosera i mal solapada calumnia.

Si el proyecto nuevamente presentado, llenaba el objeto de la reforma, fué el segundo punto del discurso del señor Cobo, por cuya afirmativa se decidió, que si la nueva lei contenía algunos defectos fáciles de correjirse, se descubría tambien en ella tino i hermosura, principalmente en el título que trata de las calificaciones de las injurias. Tampoco vaciló en convenir era arreglado a la Constitucion, quedando los juicios de imprenta sujetos a la decision de un jurado.

Nos es mui satisfactorio confesar que el discurso del señor Cobo, produjo en nosotros una grata sensacion, recordándonos que, cuando el espíritu de partido no ha emponzoñado el corazon de un hombre, cualquiera que sean sus principios políticos, está pronto a decidirse en favor de lo que es útil al pais, aunque sea la obra del enemigo mas encarnizado.

Los liberales de la barra sufrieron por esta vez la pena de esperanza frustrada, creyendo que el señor Cobo, en quien siempre hemos reconocido un fondo de luces i probidad que le han granjeado una merecida reputacion en el foro, hubiese hablado en un sentido todo opuesto.

Nuestra grata sensacion i la pena de esperanza frustrada vino a disipárnosla el señor Campino, trocando la primera en amargo sentimiento, i la segunda esperanza concebida, despues de haber dejado pasar largo rato sin tomar palabra para darnos a entender que su discurso era improvisado.

Aunque se ha atacado al principio este proyecto, suponiéndole cosas que no contenía, debía desecharse en razon de que la lei actual protejía mas las libertades públicas, en cuya defensa abogaba. Que no tenía noticia se hubiese orijinado males de ella, sino era uno que otro periódico grosero que bastaba con despreciarlos. En Inglaterra, Francia, Estados Unidos del Norte se decían en un dia mas desvergüenzas por la prensa, que las que se habían dicho en Chile desde la libertad de imprenta, sin que esto fuese perjudicial, a su modo de ver, debiendo contestarse esta clase de escritos con otros mas ilustrados como se acostumbraba hacerlo en Europa, habiéndose gastado millones en Francia en el tiempo de Cárlos X. Todas esas trabas de fianzas, son invenciones francesas, de cuyo arsenal se han tomado para incluirlas en la lei presente, i que había leido los discursos que pronunció el Vizconde de Chateaubriand, en las Cámaras de aquel pais, sosteniendo estos principios, i no encontrando en ellos mas que sutileza, suspendió su lectura por temor, como suele decirse vulgarmente, de no entabacarse. Los periódicos ministeriales han dicho varias veces que el Gobierno desea una oposicion decente i moderada, i si la que hai no es en esos términos, es efecto de nuestro atraso, pues nuestros escritores apénas saben hacer borrones; anticipándonos que él no escribía en la actualidad para que no fuésemos a incluirlo en ese número. Todos los Ministros se hacían liberales despues que caían, datando sin duda el liberalismo del señor Campino desde su caida del Ministerio, en cuya época profesaba principios algo mas que anti-liberales, bastando una plumada suya para desterrar del pais a varios ciudadanos, cuya desaparicion acarreó la ruina i disolucion a mas de una respetable familia. Que los jurisconsultos europeos decían que no debía atacarse la vida privada, pero en los Gobiernos democráticos era permitido teniendo todos derecho a mandar, infiriéndose de aquí que un chileno no estima su reputacion i buen nombre como un inglés o francés, por ser ciudadano de un pais cuyo Gobierno es popular representativo. Si el derecho a mandar da el de atacar la vida privada, los franceses sin embargo de su forma de gobierno lo tienen igual a nosotros, pues en el artículo 3.º de la Constitucion de 1830 se les permite optar toda clase de destinos[1].

Concluyó su discurso el señor Campino, dicíéndonos que el proyecto había recibido en el


  1. Ils sont tous egalement admissibles aux emplois civils et militaires.