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SESION EN 27 DE SETIEMBRE DE 1844

tensos de los ramos pertenecientes a la facultad en que se pretendiere; i así se ha hecho. Esta disposicion del reglamento ha suscitado dudas sobre el verdadera sentido del artículo 17 de la lei que creó la Universidad. Si se entiende que las profesiones de que habla son todas aquellas cuyo ejercicio supone estudios científicos anteriores, ninguno podrá ser agrimensor, perito de minas, ensayador i aun farmacéutico, sin ser licenciado en la Universidad, sin haber hecho estudios estensos i detenidos en los ramos mas elevados de las matemáticas i de los mas vastos de las ciencias naturales; pero a primera vista se conoce que tal no puede ser el espíritu de la lei.

El Gobierno entiende que el grado de licenciado sólo se exije para aquellas profesiones de primer órden, que requieren estudios estensos i detenidos para ser bien ejercidas. Tales son las de abogado, médico, etc. Las otras, aunque suponen el estudio de ciertas ciencias, son principalmente prácticas i no pueden considerarse comprendidas en la disposicion legal. Segun ésta los agrimensores, peritos de minas, boticarios, etc., no necesitan, en concepto del Gobierno, el grado de licenciado para ejercer sus profesiones; lo mas que podria exijirse a los primeros, teniendo en consideracion que sus estudios de ciencias son mucho mas estensos de los que la simple práctica de su profesion requiere, seria el grado de bachiller para no confundirla con otras puramente empíricas.

Las facultades han tomado tambien parte en los trabajos del Consejo. Para el reglamento de grados todas ellas presentaron sus proyectos respectivos, que sirvieron de base al que se ha dictado. Fuera de esto la de Humanidades se ha ocupado constantemente en trabajos de su instituto. Ella ha presentado al Gobierno la traduccion de un pequeño libro para las escuelas primarias, ha hecho reformas ortográficas que facilitan a los niños el aprendizaje en la lectura i escritura, i está discutiendo un proyecto de organizacion de escuelas i otros asuntos igualmente útiles.

Dependientes de las Facultades hai ciertos establecimientos literarios que pueden considerarse como parte de la Universidad: tales son la Academia de Ciencias Sagradas i la de Leyes. Para plantear la primera sólo se espera el reglamento que debe organizaría i en que actualmente se ocupa el Consejo. El objeto principal de esta institucion es fomentar en el clero el cultivo de las ciencias i letras sagradas, i preparar debidamente a los que se destinan a la carrera eclesiástica, ya ejercitándolos en la predicacion, ya adiestrándolos en las funciones pastorales.

La Academia de leyes tiene un fin análogo a la anterior, en órden a la profesion del foro. Para que mejor lo llene, el Gobierno cree necesario reformar sus estatutos, modificando las disposiciones que han dado lugar a abusos, e introduciendo otras que hagan sus ventajas mas efectivas i jenerales.

Anexo al cargo de decano de la facultad de medicina, está el Protomedicato, cuya importante majistratura, se halla en el dia reducida a cierto grado de nulidad. No hai reglas precisas que detallen sus atribuciones.

La policía médica que le corresponde, se ejerce discrecionalmente; i lo que todavía es peor, carece de los medios de hacer valer su autoridad.

En Santiago se notan ménos las desventajas de este órden de cosas por el intelijente esmero del que se halla a la cabeza del Protomedicato; pero en los demas pueblos, las boticas están jeneralmente administradas por individuos que no tienen los conocimientos necesarios; i la profesion de médico ejercida, casi siempre, por personas ignorantes, con grave perjuicio del público.

El Gobierno no ha podido mirar con indiferencia semejantes abusos, i con la mira de evitarlos, ha encomendado la formacion de un reglamento para el Protomedicato a una persona intelijente.

Despues de haber hablado al Congreso de los trabajos relativos a la Universidad, paso a tratar del Instituto Nacional. Nótase en este establecimiento un adelanto progresivo: consolídanse mas i mas los nuevos arreglos introducidos en él desde principios del año anterior.

La reforma de los estudios preparatorios, de que ántes he hablado a las Cámaras, parece que llenará dentro de poco las esperanzas que el Gobierno ha fundado en su ejecucion. Los primeros años de colejio no se destinan ya a estudios estériles i que sólo tienen valor en cuanto abren la puerta a las carreras profesionales: estudios variados i de aplicacion a todas las condiciones, son los primero ensayos de los jóvenes i si por cualesquiera circunstancia no siguieren una carrera profesional, no tendrán como ántes de ahora, que considerar como perdido el tiempo que han dedicado al estudio.

La enseñanza superior en el ramo de ciencias legales i políticas se adelanta i perfecciona. De las ciencias matemáticas sólo están ejercicio las clases relativas a los primeros ramos.

Los cursos de medicina han sufrido muchos retardos nacidos principalmente de haberse fijado en ellos un órden de sucesion, sin tomar en cuenta el número de profesores, ni las épocas en que debian admitirse nuevos alumnos; pero el Gobierno que está al cabo del oríjen de su retardo piensa removerlo en breve. El estudio de las ciencias físicas, que se ha hecho en el Instituto sólo con relacion a la medicina, ha recibido en el presente año mayor ensanche, con la planteacion de una clase de química aplicada a la mineralojía.

El cultivo de este último ramo está íntimamente ligado con los progresos de la industria