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Página:Sesiones de los Cuerpos Lejislativos de Chile - Tomo XXXIII (1843).djvu/573

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SESION EN 20 DE NOVIEMBRE DE 1843

secretarías de las intendencias de Aconcagua, Colchagua, Talca, Maule, Valdivia i Chiloé; i los segundos de las de Concepcion i Coquimbo.

El primer oficial de la intendencia de Santiago, gozará $ 750 por año, el segundo $ 550 i el tercero $ 500.

Art. 4.° Se abonará la cantidad de $ 100 en cada año para gastos de escritorio a las secretarías de las intendencias de Coquimbo, Aconcagua, Colchagua, Talca, Maule, Valdivia i Chiloé; i $ 200 a la de Valparaíso.

Art. 5.° Los gobernadores departamentales gozarán en adelante el sueldo anual que a continuacion se designa, siendo de cuenta de cada uno los gastos de escritorio de su oficina.

Mil pesos los gobernadores de los departamentos de Illapel, Combarbalá, Ovalle, Elqui, Vallenar, Freirina, Andes, Quillota, Rancagua, i Talcahuano: $ 500 los de los departamentos de Putaendo, Ligua, Petorca, Victoria, Melipilla, Casablanca, Rengo, Curicó, Lontué, Quirihue, Lináres, Parral, San Cárlos, Constitucion, Puchacai, Rere, Laja, Lautaro, Coelemu i Chillan; $ 365 los de los depailamentos de Union, Osorno, Carelmapu, Chacao, Quenac, Calbuco, Dalcahue, Quinchao, Castro, Lemui i Chonchi."

Despues de algun debate, entre el señor Ministro del Interior, el señor Egaña i el señor Benavente, en el que poco mas o ménos se reprodujeron los mismos argumentos que se hicieron en la Cámara de Diputados, i qoe ahora omtimos por haberlos ya publicado, fué aprobado en jeneral por ocho votos contra tres.

Fué aprobado, despues, en jeneral por diez votos contra uno, sin que ningun Senador tomase la palabra, el proyecto de lei iniciado por el Presidente de la República i sancionado por la otra Cámara, sobre dar al reverendo Ovispo de la Serena la cantidad de $ 4,000 para sufragir los gastos que demandará la ereccion de su nueva diocesis.

Se aprobó igualmente por unanimidad, sin la menor discusión el proyecto de lei que tiene por objeto establecer en Valparaíso una oficina encargada de la direccion de los negocios pertenecientes a nuestra marina, i se levantó la sesion.


ANEXOS

Num. 303

Conciudadanos del Senado i de la Cámara de Diputados:

En la Memoria del Ministro de Relaciones Esteriores se os indicó la necesidad de enviar un representante de este Gobierno a la Corte de Roma i la creo tan manifiesta i de tanta urjencia i que apénas juzgo preciso inculcarla. La sola enumeracion de algunos entre los varios objetos que no es posible allanar de otro modo, o que pueden promoverse mucho mas pronta i eficazmente por este bastará para hacerla patente a la vista de todos.

Estáis instruidos de los obstáculos que se han tocado en el Conseji de Estado para dar el execuatur a las bulas pontificias relativas a la ereccion de sillas episcopales i al nombramiento de prelados, obstáculos tan graves, que en la última deliberacion de aquel cuerpo sobre la ejecucion de las bulas en que se instituyó al actual primer Ovispo de Coquimbo, se resolvió no concederles el pase, sino acompañada de una solemne protesta para que en lo sucesivo se retengan las que no se hallaren en estricta conformidad con las regalías del patronato, de que por nuestra Constitucion está investido el Presiente de la República.

Si subsistiesen pues las cosas en su estado presente; si sobre esta materia no hubiese una perfecta concordia entre las miras de la Corte de Roma i las instituciones que hemos jurado conservar i defender; si en el lenguaje de la Suprema Autoridad Eclesiástica se irrogase detrimento i agravio a las atribuciones de la soberanía chilena, representada para este efecto por la cabeza del Gobierno ¿qué lamentable demora no nos espondríamos a esperimentar en la provision de nuestras sedes i entre ellas la de la Metropolitana de Santiago? Dejo a vuestra consideracion los males que de la larga vacante de las sillas nacerían i cundirían por toda la iglesia chilena, que tanto ha menester la presencia i cuidado de los pastores que deben rejirla.

Otro punto hai que llama la atencion del Gobierno i de los fieles: i es la reforma que tiempo hace reclaman las órdenes monásticas establecidas en el territorio de la República. Ponerlas en armonía con el estado de Chile, sacar de ellas toda la utilidad de que son capaces en consonancia con su instituto i hacerlas servir activamente a las necesidades de nuestra iglesia, que dan tan justo motivo de dolor a todos los que contemplan su actual estado i se interesan en el adelantamiento de la educacion relijiosa i moral del pueblo, son objetos que se recomiendan por sí misino a vuestra piedad i cordura i en que es preciso que el Gobierno se entienda previamente con el Sumo Pontífice para que, determinadas las bases i trazado el plan de las reformas, se proceda aellas de comun acuerdo por el Gobierno i los Prelado Diocesanos.

El réjimen de las misiones en la parte de nuestro territorio que ocupan las tribus infieles, es otra materia de trascendental importancia, no sólo en cuanto se dirije a propagar la fe i la cultura social sobre una vasta rejion, en que hoi reina la mas ruda barbarie; no sólo para dar un nuevo título i el mas jeneralmente respetado a la soberanía de la República sobre un pais de grande estension i de inestimables recursos, sino para asegurar la tranquilidad i fomentar la poblacion, la civilizacion i la industria de núes