proclamó, diciéndoles que todos eran libres i que no obedeciesen a su Comandante, como lo acredita uno de los vocales de la mesa don Juan Herrera.
Del mismo modo sabemos que el subdelegado ha sido desobedecido por varios particulares, a quienes mandó llamar por medio de sus inspectores, segun consta de los oficios que al efecto les pasaron. Es posible que despues de haber cumplido la mesa el primer dia las seis horas que previene el artículo 50 de la Lei de Elecciones, al tiempo de hacer el escrutinio particular, segun el artículo 55, de la misma Lei, se presentaron los señores don Pedro i don Ignacio Vicuña, haciéndonos presente que el escrutinio debía ser nominal i no numérico, i que esto mismo habian hecho presente a la mesa receptora de Quillota, i que el Presidente i demas vocales de ella habian accedido a su propuesta, esta mesa se negó diciéndoles que jamas habíamos hecho escrutinio de esa naturaleza en las votaciones pasadas, a lo que persistieron objecionándonos con muchas razones, i creyendo que había accedido la de Quillota, procedimos a hacer el precitado escrutinio nominal.
Por último, decimos es cierto que el primer dia de las votaciones se presentó en la mesa don ▼Ignacio Vicuña i la familia, la que se mantuvo en dicha mesa la mayor parte del dia en que se sufragó; así mismo es cierto que despues que se separó el señor don Ignacio, quedaron en su lugar sus dependientes i así continuó hasta que se concluyó la votacion, aunque la mesa conocía que era indebida su comparecencia, segun se lo hizo ver el señor cura, uno de los vocales propietarios, a presencia de los demas, persistió siempre el señor don Ignacio en su mismo puesto, alegando para esto que era autorizado para estarlo como un ciudadano.
Es cuanto podemos informar a V. S. en obsequio de la verdad i para los fines que convenga.
Dios guarde a V. S. — Mesa receptora de la parroquia de Purutun. — Abril 6 de 1840. — Juan Escobar, Presidente. — Presbítero, José Valentin Santiago. — José Domingo Torrejon. — Juan Francisco Pizarro. — Juan José Herrera.
Vuelva al Intendente de Aconcagua para que disponga que los miembros de la mesa receptora de Purutun, espliquen si en el escrutinio que hicieron contaron solamente el número de votos que aparecieron en la caja por cada una de las listas qua se acompañan, o si contaron el número de votos emitidos en favor de cada uno de los candidatos, i para mayor claridad, se acompañará una copia íntegra de las actas que se levantaron el primero i segundo dia de la votacion. — ▼Cavareda.
Pase este espediente al Gobernador de Quillota para que los individuos que compusieron las mesas receptoras de las cuatro parroquias de aquel departamento, informen como se pide en el supremo decreto que antecede, esplicando la forma en que se hizo el escrutinio en cada una de dichas parroquias, acompañando copia íntegra de las actas que se levantaron en ellas el primero i segundo dia. — ▼Urízar Gárfias.
Cúmplase con lo mandado en el decreto supremo que antecede i con lo que se previene por el señor Intendente de la provincia, al efecto, los Presidentes de las mesas receptoras de las cuatro parroquias reunirán los individuos que compusieron las mesas receptoras para que remitan las actas e informen como se pide. — Morán.
Núm. 51
▼Consecuentes al decreto supremo de 9 de Abril, que V. S. nos anuncia por su nota de 15 del presente, relativa a que la mesa receptora de Purutun informe el modo i forma en que practicó el escrutinio de la votacion de aquella parroquia, en la ▼eleccion de Diputados al Congreso, i en que a mas se le ordena la inclusion de una copia íntegra de las actas del primero i segundo dia, i cuya resolucion hace estensiva el señor Intendente de la provincia a las demas mesas receptoras de este departamento, por decreto de 14 de Abril próximo pasado, tenemos la honra de dar cumplimiento a lo prevenido en aquel decreto, acompañando las copias de las actas que se levantaron en los dos dias de la votacion, agregando que solamente se contaron los votos sin examinar su contenido, pero dejando las actas i los votos en la caja receptora con las seguridades suficientes, de lo que se dió cuenta a V. S. oportunamente.
Dios guarde a V. S. — Mesa receptora de la parroquia de Quillota. — Mayo 19 de 1840. — Doctor Juan Antonio Várgas. — Juan José Gac. — José Ignacio Salamanca. — José Fernández Puelma. — Leonardo Antonio Cáceres. — Al señor Gobernador de este departamento.
Núm. 52
▼Habiendo dado las órdenes convenientes para citar los soldados del Escuadron de mi mando, para el dia de hoi, con el objeto de tener el ejercicio doctrinal que es de costumbre en los domingos, i habiendo marchado a ponerme a la