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Página:Sesiones de los Cuerpos Lejislativos de Chile - Tomo XXXVI (1845).djvu/281

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SESION EN 22 DE AGOSTO DE 1845

sea abolida por otra lei. Si se desecha la partida, es lo mismo que estinguir la Universidad. Ademas, las reflexiones que se han hecho se refieren a un proyecto que no se ha presentado; no se sabe cuál será el voto de la Cámara sobre ésto. Cuando el proyecto se presente, entónces se harán observaciones, porque entónces sabrá el voto de la Cámara. Si la Cámara se conforma con él, se desechará la partida, pero miéntras esté vijente la lei que señala los sueldos de la Universidad, la partida debe dejarse. Supongamos que se redujese a un tercio la cantidad espresada en la partida ¿qué distribucion haria el Gobierno de esta cantidad? ¿A quiénes dejaria sin sueldo? Pero esta no es una cantidad arbitraria, están asignados por la lei los sueldos.

Esto manifiesta, pues, que las observaciones que se han hecho no pueden tener lugar por lo pronto, porque esta discusion no es del caso.

Pero no obstante, diré alguna cosa sobre las razones que ha tenido la Comision. Dice que los sueldos que estos empleados gozan, son compatibles con cualesquiera otros, i que es insignificante esta supresion, porque estos empleos son desempeñados por personas que tienen otras ocupaciones.

Pero, señor, ¿habrá razon para creer que los destinos de la Universidad serán ejercidos siempre por individuos que tengan otro sueldo? ¿No puede suceder que mañana no sea asi? Se dice tambien, señor, que los trabajos de la Universidad podrán marchar sin estas resultas pero yo creo que sucedería lo contrario: los trabajos de la Universidad son de grande interes, cada uno de los Decanos de las Facultades tienen funciones importantes que llenar, i la rebaja de los sueldos producirá talvez el mal de que estos trabajos se hagan con lentitud o con poco empeño.

Acerca de la comparacion que se hace de los gastos de escritorio de los Ministerios con los de la Universidad, digo que no es exacta, porque debia tenerse presente que en los gastos de escritorio de la Universidad se incluye el pago de escribiente, cosa que no sucede en los Ministerios, donde hai oficiales suficientes. Si hai algun sobrante de la cantidad que se da para esos gastos, i se ignora su inversion, yo diré, señor, cuál es la que se da: se invierte en la reimpresion de libros para la educacion primaria, i en otros usos mas de esta naturaleza. Si se cree que estos objetos son dignos, no habrá entónces que temer que la caja universitaria emplee mal sus fondos.

El señor Lastarria. Yo hubiera deseado que el señor Ministro de Justicia que acaba de hablar, se hubiera fijado en un hecho, a mi ver, bastante grave que ha fijado el señor Diputado por Santiago. Ha dicho este señor, que la partida destinada en la lei para premiar las obras que se hagan en la Universidad, sea entregada a esta corporacion a pesar de no haberse escrito ninguna obra que haya obtenido premio en este año.

El señor Diputado que ha hablado de esta manera, me parece que habrá visto la cuenta que ha pasado la Universidad para el cobro de esa cantidad, i por consiguiente, creo que tendrá motivo de afirmar lo que yo os acabo de indicar, i como las partidas designadas en los Presupuestos anuales no pueden destinarse a otros objetos sino a los que señalan los mismos Presupuestos, quisiera saber si se ha sacado esta cantidad para otra cosa que para premiar las obras.

El señor Larrain. — Los $ 14,000 por la lei de la Universidad deben invertirse en sueldos de empleados, gastos de Secretaría i premio de obras, porque nuevamente está en el Presupuesto: luego los $ 1,000 han ido a la tesorería de la Universidad. Contesto en esto a la interpelacion que se me ha hecho. En cuanto a las demas observaciones, diré que la lei de la Universidad, cuando señala la cantidad para gastos de escritorio de cada Facultad, no habla de gastos de escribiente, i por eso he pensado siempre que esta cantidad era sólo para gastos de secretaría. Si el sobrante se emplea en impresion de libros mui buen destino se le da; pero yo he visto en los Presupuestos de los Ministerios, pedir cantidades para varias impresiones, que son las que la Cámara ya ha aprobado con este objeto; no recuerdo lo que se ha pedido, pero la Cámara ya ha aprobado algunos, i tiene a la vista este Presupuesto. No en todo lo que sea bueno debemos gastar, porque entónces gastaríamos demasiado. Si la Cámara acuerda una cantidad exorbitante para gastos de escritorio; mui bueno es tambien que el sobrante se destine a la impresion de libros; ¿pero estamos seguros de que mañana se le dará la misma inversion?

Yo creo, señor, que estamos en el caso de oir las observaciones de la Comision; porque si la partida se desecha, tendrá un estímulo mas la Comision para despachar el proyecto de lei; mas si fuese aprobada tal como está en el Presupuesto, entónces el proyecto no se despachará este año. Por tanto, insisto en que se deseche la partida del Presupuesto. He dicho.

El señor Varas. — Se ha fijado el señor Diputado antepreopinante en la partida de $ 1,000 que se concede a la Universidad para premio de obras, i se ha preguntado si se invierte o nó. El señor Diputado de la Comision ha querido contestar aisladamente a esta pregunta, diciendo que se ha invertido, porque está en el Presupuesto: mala razon me parece ésta. Todas las cantidades que se ponen en el Presupuesto no se gastan.

Acerca de ésta de $ 1,000, creo que no existe en la Tesorería, i por lo que a mí toca, no recuerdo haber firmado resolucion alguna en que se mande entregarla. Vuelvo, señor, a decir que aunque la lei diga queda para gastos de secretaría, se comprende precisamente el gasto de escribiente i la suma destinada sirve para gastos