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Página:Sesiones de los Cuerpos Lejislativos de Chile - Tomo XXXII (1843).djvu/650

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CÁMARA DE DIPUTADOS

A Usía suplico, se sirva ordenar como llevo perdido que es justicia, etc. —Rafael Gatica.


Interrogatorio por el que serán examinados los testigos que presente don Rafael Gatica,

  1. Responderán todos por el conocimiento de las partes, noticia del pleito i demas jenerales de la lei;
  2. Digan Rafael Herrera, Feliciano Rivera i Victorio Brante si saben i les consta que Cruz Rojo i Bríjida Manzano i sus hijos traian leña i carbon de la Hacienda de Illapel para vender en este pueblo el Sábado 12 del pasado Agosto;
  3. Digan los mismos si saben i les consta, que el carbon i leña fué detenido por órden de don José Manuel Gatica en las casas de la Hacienda de Illapel;
  4. Digan los mismos si saben i les consta i tambien Santiago Pérez, que don José Manuel Gatica ha prohibido desde ahora muchos años, que se le saque leña i carbon de la Hacienda;
  5. Digan Feliciano Rivera i Victorio Brante si saben i les consta, si a Rojo i la Manzano se les ha reconvenido varias veces para que no roben leña ni carbon, i no han querido obedecer;
  6. Digan todos si saben i les consta que el Sábado 12 del pasado fué Bríjida Manzano a las casas de la Hacienda de Illapel a reconvenir por la leña i carbon que se le habia quitado;
  7. Digan José Santibañez, Victorio Brante i Santiago Pérez, si saben i les consta que no habiéndole dado la leña i carbon don José Manuel Gatica i raspiándola por ladrona, la despidió de las casas;
  8. Digan los mismos, si saben i les consta que la mujer no se quiso ir;
  9. Digan todos ménos Herrera, si saben i les consta que la mujer dijo que le diesen la leña i carbon porque la necesitaba para pagar unas medicinas que curaba a su hijo, i que entónces don José Manuel le dió cuatro reales pero no le quizo dar la leña ni carbon;
  10. Digan Santiago Pérez i José Santibañez, si saben i les consta, que la Manzano dijo entónces eran unos ladrones que se querian quedar con su leña i carbon;
  11. Digan José Santibañez, Victorio Brante i Pérez, si saben i les consta, que entónces don Manuel le dió unos empellones para echarla de la casa, i la mujer cargó con él;
  12. Digan los mismos, si saben i les consta, que entónces se levantó don Rafael Gatica i le dió otros empellones para botarla fuera de la casa i fué todo lo que ocurrió el dia 12 del pasado;
  13. De publico i notorio, digan i den razon. —Rafael Gatica.

Núm. 478

En la Villa de San Rafael de Rosas, en cuatro dias del mes de Setiembre de mil ochocientos cuarenta i tres años, ante el alcalde don Juan Rafael Silva presentó esta parte por testigo a Rafael Herrera, a quien por ante mí el escribano receptor le recibió juramento que lo hizo por Dios Nuestro Señor i una señal de Cruz, bajo de cuyo cargo ofreció decir verdad de cuanto sepa i le fuere preguntado, i siéndolo al tenor de las preguntas del interrogatorio presentado, dijo lo siguiente:

A la primera: que no conoce a una de las partes, que tiene noticia de la causa i es sirviente de los señores Gaticas, i responde.

A la segunda: que ha oido decir que la tal mujer Manzano pasaba con su hijo para la Villa, una carga de leña i otra de carbon, i que se la habia quitado don Manuel Gatica, mandándola devolver con Enrique Valdivia.

A la tercera: que se rrfiere a la anterior pregunta.

A la cuarta: dijo que tambien lo ha oido decir.

A la quinta: que lo ignora i responde.

A la sesta: que así lo oyó decir i responde.

A la sétima: que la ignora, i responde.

A la octava: que así mismo lo ignora.

A la novena: que así lo ha oído decir i responde.

A la décima: que la ignora i responde.

A la undécima: que así lo oyó decir i responde.

A la duodécima: que así lo oyó decir i responde.

A la décimatercia: que supo que la mujer habia demandado a don Manuel i a don Rafael Gatica i que sabe, o ha oido decir que está enferma. I que todo lo que ha declarado de oidas lo ha oido decir a sus peones, i éstos a otros individuos; que es cuanto sabe sobre el particular i la verdad en cargo de su juramento, en lo que se afirmó i ratificó leida que fué su declaracion, que es de edad de veintiséis años i lo firmó, de que doi fe. Rafael Herrera. —Juan Rafael Silva. —Ante mí, Manuel Sion, escribano receptor.


Núm. 479

En dicha villa, en el mismo dia, mes i año, ante dicho señor Alcalde, presentó esta parte por testigo para la informacion ofrecida a Victorio Brante, a quien le recibió juramento en toda forma de derecho, bajo el cual prometió decir verdad de lo que sepa i fuere preguntado, i siéndolo al tenor del interrogatorio presentado, dijo lo siguiente.

A la primera, que conoce a las partes, que