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Página:Sesiones de los Cuerpos Lejislativos de Chile - Tomo XXXIV (1844).djvu/185

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SESION EN 22 DE JULIO DE 1844

que sujetarse al órden de precedencia. Quisiera que el señor Presidente, si lo tiene a bien, consultase a la Sala sobre este punto.

El señor Presidente. —Está mui bien, señor. Sírvase, señor Secretario, fijar la proposicion.

El señor Toro. —La proposicion que se puede fijar es la siguiente:

"Si las mociones deben discutirse segun el órden de su presentacion, o en otros términos, si deben tener la preferencia segun el órden de su presentacion.

El señor Presidente. —Es decir que cuando una mocion es mas antigua debe ser discutida con preferencia.

El señor Palazuelos. —¿Es este un asunto que está decidido por un artículo del reglamento o nó?

El señor Presidente. —Nó, señor.

El señor Palazuelos. —Si no está decidido me parece que debe nombrarse una comision para que informe sobre él. Si hubiese un artículo del reglamento la Sala podria decidirse desde luego; pero no habiéndolo, la Cámara no debe hacer declaracion alguna en este asunto; porque no se encuentra en el caso de decidir sobre el particular sin antecedentes, sin base de razonamiento. En efecto ¿cuál seria la base que podria tener el juicio de la Sala? Yo confieso, francamente, por lo que a mí respecta, que no podria dar mi voto sobre esta materia. Léase, señor, el artículo o los artículos relativos a este caso.

El señor Secretario. —El artículo 62 es el que mas se aproxima al asunto en cuestion (lo leyó). Artículo 62: "se declaran preferentes los negocios de interés jeneral que hubieren sido admitidos ántes o despues de los particulares."

El señor Palazuelos. —Pero el caso es este: un asunto de interes jeneral con otro asunto tambien de interes jeneral.

El señor Toro. —Lea el artículo anterior, señor Secretario.

(Se leyó el 59 que ya se ha copiado arriba).

El señor Toro. —Hai pues, un artículo terminante en el reglamento, i aun cuando no hubiese, seria monstruoso que no se siguiese el órden de fechas en los asuntos que se hallan en tabla. Fundado en ese artículo, pido yo que se dé preferencia a mi mocion; mi peticion se funda tanto en ese artículo del reglamento como en que seria monstruoso proceder de un modo contrario. Para la sesion siguiente se pondría un nuevo asunto en tabla i otro i otro i de este modo nunca llegaría el caso de considerarse mi proyecto.

El señor Presidente. —Me parece que la proposicion, redactada así en jeneral, a saber, si una mocion particular o un proyecto del Gobierno, siendo este mas moderno, debe dársele la preferencia aquella: puesto así en jeneral, me parece que, repito, debe ser objeto de una comision.

El señor Toro. —Pero a mi modo de ver el artículo del reglamento está mui espreso.

El señor Presidente. —Sí; pero en el hecho mismo de haber duda, nadie sino la Cámara deberá decidirla; i en un asunto jeneral como puede considerarse el presente, la Cámara debe proceder con aquella madurez con que deben tratarse los asuntos de importancia. Si el asunto fuese meramente particular, si el señor Diputado pidiese que se le diese preferencia a su mocion, eso sí que se podria consultar desde luego a la Sala; pero se trata ahora de fijar una regla jeneral, i esto debe hacerse con circunspeccion.

El señor Toro. —Yo creo que lo que debemos preguntar a la Sala es si el reglamento se entiende de este modo o no; i así será mui sencillo fijar la proposicion.

El señor Rosas. —La mocion del señor Diputado que acaba de hablar, hace un año que ha sido presentada i tiene una discusion; i la que yo presenté, hace tres o cuatro años a que está admitida. Segun el artículo del reglamento, debe tener preferencia la mia. A mas, está sancionada en jeneral, por lo que la Cámara debe proseguir la discusion.

El señor Presidente. —La costumbre que ha tenido la Sala hasta aquí ha sido dar preferencia a los proyectos pasados por el Gobierno; despues a los del Senado; en tercer lugar, a las mociones, en cuarto, a las peticiones. Este ha sido el órden que se ha acostumbrado seguir. En el presente caso, se va a dar una regla jeneral para lo sucesivo, i por lo mismo, es conveniente que la Sala lo decida con acuerdo de la comision. Si fuese este un asunto particular, como la mocion del señor Dávila, por ejemplo, en que pidió a la Sala que se le diese preferencia, i se le dió, podria hacerse lo mismo con ella; pero es mui diferente: el asunto de que trata es jeneral, i debe pasar a comision.

El señor Toro. —Es decir que debemos desconfiar que se discuta una mocion presentada por Diputados: porque si en dos que ha presentado el Ejecutivo se ha ocupado la Sala dos meses, con cuatro mensajes solamente se concluirá el período de las sesiones, i no tendrán lugar las mociones que presenten aquellos.

El señor Presidente. —Pues, bien, esas serán las razones que puede tener presente la comision para dar su informe, i la Sala para dar su voto en este asunto. Pero ir a establecer una regla jeneral, es una cosa grave; sin embargo la Sala lo decidirá.

Se fijó la siguiente proposicion: "¿Se observa el órden de antigüedad para la preferencia en la consideracion de los asuntos de interes jeneral, sea cuál fuese su oríjen, o no?"

El señor Presidente. —Esa proposicion es un nuevo proyecto que la Cámara debe considerar con formalidad, observando los trámites que prescribe el reglamento; razon por la cual es necesario que pase a comision, i se tenga esta por su primera lectura.

El señor Toro. —Yo creo que no se necesitan