Ir al contenido

Página:Sesiones de los Cuerpos Lejislativos de Chile - Tomo XXV (1836-1838).djvu/23

De Wikisource, la biblioteca libre.
Esta página ha sido validada
17
SESION DE 15 DE JULIO DE 1836
CÁMARA DE SENADORES
SESION 3.ª ORDINARIA, EN 15 DE JUNIO DE 1836
PRESIDENCIA DE DON GABRIEL JOSÉ DE TOCORNAL


SUMARIO. —Nómina de los asistentes. —Aprobacion del acta precedente. —Cuenta. —Cartas de naturaleza. —Proyecto de lei de navegación. —Acta. —Anexos.


CUENTA

Se da cuenta:

  1. De una solicitud entablada por don Leoncio López, en demanda de la ciudadanía chilena. (Anexos núms. 13 i 14.)
  2. De otra entablada con el mismo objeto por don Pedro Capellino. (Anexos números 15 i 16.)

ACUERDOS

Se acuerda:

  1. Que la Comision de Gobierno informe sobre las solicitudes de López i Capellino. (V. sesión del 20.)
  2. Aprobar, en la forma que consta en el acta, los diez i nueve primeros artículos del proyecto de lei de navegación. (V. sesiones del 10 i del 17.)

ACTA

SESION DEL 15 DE JUNIO

Asistieron los señores Tocornal, Alcalde, Barros, Benavente, Echéverz, Eyzaguirre, Elizalde, Elizondo, Ovalle, Rozas, Vial del Rio i Meneses.

Aprobada el acta de la sesión anterior, se dio cuenta de dos solicitudes para obtener carta de naturaleza, una de Leoncio López, natural de España i otra de Pedro Capellino, de Italia; se mandaron pasar a la Comision de Gobierno.

Se puso en discusión particular la lei en proyecto para dar arreglo a la navegación de la marina mercante, i fueron aprobados sus artículos desde el 1.° hasta el 19 inclusive, haciéndose una adición al artículo 10 como se espresará en su lugar. Los artículos aprobados son los siguientes:

"Artículo primero.Es buque chileno el que construido en astilleros de la República o en los de otras naciones venga a ser propiedad de chilenos naturales o legales por lícito contrato; porque haya sido declarado buena presa por autoridad competente; cuando por los Tribunales de la República fuese condenado en virtud de una infracción de lei o por cualquier otro título legal.