Ir al contenido

Página:Sesiones de los Cuerpos Lejislativos de Chile - Tomo XXXIII (1843).djvu/292

De Wikisource, la biblioteca libre.
Esta página ha sido validada
292
CÁMARA DE SENADORES

familia sólo la herencia de eterno luto i oprobio.

Tambien es constante, señor, que a tan grandes sacrificios la Patria debe el restablecimiento de su libertad i de su glotia; pues no hubo correo ni espía que sirviese al tirano en esa fecha que no lo convirtiese el que suscribe a favor de la Patria.

Tambien es constante sus imponderables padecimientos que sufrió para zafar del espionaje del gobierno español por aprehenderle, despues que escapó de la mazmorra en que fué encerrado. Diez o doce días anduvo desnudo, solo, a pié i sin un pedazo de pan por lo mas desconocido de los helados montes de los Andes, pasando infinitas veces a nado rios helados, i por cama sepulcros de arena en que se sumia para pasar las noches.

Estos no son cuentos tártaros, señor, ni invencion de los poetas; son bastante públicos, i todos hasta hoi sin la menor recompensa, ni aun, la de ser reconocidos, i ménos de habérsele asistido con un real para alimentos. Cerciórese Vuestra Soberanía si al que suscribe se le ha dado por ésto, ni otros señalados servicios ineonexos de su obligacion ermo un militar, alguna gratificacion, aun cuando mas se ha prodigado la hacienda pública.

Nadie dudará tampoco que hizo injentes gastos, a pesar de sus escasas proporciones, para congratularse con los enemigos, i minar sus opiniones; esto tambien ha sido como todo lo demas olvidado i desconocido.

Lo mismo es constante no fué asalariado para servir activamente, como está justificado; a quitar a los españoles la provincia de Coquimbo, que sin orgullo puede asegurar ahorró a la Patria mucha sangre e inmensos gastos, pues es notorio que a los tres dias de puesto núestro pabellon en la Serena, apareció a su vista i con intencion de sostener el de España, el convoi que emigraba de Valparaíso, llevando consigo por mil hombres, i otros recursos que habrian sido capaces de sostener la guerra en aquel punto, aun con mas ventajas que se sostuvo en el sur.

Digan los mismos coquimbanos, sí Coquimbo se entregó, si las fuerzas que le defendian no eran incomparablemente mas que las que le tomaron. Digan quién dirijió toda la empresa, i digan cuál es el compensativo que recibió el que suscribe, que fué quien lo hizo, aun de lo que quedó tirado en el campo de batalla, i que justamente le correspondía una buena parte.

Todo lo ha hecho, señor, por llenar de gloria a la Patria, i confiado en que ella nunca podrá ser injusta, dejándolo confundido en la miseria i el desprecio. Así es constante, señor, trajo el parte de la batalla de Maipo; que todos los que en ella se hallaron se hicieron acreedores a la distribucion de las tierras que riega su canal, en conformidad del bando publicado a este efecto.

¿Cuál debia ser la parte que le tocase como jefe en aquel a sazon, i habiendo traido el parte de la primera batalla de América? Hasta hoi, pues, no se le ha dado una vara, ni sabe por qué, pues nunca ha hecho renuncia de este derecho, ni ha sido prescrito. Estos son, señotes, los méritos con que a Vuestra Soberanía reclama el que suscribe, se le dé una hacienda; o fundo u otro valor equivalente que le asegure una subsistencia que le libre de la orfandad, i de ser contundido en el desprecio; cuyo acto fijará a Vuestra Soberanía i a la Patria una época de grandeza i de justicia, etc. -Diego Guzman e Ibáñez.


Núm. 64

La comision calificadora de peticiones, vista la solicitud del señor coronel retirado don Diego Guzman e Ibáñez, opina que en atencion a que ella se reduce a solicitar una gracia del Congreso por sus servicios en favor de la independencia de esta República, especialmente por el estraordinario que hizo de venir de emisario secreto en tiempo del Gobierno español, la Sala debe tomarlo en consideracion, pues que al Congreso sólo le es dado por la Constitucion el hacer gracia. —Sala de sesiones, Enero 14 de 1829. —Doctor Orgera. —Ureta.


Núm. 85

El que suscribe opina que el Congreso, en virtud de la atribucion 12 del artículo 26 puede conceder al solicitante lo que pide; tambien debe hacer la justicia que se merece al artículo 134; en esta virtud opina a pesar de su deseo que no pertenece a la Sala, tomarle en consideracion. —Sotomayor.


Núm. 66

En la sesion del dia 30 de Enero de 1829, acordó la Cámara de Diputados que se volviese al señor Guzman esta solicitud i espediente de su referencia en consideracion a que la angustia del tiempo i los muchos negocios jenerales que la ocupaban no le permitían contraerse a éste en particular. —Santiago, i Enero 31 de 1829. —Diego Arriarán, Pro-secretario.


Núm. 67

El coronel graduado don Diego Guzman Ibáñez comandante del rejimiento de Dragones Número 2. Su pais, Santiago de Chile. Su salud robusta. Sus servicios los que se espresan, i su edad 42 años.