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SESION EN 11 DE AGOSTO DE 1845

cion de los presupuestos del Ministerio de Justicia i Culto i demas negocios designados para la presente.

Se levantó la sesion quedando en tabla para la próxima la continuacion de los presupuestos, i los demas asuntos anunciados para la presente.


ANEXOS

Núm 91

La Comision de Hacienda encargada de informar a la Cámara sobre el proyecto presentado por el Presidente de la República, para decretar honores i recompensas a la memoria i familia del ilustre finado Ministro de Hacienda don Manuel Renjifo, considera:

Que el citado proyecto no satisface plenamente el recomendable espíritu que lo ha dictado, por cuanto tratándose de recompesar importantes servicios debe esto verificarse de una manera correspondiente a su importancia i a la solemnidad con que ellos han sido calificados ya por S. E. el Presidente de la República en el decreto de 21 de Marzo de este año i en el discurso de apertura por ámbas Cámaras Lejislativas en sus contestaciones al citado discurso i por el sentimiento unánime de la Nacion reconocida a esos servicios.

Con tales antecedentes i apreciados con detenida meditacion los fundamentos que preceden al proyecto del Gobierno, parece a la Comision insuficiente la recompensa que se propone: 1.º porque cree comprometido en este negocio el nombre de la República de quien seria mengua que en un caso tan estraordinario apareciese ante el mundo, que observa con admiracion sus progresos, ménos munificiente que lo ha sido en circunstancias puramente análogas i que no presentaban escepciones como las que concurren hoi a formar el juicio de la Comision i de la Cámara i 2.º Porque a la familia de un servidor de la Nacion tan distinguido, debe concederse algo mas que la necesaria subsistencia, para que la recompensa pueda servir de estímulo a los que como el finado Ministro presten en lo sucesivo una consagracion tan absoluta al servicio de la Patria i produzcan en favor de ella bienes tan positivos i duraderos que realicen no sólo la ventura del momento sino tambien las esperanzas del futuro engrandecimiento de nuestra República. Escusado parece a la Comision el entrar a desemvolver las varias ideas que le ocurren al considerar los méritos universalmente reconocidos que se trata de recompensar. Sobre una sola de estas ideas que viene a servir como de base al proyecto que se propone, llamará la Comision únicamente la atencion de la Cámara. El premio que se acuerde a la familia del fundador del crédito de Chile debe consignarse en el crédito mismo.

De éste modo escusándose el pronto desembolso que debiera hacer el Erario de la suma indicada por el Gobierno o de otra mayor, queda mejor asegurada la subsistencia de la familia huérfana i el porvenir de los pequeños hijos de que consta. Con este objeto la Comision propone a la Cámara que en lugar del artículo 3.º del proyecto presentado por el Presidente de la República, apruebe el siguiente:

"Art. 3.º La nacion reconoce a favor de la familia del espresado Ministro de Hacienda don Manuel Renjifo, la cantidad de 60,000 pesos que serán inscritos en el crédito nacional interior al tres por ciento.

De esta suma se asignan 10,000 pesos a la señora viuda, 10,000 pesos a la hija i 8,000 a cada uno de los cinco hijos varones."

Sala de la Comision. — Agosto 6 de 1845. — Pedro García de la Huerta. José N. Sánchez. — Pedro Palazuelos. — Santiago Gandarillas.