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Página:Sesiones de los Cuerpos Lejislativos de Chile - Tomo XXXVII (1845).djvu/202

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CÁMARA DE SENADORES

abandonados por el mar, esa Cámara se sirvió acordar el proyecto de lei que V. E. me trascribió en oficio de 9 de Setiembre del año pasado bajo el número 26.

Tomado en consideracion por esta Cámara, le ha dado su aprobacion despues de haber adicionado el artículo 1.° i suprimido del 4.° el último período, quedando dichos artículos en la forma que siguen:

"Artículo primero. Los terrenos abandonados por el mar acrecen a las propiedades colindantes en toda la estension de las costas del Estado.

Esceptúanse los que el mar abandonase en los puertos i caletas habilitadas para el comercio, los cudes son del dominio público. Los propietarios riberanos no podrán ejercer derecho sino sobre la parte comprendida d:ntrode sus muros, linderos o mensuras.

Art. 4.º Podrán construirse edificios i otras obras en las riberas i en el mismo mar, con permiso prévio del Intendente de la provincia, quien deberá concederlo o negarlo, arreglándose a las disposiciones de esta lei i a los reglamentos dictados por el Gobierno.

Pero en los puertos i en las caletas habilitadas para el comercio sólo podrán construirse en las riberas o en el mar, edificios u otras obras que fueren de conocida utilidad pública calificada por el Gobierno.

Los edificadores tendrán sólo el uso i goce de los edificios i no la propiedad del suelo."

Devuelvo los antecedentes.

Dios guarde a V. E. —Santiago, Junio 30 de 1845. —R. L. IRARRÁZAVAL. —Ramón Rengifo. —A S. E. el Presidente de la Cámara de Senadores.


Núm. 66

En sesion de 2 del corriente, esta Cámara ha reelejido para Presidente al que suscribe i para Vice al señor don Francisco de la Lastra.

Dios guarde a V. E —R. L. IRARRÁZAVAL. —Ramón Rengifo, Diputado Secretario. —A S. E. el Presidente de la República.

En sesión de 2 del corriente, esta Cámara ha reelejido para Presidente al que suscribe i para Vice, al señor jeneral donFrancisco de la Lastra.

Dios guarde a V. E -Santiago, Agosto 6 de 1845. —R. L. IRARRÁZAVAL. —Ramón Rengifo. —A S. E. el Presidente de la Cámara de Senadores.


Núm. 67

El proyecto de lei para modificar los derechos de peaje que actualmente se pagan en los caminos públicos que sometió el Presidente de la Républica a la deliberación del Congreso, ha sido aprobado por esta Cámara en los mismos términos que se contiene en el mensaje que acompaño, a escepcion del artículo 1.° que ha recibido una lijera adicion con la que ha quedado como sigue:

"Artículo primero. Se autoriza al Presidente de la Républica paia que de acuerdo con el Consejo de Estado, pueda modificar el derecho de peaje que actualmente se paga en los caminos públicos, i establecerlos a beneficio fiscal en aquellos que se abriesen de nuevo o en que se hicieren reparaciones de importancia. La percepcion de estos derechos se dividirá por partes en cuanto fuese posible."

Dios guarde a V. E. — Santiago, Agosto 11 de 1845 —R. L. IRARRÁZAVAL. —Ramón Rengifo. -A S. E. el Presidente de la Cámara de Senadores.


Núm. 68

Excmo. señor:

Doña Josefa de la Cerda viuda de don José Santiago Concha, ante V. E. con mi mayor respeto digo: que remitido a esta Cámara por la de Diputados el espediente que he iniciado ante V. E sobre abono de cierta cantidad, valor de los descuentos mensuales hechos a mi esposo como decano de la Antigua Real Audiencia, necesito dicho espediente para ocurrir con él nuevamente a dicha Cámara de Diputados, al haberse encontrado por mi parte el justificativo que se estravió por la espresada Cámara, para darse lugar a mi solicitud.

Por tanto, a V. E. suplico, se sirva ordenarse me entregue por Secretaría el espediente a que me refiero.

Es justicia que pido, etc. —Josefa de la Cerda.

Recibí del señor Secretario del Senado don Ventura Blanco Encalada, por doña Josefa de la Cerda, un espediente con veintiuna fojas útiles que el año anterior presenió a la Cámara, para que se le concediese uca pensión i que ahora se le ha mandado devolver según el decreto de la vuelta.

Santiago, Agosto 14 de 1845. —F. Alamos.