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Página:Sesiones de los Cuerpos Lejislativos de Chile - Tomo XXXV (1844).djvu/223

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SESION EN 19 DE AGOSTO DE 1844

a una clase numerosa de individuos; se trata de declarar a quién pertenece una cosa, i que se haga esto por los mismos individuos interesados en ella. El artículo 4.° del proyecto que se acaba de leer terminantemente dice: que la calle tal será la línea divisoria de las propiedades actuales, i que lo demás se considere como correspondiente al Fisco; i la Cámara sabe mui bien que los señores Senadores que tienen alguna propiedad, (que segun este artículo podían perder), sostienen ese derecho, a lo ménos sus condominio se han presentado indicando el modo como quieren que se haga la lei. Fijándose pues, la Cámara en que va a decidir si esos terrenos pertenecen a sus propios señores o al Fisco, verá que aun cuando se adoptase la proposicion o esplicacion del artículo 104, siempre quedaba la cuestion sobre que se va a resolver.

El señor Benavente. — La proposicion que tiende a fijar el sentido del artículo 104, aun cuando dejara pendiente la cuestion, deberia siempre adoptarse para cuando ocurran casos iguales a este.

Si pues, este proyecto ha traido ahora esta cuestion de implicancias, mañana puede suceder que se trate de imponer un nuevo gravámen a los chacareros i hacendados, i como podian creerse éstos implicados para conocer en tal asunto, es preciso salvar estos inconvenientes. Hasta ahora habrá reparado la Sala que nada se ha hecho, ni hemos entrado en el punto principal, porque ni en jeneral se ha discutido el proyecto de lei. El señor Presidente se ha fijado en un artículo, esto es en jeneral; pero en particular es otra cosa. Por consiguiente, no estando todavía ni en discusion jeneral este proyecto, debe fijarse el sentido del artículo 104; porque no venga mañana otra cuestion i nadie quiera entrar en ella. Mui luego vendrán los presupuestos, i pueden decir algunos Senadores que no quieren conocer en ellos, porque son empleados i tienen renta por el Gobierno. Debe advertirse ademas, que este asunto no afecta a un solo individuo, sino a treinta o cuarenta mil personas i que por este motivo no puede ser mas jeneral.

Respecto del proyecto, yo no me negaré a manifestar que lo considero injusto; i cuando llegue el caso, emplearé toda la fuerza de mis argumentos a fin de convencer a la Sala de los defectos de que adolece en mucha parte. Yo no pretenderé quitar todo cuanto tengan los propietarios de Valparaiso de los terrenos abandonados por el mar; pero tampoco dejaré que se avancen hasta donde quieran; para evitar que ese puerto se vaya destruyendo cada dia mas; pero no todo esto pertenece a la discusion por menor.

El señor Presidente. — ¿Ningún señor toma la palabra? Se procederá a la votacion en comité, sobre la proposicion última presentada; pregúntase pues, si se aprueba o no la proposicion enmendada, que ha de agregarse al artículo 104 del reglamento.

— Se leyó.

Al principio de la votacion, i cuando debian emitir su voto ,

El señor Aldunate dijo: señor, yo tengo dificultad para votar: he votado ántes, porque el artículo 104 para mi no necesita esplicacion, pues que esa esplicacion es uno quien la debe hacer segun su conciencia. Desde el momento que he votado, parece que no debo admitir otra proposicion, puede mui bien admitirse esta, pero no la encuentro necesaria. Yo respeto mucho las opiniones del señor Senador que ha hecho la indicacion; mas tengo para mi que este es un asunto de pura conciencia, i quiero decir que cuando llegue el caso, ella me indicará si estoi o nó implicado, es decir, si estoi o nó en el caso del artículo 104.

El señor Benavente. — Es mui distinta la conciencia de Senador a la conciencia de individuo.

El señor Bello. — Entónces se diria tambien que el artículo 104 es inútil.

Se procedió a votar i resultó aprobada la proposicion por nueve votos contra dos: su tenor es como sigue:

"No están inhabilitados para votar en una cuestion jeneral los Senadores que tengan interes en ella como miembros de clases afectadas por esa cuestion."

El señor Presidente. — Queda aprobada la indicacion que deberá formar parte del Reglamento del Senado.

En virtud de este acuerdo, está en discusion jeneral el proyecto de lei sobre terrenos abandonados por el mar en Valparaiso.

El señor Bello.- A mí me parece, si el señor Presidente me permite la observacion, que el modo como se ha fijado la proposicion no es propio. Debe ser: "está en discusion el proyecto de lei sobre terrenos abandonados por el mar"; porque el proyecto de la Comision no trata de terrenos abandonados por el mar en Valparaiso, sino en jeneral de los terrenos abandonados por el mar.

El señor Presidente. — La proposicion es sobre terrenos abandonados por el mar en Valparaiso, porque esta es la materia principal sobre que se ha iniciado la proposicion, i a este objeto se ha dirijido terminantemente la consulta pasada por el Gobierno. Que el proyecto de la Comision sea jeneral, eso no tiene nada de estraño; i aun allí se ha dicho que es de los terrenos abandonados por el mar en Valparaiso; de consiguiente, nada vale que se diga ahora que es jeneral.

El señor Bello. — Yo recuerdo que a consecuencia de una consulta del Gobierno a la Cámara, se nombró una Comision para que formara un proyecto de lei, i este ha sido presentado a la Sala. Debe esta circunstancia tenerse mui presente, porque la cuestion es solamente sobre