estaba prohibida o suspendida por los tribunales, se estableció, a semejanza de la anotaduría de hipotecas, un rejistro público por separado para la toma de razon de las providencias que suspendiesen o prohibiesen las enajenaciones; i se han dictado con constante solicitud todas las providencias que ha reclamado el mejor servicio público.
Luego que se concluya la traslacion de la ▼Biblioteca Nacional al nuevo edificio que se le ha señalado, empezarán las reparaciones que deben hacerse en el que está destinado para los tribunales superiores i demas juzgados de la capital con sus oficinas anexas. Entre tanto, se han traslado provisionalmente los tribunales superiores a un lugar mas decente i cómodo para el servicio público, i se ha costeado el amueblamiento i adornos de las salas de su despacho, con consideracion al local que han de ocupar permanentemente i consultando la respetabilidad i decoro que les son debidos.
Dos años há que se trata sin intermision del arreglo de las cárceles de la República. En varios pueblos no las hai; en otros el edificio destinado a este objeto, o no tiene la seguridad bastante o atormenta demasiado a los reos por su incomodidad; en algunos, como acontece en Chiloé, faltan fondos de que alimentar a los presos, i es necesario que de las rentas fiscales se separe anualmente una suma para este fin; en los mas se carece de medios para pagar la guardia que ha de custodiar la cárcel i se cubre ésta tambien de los fondos fiscales. La division de departamentos en que colocar separadamente a los reos para evitar el funesto contajio de la depravacion; la instruccion moral i relijiosa que debe administrárseles i que en ningun lugar ni en ninguna situacion, de la vida es mas necesaria, ya se deja ver que faltarán en la mayor parte de nuestras cárceles. El primero i el formidable escollo con que se tropieza para establecer aquel mediano arreglo, que por ahora puede intentarse, es la escasez de recursos, pues son demasiado insuficientes los que hasta aquí se han creado.
Un espediente muí abultado forman hasta hoi las contestaciones, razones i descripciones remitidas por los Intendentes i Gobernadores, con arreglo a las instrucciones que han recibido para la construccion, arreglo i mejora de las cárceles i todo lo relativo a este ramo. Se ha mandado que los mismos pueblos propongan arbitrios con que sufragar a los gastos necesarios para llenar estos objetos; i en los departamentos donde aparecen recursos suficientes se han dictado las providencias convenientes para llevar a efecto este arreglo. Se han mandado construir nuevas cárceles en Concepcion i Valparaíso; i en Santiago tiempo há que está aprobado el plan de mejoras i reparaciones con el respectivo presupuesto de sus gastos, i mandado poner en planta.
Entre esta clase de establecimientos, la casa de correccion de Santiago es la que necesita de mas reforma i en la que ésta debe ser mas provechosa. El Gobierno, cumplido el término de la subasta del actual administrador, a cuyo vencimiento solo podía imponerse nuevas condiciones i establecerse nuevos arreglos, ha fijado las bases de la reforma que intenta hacer i solicitado con especial celo a varias personas para que conforme a ellas, presenten las propuestas convenientes; i se ocupa actualmente de esta materia que no mira como una de las de ménos utilidad pública. En el año último se ha establecido otra casa de correccion en la ciudad cabecera de la provincia de Aconcagua, en cuya obra han tenido la parte principal el celo i cuidados del Intendente de aquella provincia.
En la Memoria del año anterior manifesté la necesidad de restablecer el presidio de Juan Fernández u otro equivalente en alguna de las islas chilenas, pues la esperiencia ha acreditado que los reos de graves delitos condenados por largo tiempo a presidio, no pueden sufrir esta pena sino en un lugar de donde les sea imposible o mui difícil fugar, i que los presidios urbanos i el de los carros son útiles para los reos condenados por corto tiempo. Circunstancias de gravedad han impedido hasta hoi el espresado restablecimiento; pero debiendo tener lugar en el presente año se inserta en el presupuesto la suma necesaria para llevar a efecto esta providencia.
La ▼relijion i todo lo relativo al culto ha tenido, como es debido, una parte principal en los desvelos del Gobierno. Una de las necesidades que éste mas altamente deplora es la falta de suficiente instruccion relijiosa i moral en los pueblos del campo, porque sobre esta sola base pueden cimentarse las buenas costumbres; porque sin éstas no puede esperarse verdadera felicidad social; i porque faltando principios relijiosos que dirijan las acciones de los hombres son ineficaces las mejores instituciones i leyes, i quedan sin efecto el celo mas activo i la vijilancia mas constante de los Gobiernos. Se ha creido que los remedios que deben aplicarse a este grave mal, son la division de parroquias, hasta donde lo permitan las circunstancias; la difusion de la instruccion primaria, aumentando en lo posible el número de escuelas en los campos, i el establecimiento de misiones anuales que recorran todo el territorio de la República, sin dejar un solo distrito donde no exhorten i prediquen la doctrina i moral cristianas.
A este efecto, mui de antemano se están recojiendo todos los datos i noticias necesarias para hacer una arreglada division de parroquias, para señalar el número de ministros que deben servirlas i para proporcionarles la dotacion o emolumentos bastantes a compensar las fatigas de este laborioso ministerio i atraer a su servicio a