establecer el impuesto; pero no debe entrar a todas estas cosas que son peculiares de la Municipalidad. ¿Se me dirá que la Municipalidad ha venido al Congreso a pedir licencia para establecer mataderos? No, señor, ha venido a pedir la contribucion, porque aquello le está concedido por la Constitucion, sin perjuicio de que la lejislatura tenga la alta atribucion de mandarla suspender. Si se quiere, póngase ahora dos mataderos, i a la vuelta de ocho o diez años se pondrán cuatro a seis, si se estima conveniente. En fin, yo opino por la aprobacion del proyecto tal como está.
Sin haberse resuelto nada sobre las enmiendas propuestas, se levantó la sesion, quedando en tabla los proyectos de lei:
Sobre terrenos abandonados por el mar.
Sobre establecimiento de matadero;
Sobre ereccion de la Oficina de Estadística; i
Sobre arreglo de la Comisaria de Marina.
ANEXOS
Núm. 107
▼La junta de administracion de este establecimiento en acuerdo de 17 del corriente, ha admitido la renuncia del oficial 1.° don Felipe Antonio Prieto, i ha nombrado en su lugar a don Antonio María Prieto con el sueldo de mil pesos de su dotacion.
Sírvase Ud. poner esta nota en conocimiento de la Sala para los efectos de la lei de 15 de Diciembre de 1828.
Dios guarde a Ud. — Santiago, Agosto 19 de 1844. — ▼Diego Antonio Barros. — ▼Miguel Del Fierro}}, Secretario. — Señor Pro-secretario de la Cámara de Senadores.