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SESION EN 10 DE OCTUBRE DE 1845

fué aprobada en jeneral en votacion secreta por siete votos contra seis i pasó a la Comision de Justicia.

Se puso en discusion particular la solicitud de don Ignacio Sotomayor i el señor Presidente hizo una proposicion que en votacion secreta fué aprobada por ocho votos contra cinco en los términos siguientes:

"Artículo único. Se autoriza al Gobierno para que pueda someter a compromiso los reclamos que haga al Fisco don Ignacio Sotomayor a consecuencia de la provision del ejército que tuvo a su cargo el año de 1817."

Se presentaron a la Sala cuatro oficios de la Cámara de Diputados: en el primero se comunica la eleccion de Presidente i Vice-Presidente verificada por aquella Cámara i se mandó acusar recibo i archivar. En el segundo se devuelve aprobado el proyecto de lei en que se fija el valor de la propiedad inmueble o capital que se requiere para ejercer el derecho de sufrajio; i se mandó comunicar al Presidente de la República. En el tercero se devuelve tambien aprobado, el proyecto de lei que acordó esta Cámara a consecuencia de la solicitud de don Juan Francisco Mur; i se mandó comunicar al Supremo Gobierno. En el cuarto se remite un proyecto de lei por el que se concede una pension de quince pesos mensuales a la viuda del finado Juez de Letras de Aconcagua don José Posidio Rojo i se puso en tabla para segunda lectura.

Se levantó en seguida la sesion quedando en la órden del dia las observaciones relativas al sobresueldo i gratificaciones de los capitanes de puerto; el proyecto de lei sobre establecimiento de Cortes de Apelaciones en Concepcion i la Serena; i el que trata del nuevo arreglo de sueldos militares, devueltos ámbos por no haber convenido la otra Cámara en algunas variaciones hechas por el Senado.


ANEXOS

Núm. 128

Estando para terminarse los veinte dias por que se prorrogaron las sesiones del Cuerpo Lejislativo sin que se hayan alcanzado a despachar los importantes proyectos que están sometidos a su consideracion, en uso de las facultades que me confiere la parte 4.ª del artículo 82 de la Constitucion he venido en prorrogar las sesiones del Congreso por quince dias mas que se contarán desde el 5 del presente.

Dios guarde a V E. —Santiago, Octubre 3 de de 1845. —Manuel Búlnes. Manuel Montt. —A S.E. el Presidente de la Cámara de Senadores.


Núm. 129

Las enmiendas acordadas por esa Honorable Cámara a los artículos sétimo, noveno, décimo i décimo tercero, veintitrés i veinticuatro del proyecto de lei sobre nuevo plan de sueldos para el Ejército de la República, han sido aprobadas por la de Diputados, ménos la supresion de la cláusula final del artículo tercero que se ha dejado en los mismcs términos en que tuve el honor de transcribirla a V.E. en oficio de dieciocho de Julio del año pasado bajo el número veintidós.

Dios guarde a V.E. —Santiago, 1.° de Octubre de 1845. —Francisco De la Lastra . Ramón Rengifo. —A S.E. el Presidente de la Cámara de Senadores.


Núm. 130

Esta Cámara ha convenido en las alteraciones i enmiendas que la de Senadores tuvo a bien hacer al proyecto sobre establecimiento de Cortes de Apelaciones en Concepcion i la Serena, insistiendo únicamente en la redaccion de los artículos noveno i décimo, tal cual fueron aprobados por esta Cámara bajo los números trece i quince que tuve el honor de trascribirlo en oficio de 13 de Setiembre del año próximo pasado.

Dios guarde a V.E. —Santiago, 3 de Octubre de 1845. —R. L. Irarrázaval. Ramón Rengifo.. —A S.E. el Presidente de la Cámara de Senadores.


Núm. 131

Esta Cámara ha considerado la modificacion propuesta por el Presidente de la República a la parte primera del artículo trece de la lei sobre prelacion de créditos i adhiriéndose al acuerdo de la de Senadores que rehusó aprobar dicha modificacion, ha resuelto que el espresado proyecto quede en la forma en que ántes fué sancionado por ámbas Cámaras.

Devuelvo los antecedentes.

Dios guarde a V.E. —Santiago, 8 de Octubre de 1845. —R.L Irarrázaval. —Ramon Renjifo. —A S.E. el Presidente de la Cámara de Senadores.


Núm. 132

A consecuencia de la solicitud de don José Jiménez, que acompaño, esta Cámara se ha servido acordar el siguiente