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CÁMARA DE DIPUTADOS

Asistió a la destruccion de los anarquistas en el partido de Talca, i mereció por esa campaña el grado de Teniente 2.º

Se embarcó en el puerto de Valparaiso el 10 de Agosto de 1820 con el batallon número 4 destinado a la campaña del Perú, desembarcó en Pisco el 9 de Setiembre del mismo año i siguió la campaña.

Se embarcó para el puerto de Huacho con la espedicion que salió para intermedios a las órdenes del Coronel don Guillermo Miller.

Estuvo en la accion de Micabe i fué condecorado por ella con un escudo al brazo cuyo mote es el siguiente: A los bravos de Micabe.

En el mismo año fué con una partida a tomar el puerto de Huaitaza, i logró el objeto despues de haber batido completamente a un número mayor de enemigos, por cuya accion recibió un oficio del Capitan Jeneral mui satisfactorio: el Coronel don Guillermo Miller recomendó por escrito los importantes servicios que prestó en esa campaña.

Se embarcó en el puerto del Callao mandando la 1.ª compañía del batallon número 4 destinado a la espedicion libertadora de las provincias interiores del Perú; desembarcó en Arica i siguió la campaña. Se halló en las acciones de Locumba, Torata i Moquegua los dias 14, 19 i 21 de Enero de 1823.

Estuvo en la fortaleza del Sol al mando de su antedicha compañía cuando los enemigos ocuparon a Lima el año de 1823 i sitiaron al Callao.

Se embarcó en dicho año con su compañía para intermedios e hizo la campaña de Arequipa.

Se embarcó en el puerto de Valparaiso el 16 de Noviembre de 1825, de Sarjento Mayor del batallon número 4 destinado a la campaña de Chiloé; desembarcó en el puerto del Ingles, siguió la campaña i se halló en la accion de Bellavista al mando de dos compañías de Granaderos el 14 de Enero de 1826.

Es benemérito de la Orden del Sol, i goza de la medalla de Libertadores del Perú.

Se halló en la batalla de Maipú.


Certifico: que la presente hoja de servicios es copia de la orijinal que existe en este Estado Mayor Jeneral. —Santiago, Octubre 16 de 1826. —Francisco de Elizalde. —V.°B.° —José Goñi.


Núm. 27

Excmo. señor:

Los oficiales de secretaría don Timoteo Avaria i don Benigno Cerda, con el debido respeto, hacen presente a la Cámara: Que por lei de 24 de Setiembre de 1834, se asignaron a los oficiales de pluma de las secretarías de ámbas Cámaras el sueldo de 50 pesos mensuales durante el tiempo que desempeñen sus destinos; pero la de Senadores, convencida de la pequeñez de dicha asignacion i considerando el aumento progresivo de los trabajos de su Secretaría por la multitud de asuntos sometidos a la resolucion del Congreso, aumentó tambien el sueldo de los oficiales de pluma de aquella oficina hasta la cantidad de 60 pesos mensuales: al efecto acordó una nueva lei que fué aprobada por esta Cámara en 30 de Junio de 1839. Mas los empleados de igual clase de esta Secretaría quedaron i continúan percibiendo el mismo sueldo que les asignó la lei de 34, no obstante tener, no sólo igual, sino mayor trabajo que los empleados de la de Senadores; raro es el dia que no ocupen seis horas en la oficina, i no son pocos los que permanecen trabajando ocho i nueve horas i todo el tiempo que es necesario para presentar concluidos sus trabajos en el perentorio i limitado tiempo que hai de una sesion a otra.

La Cámara se persuadirá de esta verdad, si atiende: 1.° que las sesiones son mas continuadas en ésta que en aquélla: 2.º que en la de Diputados tienen oríjen mayor número de proyectos de lei que en la de Senadores, i que a ella se le dirijen la mayor parte de los iniciados por el Presidente de la República; de consiguiente, tienen que hacer mayor número de trascripciones; 3.º que las solicitudes particulares i las leyes que tienden a imponer contribuciones se dirijen a esta Cámara.

Los que suscriben, apoyados en estas consideraciones, se creen con sobrada justicia para solicitar de la rectitud de la Cámara, cuando no sea un aumento de sueldo en proporcion a su trabajo, al ménos se les iguale con los oficiales del Senado gozando la misma dotacion que aquéllos. La Sala no desconocerá que la asignacion es demasiado escasa i reducida sólo al tiempo que duran las ocupaciones del Congreso, circunstancia que hace tanto mas necesario el aumento de sueldo de dicho destino cuya dotacion es tan precaria.

Los esponentes hacen tambien presente a la Cámara que en las últimas sesiones de cada período lejislativo, se despachan por lo comun largos proyectos de lei i multitud de asuntos particulares, cuya trascripcion al Ejecutivo i traslacion a los libros respectivos, no es posible hacerse en el mismo dia que se cierran las Cámaras, sino que se emplean en esta operacion cinco seis o mas dias, como sucedió en el período pasado con la lei del Réjimen Interior.

Los oficiales de pluma continúan desempeñando sus destinos hasta terminar dichos trabajos i no se les abona mas sueldo que hasta el dia que cesa la Cámara de funcionar. Parece mui justo que siendo igual el servicio que prestan en estos dias que durante las sesiones, sea igual la remuneracion.