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Página:Sesiones de los Cuerpos Lejislativos de Chile - Tomo XXXIV (1844).djvu/151

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SESION EN 15 DE JULIO DE 1844

Cifuentes, Correa don Juan de Dios, Correa don Luis, Covarrúbias, Donoso, Formas, Gandarillas, García Reyes, Iñiguez, Larrain, Lastarria, Lastra, Leon, Lira, López, Montt, Necochea, Orrego, Palacios, Palazuelos, Palma don José Gabriel, Pérez, Pinto, Rosas, Sanchez, Seco, Sol, Tagle, Toro don Antonio, Toro don Bernardo, Toro don Santiago, Varas, Velásquez, Vial i Renjifo.

Aprobada el acta de la anterior, se leyó un oficio del presidente del Senado en que trascribe el proyecto de dotacion de intendentes i gobernadores departamentales sustancialmente modificado por aquella Cámara, despues de haber sido aprobado por esta i se mandó pasar a la Comision de Gobierno.

Dióse cuenta despues de una solicitud de don Fernando Olivares en que pide una remuneracion por los servicios que prestó a la causa de la independencia i se mandó pasar a la Comision de Peticiones.

Despues se puso en discusion particular el proyecto de creacion del Cabildo eclesiástico de Ancud i fueron aprobados sin alteracion los cuatro artículos que contiene en la forma siguiente:

Artículo primero. Se pondrán en ejercicio en la Iglesia Catedral de Ancud dos dignidades i dos canonjías siendo una de esta de oposicion i se establecerán los oficios siguientes: cuatro capellanes de coro, un maestro de ceremonia, un secretario de cabildo, un sacristan mayor, un sochantre, un mayordomo de fábrica i un pertiguero apuntador de fallas.

Art. 2.º El Dean gozará de la asignacion anual de $1,600, el arcediano de $1,400, cada uno de los canónigos $1,200, los capellanes de coro con la obligacion de asistir a las horas de oficio divino i a la misa, el sochantre i mayordomo de fábrica $300 cada uno, el maestro de ceremonias i sacristan mayor, $200 cada uno; el secretario de cabildo $100 i el pertiguero apuntador de fallas $100.

Art. 3.º Se adjudicará anualmente a la misma iglesia para pago de músicos sacristanes, sirvientes i demas gastos del culto, la cantidad de $1,500

Art. 4.º Interin los fondos destinados por las leyes para la mantencion de los seminarios no sean bastantes para sostener el de la Iglesia Catedral de Ancud, el Presidente de la República podrá destinar la cantidad de $1,200 anuales para la educacion de algunos jóvenes que se dediquen a servir a la Iglesia, bajo el plan de estudio que dictare el Obispo i aprobare la autoridad competente.

Inmediatamente despues se puso en segunda discusion el proyecto de artículo que la comision militar propuso para sostituirlo al artículo 24 del plan de sueldos militares i fué desechado por veintiún votos contra quince.

Continuó en seguida la segunda discusion del artículo 7.º del proyecto de dotacion de clasificacion de los oficiales de ejército en tiempo de paz i se suspendió la discusion, levantándose en este estado la sesion a las nueve i cuarto de la noche. —pinto. —R. Renjifo.



Sesion del 15 de julio[1]

Asistieron los señores Arteaga, Correa don Juan de Dios, Correa don Luis, Covarrúbias, Donoso, Errázuríz don Ramon, Errázuriz don Javier, Formas, Gandarillas, García Reyes, Iñiguez, Irarrázaval, Lastarria, Lastra, Leon, Lira, López, Necochea, Palacios, Palazuelos, Palma don José Gabriel, Pérez, Renjifo, Riesco, Rosas, Sanfuentes, Sánchez, Seco, Tagle don Ramon, Valdivieso, Toro don Antonio, Toro don Bernardo, Toro don Santiago, Urriola i Velásquez.

Aprobada el acta de la sesion anterior se dió cuenta de un oficio del Senado, en que remite a la Cámara de Diputados el proyecto de aumento de sueldo de intendentes i dotacion de gobernadores, tal cual ella lo habia aprobado. Despues de leido pasó a la Comision de Gobierno.

Se dió cuenta de una solicitud de don Fernando Olivares, vecino i rejidor de Chillan en que pide a la Cámara una pension de gracia, en atencion a los servicios que prestó en la causa de la independencia, i a haber por ellos perdido su fortuna. Pasó a la Comision de Peticiones.

Se puso en discusion particular el proyecto de organizacion del Cabildo de la Iglesia Catedral de Ancud.

El artículo 1.° fué aprobado por unanimidad de treinta i dos votos, sin discusion alguna.

Se puso en discusion el artículo 2.º

El señor Orrego. —Hace mui poco tiempo, señor, que se ha aprobado la ereccion i dotacion que debe tener el Cabildo del Obispado de Coquimbo. Ahora se trata de establecer igual dotacion en el de Ancud, pues en el se hacen sentir las mismas necesidades. Por otra parte, como el objeto de esta leo no es otro que fijar dotaciones para erijir una nueva iglesia, para qué ocuparnos en ella, si ya están aprobadas las de Coquimbo. Me parece que estamos perdiendo tiempo.

Se puso en votacion este artículo, i resultó aprobado por unanimidad de treinta i cuatro votos.

El artículo 3.º fué aprobado por la misma unanimidad.

Se puso en discusion el artículo 4.º

El señor Palazuelos. —Desearía saber qué autoridad es esta que debe aprobar este plan de

  1. Esta sesion ha sido tomada de El Progreso del 27 de Julio de 1844, núm. 531. —(Nota del Recopilador).