Ir al contenido

Página:Sesiones de los Cuerpos Lejislativos de Chile - Tomo XXXIV (1844).djvu/216

De Wikisource, la biblioteca libre.
Esta página ha sido validada
216
CÁMARA DE DIPUTADOS

misma obra en los idiomas de otras naciones ¿a qué restricciones deberá sujetarse? Porque aqui hai dos autores; dos trabajadores; el que traduce, i el autor, el uno nacional i estranjero el otro.

¿I la compilacion, la nacionalizacion, digamos así, de las obras elementales de los tratados científicos?

Hemos creido oportuno entrar en estos antecedentes para esponer el terreno de la cuestion sobre la propiedad literaria, i contraernos a las modificaciones que esperimenta en América, que son tan notables, atendida nuestra calidad de naciones no productoras de pensamientos orijinales.