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CÁMARA DE DIPUTADOS

de 1842, solicitando se le autorizase para la formacion de un reglamento consular con acuerdo del Consejo de Estado, i sometido ya a la aprobacion del Congreso, el presupuesto de gastos en el deparlamento de Relaciones Esteriores para el próximo año de 1845, sólo me resta felicitarle por el aspecto jeneral de los negocios de este Departamento. Determinado a evitar todo justo motivo de queja, ansioso de que florezcan mas i mas en nuestro territorio el comercio, la civilizacion, la industria de las cultas i libres naciones de uno i otro hemisferio, adherido a un sistema de política liberal, igual, imparcial respecto de todas ellas, celoso de la proteccion de las personas i propiedades estranjeras, nada divisa el Gobierno que pueda turbar esta paz preciosa de que disfrutamos, i que tan necesaria es para el bienestar del pais, para el desarrollo progresivo del porvenir dichoso que bajo los auspicios de la Divina Providencia nos prometemos.

Santiago, Setiembre 9 de 1844. —Ramon L. Irarrázaval.


Núm. 178

Señor: despues que se supo que la Junta Gubernativa de Moquegua que retenia al jeneral Santa Cruz en la calidad de prisionero, lo habia mandado a bordo de la fragata Chile i puesto a disposicion del Gobierno de V.E., se disponía el del infrascrito a interponer sus buenos oficios en favor de aquel jeneral que por su misma desgracia es acreedor a la proteccion de los hombres jenerosos i cuyo destino interesa a un pais que lo cuenta entre los distinguidos capitanes que combatieron por su indeperdencia. No quiero decir con esto que mi Gobierno hubiese abrigado temores acerca de la aciaga suerte que, al pisar el suelo de Chile, pudiera correr el jeneral Santa Cruz; nó, demasiado esclarecidas i notorias son las pruebas que el Gobierno i pueblo chilenos han dado de su ilustracion, de la humanidad que caracteriza a los valientes, de la hidalguía de sus sentimientos; pero como el Ecuador, viendo la reputacion del jeneral Santa Cruz, idertificada la gloria que inmortaliza los campos de Pichincha, ha inscrito su nombre en la lista de sus guerreros i lo ha reconocido como a uno de sus beneméritos ciudadanos, era natural que manifestase, como lo ha hecho, nobles impulsos i una viva inquietud por el tenebroso e incierto porvenir que le preparaba un convenio de insólito tenor.

El Gobierno colocado en el centro de estas simpatías, no podia dejar de participar de ellas; mas, no queriendo participar sus juicios ni aventurar paso alguno, aguardaba a que el tiempo condujera un desenlace, que no empañara la reputacion naciente i merecida de Santiago. Supo, en efecto, con satisfaccion, que el Gobierno de V.E. habia desaprobado el convenio del Cuzco, pero supo despues que retenia la persona del precitado jeneral i que aun lo destinaba a residir en la ciudad de Chillan.

Juzga mi Gobierno, como debe suponer, que tal residencia no puede tener por objeto privar al jeneral Santa Cruz de su libertad, pues ni las teorías conservadoras del órden social, ni las leyes de la guerra, ni el juicio de la posteridad sobre los hechos que se rejistran en los fastos de la historia, podrian jamas consagrar el principio de que un Gobierno negocie con otro la entrega i esclavitud de un hombre, que si en un tiempo fué un poder hostil, no es en el dia sino una individualidad que vive de lo pasado. El derecho de la guerra termina con la victoria: un enemigo vencido que desamparando el teatro de su autoridad queda privado de los resortes de su influencia, deja de ser enemigo digno de medirse con la potestad suprema de los pueblos. No cree mi Gobierno que innobles rencores aconsejen precauciones semejantes, porque una nacion magnánima no puede abrigar en su pecho mezquinas venganzas. Tampoco lo atribuye a una política medrosa, porque Chile puede contestar a sus enemigos esteriores mostrándoles los laureles de Yungai, i a los pocos anarquistas del interior con doce años de profunda paz i con el adormecimiento del espíritu militar reemplazado por tendencias hácia las mejoras materiales e intelectuales. Ademas sabe mui bien el Gobierno de V.E. que el jeneral Santa Cruz abrazó, tiempo há, la mas firme i sincera resolucion de trasladarse a Europa, siempre que se le restituyeran sus bienes, escandalosamente confiscados por la autoridad suprema de Bolivia ¿I qué de esfuerzos no empleó el Gobierno del Ecuador para favorecer esta medida única capaz de calmar recelos i temores? Costeó una mision destinada a sólo este objeto i salió de garante de que se realizaría el viaje trasatlántico. Entónces, si esta indicacion hubiera sido atendida, se habria comprado la paz de algunas repúblicas con un acto de justicia, i no con ciertos hechos que constituyen funestos precedentes, i los que se citarán en lo venidero, i no con la fuerza que prestan la razon i la justicia, sino con la autoridad del ejemplo. Tales hechos, de puros repetidos entorpecen la opinion pública, embotan la sensibilidad de los pueblos i vienen a fundar un linaje de principios que, desnaturalizando las leyes eternas de la moral, revierten contra sus propios autores. En la prodijiosa rapidez con que se suceden les acontecimientos i en medio de tantas mudanzas como este siglo acarrea con una instabilidad sin ejemplo, no hai que creer que haya un individuo, por privilejiado que se suponga, ni nacion alguna por poderosa que sea, que pueda ponerse a cubierta de sus propias doctrinas, i no venga a sufrir, mas o ménos tarde, las consecuencias de sus mismos principios. ¿Qué triste, qué desolada no seria la suerte de