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Página:Sesiones de los Cuerpos Lejislativos de Chile - Tomo XXXV (1844).djvu/228

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CÁMARA DE SENADORES

tenido de algunas personas, se ve que es excesivo el gravámen que se impone a los animales que se maten. Yo propondré una rebaja, corta, (porque tambien es necesario tener presente que se necesitan fondos para construccion de los mataderos:) pero me parece que seria bastante, si se redujese a menor suma.

El artículo del proyecto dice: que se pague un cuarto de real por cada cordero u oveja, i medio real por cada carnero; esto lo dejaria como está, i lo mismo el derecho de los terneros i cerdos. Dice en seguida: tres reales por vaca; aquí dejaria yo dos reales. Cuatro reales por toruno o novillo; aquí dejaria yo solo tres reales. Cinco reales por buei; aquí no dejaria yo mas que cuatro reales.

Debemos considerar que este ramo está gravado con otros impuestos bien pesados, i tambien que se gravaria a la jente pobre, que se mantiene principalmente de carne; porque los matanceros piden más, cuando se les exije mas derechos; con lo que se haria un mal a la clase mas necesitada de la poblacion.

Si se tiene presente el número de reses que ordinariamente se matan, se verá que la rebaja que propongo del gravámen no será de consideracion; pues, además de su pequeñez, recae sobre la clase mas numerosa de los ganados que se matan; i que con lo que se perciba del impuesto habrá lo suficiente para atender a los gastos del establecimiento i costas de su construccion.

La tercera enmienda que propongo es que se construyan tres mataderos, por lo ménos, i me fundo en la necesidad que hai de dividir la infeccion.

Me parece que no puede ser ménos de tres, pues, por lo que hace a dos, la Municipalidad ya está conforme. Mas, si solo se espresase en el artículo la palabra matadero o mataderos, esto seria inútil: porque nunca se aumentarian otros, ademas de los que ahora se proponen.

Decir que no habria fondos, i que el único modo de que procediese la Municipalidad a buscarlos era darle la libertad de que hiciese dos o tres, esto no es concebible; porque hallando para uno, puede hallados para mas. Por eso, pues, propongo que en lugar de decir mataderos, se diga en tres o mas mataderos. Téngase presente que en la razon que se ha pasado por la Municipalidad del número que hai de mataderos, creo que los que hoi existen, sin contar los de las chácaras i haciendas vecinas de Santiago, donde se mata toda clase de ganados, pasan de sesenta; i segun esto, me parece que no es mucho exijir tres.

Debe tambien tenerse presente que tanto el ganado que se mata en los sesenta i tantos mataderos de la ciudad, como el que se mata por los chacareros i hacendados, luego que se sepa que hai mataderos establecidos con todas las comodidades necesarias, vendrán a los mataderos; i entonces, ¿cuánto no se aumentará el número de animales que en ellos se maten? tambien debemos hacernos cargo que en estos establecimientos no puede arreglarse mui pronto el aseo i comodidad que deben tener.

El señor Benavente. — Las tres enmiendas propuestas tienen alguna dificultad, si no en la sustancia, al ménos en los términos propuestos. La primera es señalar el término de tres años para la contribucion, i no se considera que fijar ese término, es lo mismo que decir que no haya matadero. Se ha calculado que en un matadero se gastarian treinta o cuarenta mil pesos; i es preciso confesar que en esto de mataderos no se sabe nada: todos dicen yo sé, i nadie sabe nada. En estadística nos hallamos mui atras; se cometen errores mui grandes; a esto estamos espuestos todos los dias. Se quiere señalar término, mas, seria preciso en caso de hacerlo, que fuese por lo ménos de diez años, para dar lugar a que se sacara el costo del establecimiento. Si se teme que pueda dar lugar a abusos, el Presidente de la República puede mandarlo suspender. De todos modos, me parece que en caso de señalar término, debe ser un tiempo mas largo.

La segunda enmienda se reduce a rebajar las contribucionos; i aunque sea mui loable este pensamiento, debe tenerse presente que esta indicacion no guarda proporcion con los precios. Fijando la contribucion, segun el precio respectivo de los animales, se observa una gran diferencia entre la regla que se propone en una vaca, respecto de un buei: la vaca se vende en catorce pesos i un buei en dieciocho. En este sentido la contribucion que designa el artículo es soportable, porque viene a ser lo mismo o ménos de lo que cuesta a los carniceros matar en su casa. Es una compensacion de lo que tendrian que pagar al hombre que mata, gasto de herramientas i demás útiles necesarios para este objeto. Creo, pues, que del modo que se ha presentado en el proyecto está mui arreglado, i que deberia dejarse así, aunque fuese por un ensayo; í no se debe creer que se aumenta algun gravámen nuevo: el carnicero va a quedar con sólo el impuesto llamado de cuerambres. Despues de algun tiempo se podria revisar la contribucion, i rebajarse, si se quiere; pero nunca debe ser ahora.

Yo he convenido en que no es bueno aglomerar tanta causa de corrupcion en un sólo punto, i vuelvo a decirlo otra vez mas, no me parece conveniente establecer tres mataderos; porque seria necesario un capital mucho mayor que talvez no tiene la Municipalidad. Yo creo que por ahora seria suficiente con dos mataderos; porque el que ahora haya sesenta, no es lo mismo, pues están diseminados i ahora se van a reunir.

Yo tengo una dificultad, i es: que al Congreso sólo toca dar las leyes que sean necesarias para