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Página:Sesiones de los Cuerpos Lejislativos de Chile - Tomo XXXVI (1845).djvu/462

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CÁMARA DE DIPUTADOS

mante ha tenido a la vista, i merced a este nuevo arreglo, el Congreso puede ejercer ámpliamente la inspeccion que la Constitucion política de la República le encomienda respecto de la administracion de las rentas nacionales.

El resultado total quedan las cuentas es de haberse invertido 3.009,064 pesos dos un cuarto reales en todos los ramos de la administracion, quedando un ahorro de 187,899 pesos dos octavos reales sobre la cantidad a que ascendieron los presupuestos del año. Este ahorro se ha hecho por los diversos Ministerios en esta forma: el del Interior i Relaciones Esteriores 17,876 pesos un octavo reales, el de Justicia 69,893 pesos uno tres octavos reales, el de Hacienda 5.547 uno dos octavos reales, el de Guerra i Marina 94,282 siete cuatro octavos reales.

Empero, aunque el resultado total de una economía de consideracion, la comision ha notado que en muchas partidas el Gobierno se ha excedido sobre la cantidad presupuestada, de manera que el ahorro se ha obtenido a fuerza de excesiva baja que ha habido en otras partidas. Como el espíritu de nuestras instituciones es que no pueda invertirse en cada objeto una cantidad mayor que la que el Congreso fija anualmente, la comision se ha detenido sobre las partidas en que notó el exceso sobredicho. Por fruto de las conferencias que ha tenido sobre el particular ha conocido que el defecto procede en parte de la inexactitud con que se llevan los libros de toma de razon, i que hace creer al Ministro que resta aun fondos disponibles de que echar mano, cuando por decretos anteriores está ya agotado el ítem del presupuesto. Procede tambien de pagos atrasados que se han verificado en el de 1844, i que debiendo cargarse al ítem de su referencia, obligan a invertir algo mas de la cantidad señalada para ese año. La primera causa del vicio de que hablamos será reparada en el año presente, mediante la vijilancia que sobre el particular están dispuestos a prestar los funcionarios respectivos i en cuanto a la segunda opina la comision que quedaria remediada si se abriese un ítem especial en las cuentas para los pagos atrasados que fuese preciso hacer en fuerza del evidente derecho que asiste a los reclamantes.

La comision cree que estos defectos i otros de menor importancia que se notan en las cuentas, verbi gracia agregar a un ítem el gasto que debia adjudicarse a otro, son resultados necesarios de nuestra inesperiencia i de lo incompleto de las nociones que todavía tenemos en esta materia.

Fuerza es resignarse a tolerar estos defectos que el mas activo celo no podria precaver i contentarnos con las sucesivas i rápidas mejoras que va haciendo la administracion en éste como en otros ramos. Por decontado, estando satisfecha la comision de la pureza con que se invierten los fondos, cree de su deber prescindir de faltas que son en rigor de fórmulas, i propone se abone el exceso de gastos que se nota en algunas partidas de la cuenta de gastos de 1844 sobre las partidas del presupuesto aprobado para el mismo año.

Debe, con todo, decir la comision que en algunas otras partidas no se le ha esplicado satisfactoriamente el exceso, acaso por no tenerse presente, por ahora, la causa necesaria que lo haga justificable. Los Ministros darán al Congreso las esplicaciones convenientes, provistas de antecedentes que la comision no ha podido aguardar.

Para que V. E. se penetre mejor de la exactitud del juicio que la comision ha formarlo sobre la materia, paso a esponer detalladamente cada una de las partidas de la cuenta en que nota exceso de gastos.

Ministerio del Interior i Relaciones Esteriores

Partidas en que la comision cree debe abonarse el exceso.

En el ítem 4.º del departamento de Relaciones Esteriores, "Legacion a España", hai un ahorro de 500 pesos; pero se nota que al secretario se le han pagado 6,000 pesos, siendo así que sólo debía percibir los 3,000 pesos que le corresponden por lei i estaban presupuestados.

Se ha informado a la comision que el sujeto que desempeñaba aquel cargo, ha sido elevado al de Encargado de Negocios de la República, con el sueldo legal de 6,000 pesos; i que aun cuando este nombramiento se hizo a mediados del año 1844, i no le correspondía por supuesto íntegra aquella suma, se le hizo la anticipacion de sueldos que es de estilo en estos casos, por la razon de la distancia i otros motivos fáciles de concebir.

La comision es de sentir que está en manos del Gobierno hacer la anticipacion referida; pero que debe cargarse la suma al ítem de gastos estraordirarios e imprevistos del departamento, como que no estaban presupuestados los sueldos del Encargado de Negocios, sino del Secretario del Ministro Plenipotenciario a España.

En el ítem 4.º del Ministerio del Interior, "Administracion de Correos", aparecen gastados de mas 1,942 pesos siete i medio real, exceso procedente de que el premio pagado a los administradores del ramo, en conformidad de las leyes, ha sido mayor del que se calculó en el presupuesto, en razon del ensanche que ha tomado la correspondencia epistolar.

En el ítem 17, "Pensiones pias", aparecen gastados de mas 528 pesos, procedentes de pensiones decretadas despues de la presentacion del presupuesto.

En el ítem 21, "Asignaciones a Indíjenas", apareren gastadas de mas 172 pesos cuatro reales, por haberse pagado en 1844 algunas asignaciones atrasadas.