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Página:Sesiones de los Cuerpos Lejislativos de Chile - Tomo XXXIV (1844).djvu/338

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CÁMARA DE DIPUTADOS

la Caja de Crédito Público, en que da parte de haber admitido en virtud de las atribuciones que le concede el capítulo 4.º, artículo 6.° de la lei de organizacion de dicho establecimiento, la renuncia del oficial primero don Felipe Antonio Prieto i de haber nombrado en su lugar a don Antonio María Prieto con el sueldo de 1,000 pesos de su dotacion, tiene el honor de informar a la Cámara que, habiéndose llenado todos los requisitos exijidos por la lei del caso, corresponde a la Cámara la aprobacion de este nombramiento, i en consecuencia, someto a la decision de la Sala el siguiente

PROYECTO DE LEI:

Artículo único. Se aprueba el nombramiento hecho por la Junta de Administracion de la Caja de Crédito Público de oficial primero de dicha oficina en la persona de don Antonio María Prieto, con el sueldo de 1,000 pesos de su dotacion.

Sala de la Comision, Agosto 30 de 1844. Pedro García de la Huerta. —Santiago Gandarillas. —Manuel de Cifuentes. —B. J. de Toro.


Núm. 146

La solicitud que precede es de aquellas cuyo conocimiento corresponde al Congreso en virtud del párrafo 10 artículo 37 de la Carta Fundamental.

Sala de la Comision Junio 25 de 1844. —Ramon Rosas Mendiburu. —Juan de Dios Correa de Saa. —Antonio García Reyes.


Núm. 147

Está en las atribuciones de V.E. conceder la gracia que implora la solicitante.

Sala de la Comision. Ramon Rosas Mendiburu. —A. García Reyes. —Juan de Dios de Correa de Saa.


Núm. 148

Don José Manuel Barros solicita aumento de sueldo para el destino de Ajente Fiscal que desempeña i en sentir de la comision de peticiones, V.E. es quien debe conocer en este asunto, en virtud de lo dispuesto por la Constitucion del Estado.

Sala de la Comision, Julio 3 de 1844. Juan de Dios Correa de Saa. —Antonio García Reyes. —Anjel Prieto.


Núm. 149

El ocurrente solicita se declare por V.E. el verdadero sentido de la lei que concedió a la viuda e hijos del señor don Bernardo Vera, la propiedad de una casa correspondiente a temporalidades de regulares: este asunto por decontado, es propio de las atribuciones de V.E. Sala de la Comision, Agosto 22 de 1844. Juan de Dios Correa de Saa. —A. García Reyes. —Ramon Rosas Mendiburu.


Núm. 150

Doña Dolores Ross, solicita de V.E. una gracia que está en sus atribuciones conceder, en virtud de lo dispuesto por el párrafo 10, artículo 37 de la Constitucion.

Sala de la Comision, Junio 20 de 1844. Ramon Rosas Mendiburu. —Juan de Dios Correa de Saa.


Núm. 151

La Comision Calificadora de Peticiones ha tomado en consideracion el presente memorial en que doña Cármen Carvallo solicita una pension de gracia; i que corresponde a V.E. su despacho en virtud de lo dispuesto en el párrafo 1.° artículo 37 de la Constitucion.

Sala de la Comision, Junio 20 de 1844. Juan de Dios Correa de Saa. —Antonio García Reyes. —Ramon Rosas Mendiburu.


Núm. 152

La Comision de Peticiones, vista la solicitud de doña Juana Ramos para que se le conceda una pension de gracia, juega que V.E. está autorizado para concederla por el párrafo 10 del artículo 147 de la Constitucion; por decontado fué de tomar conocimiento del asunto i resolver lo que hallase conveniente.

Sala de la Comision Julio, 3 de 1844. Juan de Dios Correa de Saa. —Antonio García Reyes. —Anjel Prieto.


Núm. 153

La Comision Calificadora de Peticiones, vista la solicitud de don Fernando Olivares para que se le conceda una pension de gracia, juzga que V.E. está autorizado para concederla por el párrafo 10 artículo 147 de la Constitucion, po