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Página:Sesiones de los Cuerpos Lejislativos de Chile - Tomo XXXIV (1844).djvu/336

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CÁMARA DE DIPUTADOS

empleados públicos, a los cuales parece que segun la lei a que se ha aludido, no debe darse otra asignacion que la que por su empleo les corresponde. Existe, señor, una lei que prohibe que se goce de mas de un sueldo; pero no la creo absolutamente aplicable al caso presente, porque no es mui espedito el punto de vista bajo el cual deben considerarse los taquígrafos de las Cámaras, i sobre todo habiendo acordado estas en una lei que se redactasen taquigráficamente sus sesiones; i no presentándose otros individuos que pudiesen llevar a cabo semejante disposicion, que los que actualmente sirven en la redaccion, parece por una parte, que la lei a que primero aludí se encuentra derogada por esta última. Me parece que el hacer una asignacion a los taquígrafos que por otra parte eran empleados públicos, era obra de la necesidad. Las Cámaras acordaron puramente que se redactasen taquigráficamente sus sesiones; i no habiendo sino un cierto número de individuos que se encontrasen en estado de llevar esta redaccion, resultaba que era absolutamente preciso el echar mano de estos individuos.

Me ha parecido conveniente, señor, hacer esta esplicacion, porque no deja de tener tambien alguna relacion con el fondo del asunto, en cuanto se pretende que con arreglo a la disposicion a que se ha aludido, se prohibe el tirar mas de un sueldo a los empleados que al mismo tiempo sirven en la redaccion taquigráfica. Segun esto, resultaría que por tal razon no podrían estos individuos tener ninguna renta o gratificacion, i que era inverificable el que hubiesen taquígrafos en las Cámaras.

El señor Varas. —¿Es proyecto de lei éste, o proyecto de acuerdo para la Cámara? No sé cómo se ha presentado.

El señor Secretario. —Es proyecto de lei, señor, porque no se contrae a los taquígrafos de esta sola Cámara, sino que indistintamente habla de taquígrafos.

El señor Varas. —El establecer taquígrafos en la Cámara ha tenido por objeto de redactar sus sesiones. Me parece pues, que este objeto se llenaría talvez mejor siguiendo un proceder parecido al del año anterior. Yo creo que reuniéndose a escribir en la forma comun, podria hacerse la publicacion en breve tiempo, i no como ahora; las sesiones del 24 de Agosto salen el 6 de Setiembre, la del 2 de Setiembre saldrá probablemente el 15. Hai tanto retardo en esto, que se pierde mucha parte de la ventaja de la redaccion taquigráfica, pues yo creo que la demora pende del trabajo de la redaccion. También he oido que la redaccion no es siempre mui exacta i que sucede esto cuando se habla con algun calor, o hai repeticiones a que la improvisacion da lugar: entónces la traduccion se hace mui difícil. Creo que con la redaccion hecha por el otro método, se evitaría tambien este inconveniente; se ha dicho que no hai lugar a discusion sobre el proyecto, porque no hai otros taquígrafos. Los taquígrafos han dicho: gozamos tanto; i como no hai otros la Cámara debe concedernos el sueldo; ahora al fin del mes dirán que no trabajan por ménos de 200 pesos, i la Cámara tendrá que dárselos. Yo creo, pues, que se evitaría esto haciendo la redaccion en la forma indicada.

He tomado la palabra para hablar en este sentido, porque un señor Diputado dijo que la cuestion era si se redactaba o nó. En este sentido, digo que haya redaccion, i que la cantidad que se asigne sea sólo para redaccion, que se señalen sueldos i que esta redaccion no sea taquigráfica; así creo que podrá hacerse con mas exactitud i mas pronto al mismo tiempo. He oido que en otras partes no se hace en esta forma sino en otra, como la del año pasado, concurriendo, nó uno sólo, sino todos los que han tomado apuntes hasta aquí.

Otro inconveniente de la redaccion taquigráfica es la obligacion que ella impone de ir redactando todos los pormenores que no son necesarios. Por esto propondría que en el proyecto de lei se dijese que hubiese una comision nombrada por la Cámara, que cuidase de la exactitud. Supóngase que los taquígrafos redacten mal una sesion, reclama un Diputado i no obstante esta sesion se publica con la autorizacion de la Cámara. Esto se evitará nombrando la Cámara una comision. Creo pues que el proyecto debe decir no para la redaccion taquigráfica, sino para la redaccion, i esta redaccion estará bajo la inspeccion de una comision que la misma Cámara nombrará.

El señor Larrain. —Se ha hecho una indicacion para que se diga: "tanta cantidad para la redaccion de las Cámaras". Esta cantidad está asignada ya en los presupuestos. La oposicion que he hecho tiene por objeto el que la Cámara no tome conocimiento de esto sino el señor Ministro. En cuanto a la indicacion hecha por el señor Diputado para que haya una comision que revise la redaccion, me parece oportuno; pero en cuanto a lo primero, ya los fondos están dados i al señor Ministro es al que toca emplearlos; a nosotros no nos tocan los pormenores.

El señor Varas . —Se trata de un proyecto de lei; no es acuerdo de la Cámara.

El señor Larrain. —Como está en discusion la solicitud de los taquígrafos...

El señor Secretario. —El informe de la comision está en parte fundado en la facultad que tiene la Cámara para fijar el sueldo de sus empleados; en consecuencia, presenta a la consideracion de la Cámara un proyecto de lei.

El señor Arteaga. —¿Hai algunas disposiciones constitucionales, señor?

El señor Secretario. —No precisamente para los taquígrafos, sino para los empleados de la Cámara en jeneral.

El señor Arteaga. —Creo que hai una disposi