Página:Sesiones de los Cuerpos Lejislativos de Chile - Tomo XXXV (1844).djvu/255

De Wikisource, la biblioteca libre.
Esta página ha sido validada
255
SESION EN 23 DE AGOSTO DE 1844

El señor Presidente. — La accion de la nulidad.

— Se preguntó a la Sala si se aprobaba o no la indicacion del señor Benavente; esto es si se hacian dos votaciones y lo acordó así la Cámara por unanimidad.

En consecuencia se leyó la 1.a parte del informe, i tomó la palabra.

El señor Presidente. — Yo no dijera: para que vaya a los tribunales: sino para que haga el uso que le conviniere; porque no puede el Congreso señalar que vaya a los tribunales.

El señor Bello. — Pero ¿qué uso puede hacerse? Es necesario que tenga algun sentido esta proposicion; yo no le encuentro sentido. Para anular una transaccion hai dos medios: el uno es los tribunales, i el otro la lejislatura. Esta parece que no quiere conocer, i en este caso no puede haber otro que los tribunales de justicia.

El señor Vial del Rio. — Yo creo que esto no corresponde a los tribunales, sino al Consejo de Estado, porque todos los contratos del gobierno están sujetos al Consejo de Estado.

El señor Bello. - Pero si se trata de un contrato del gobierno i si se atiende a la forma de las leyes, siempre será lo mismo.

El señor Vial. — El Consejo de Estado procede con mucha rectitud i dictará lo que sea justo.

El señor Benavente. — Yo me he abstenido a hablar de esto, porque he creido que era preciso: Don Cárlos Wooster no ha venido a pedir justicia sino a que se le conceda una gracia para que se le reponga en su empleo anulando un contrato injusto, segun le parece. Pero esto ya no es del caso, i me parece que con la proposicion de que haga el uso que le conviniere, está todo allanado.

Se procedió a votar sobre si se aprobaba o no la primera parte del acuerdo de la Comision i verificada la votacion secreta, resultó aprobada por diez votos contra tres, en los términos siguientes:

"Dirijiéndose el presente recurso de don Cárlos Wooster a que se anule o rescinda la transaccion que ajustó con el Gobierno el año de 1835 por coaccion o violencia que alega haber intervenido en su otorgamiento; devuélvase el espediente al interesado, para que haga de él el uso que le conviniere.

El señor Presidente. — Queda aprobada la primera parte del dictámen de la comision; vamos a ver la otra parte que es, a saber: si se tienen presentes los méritos de don Cárlos Wooster, para dispensarle por el Congreso la gracia a que se le considere acreedor. O en términos mas sencillos: ¿si se le concede alguna gracia o nó?

El señor Benavente. — No quisiera hablar jamas en asuntos particulares, porque parece que no es la conciencia la que hace hablar, pero a esta parte me queria contraer, porque me parece que el dictámen de la Comision era extra petita.

Considerando que un veterano que ha venido a servir desde la guerra de la Independencia, i que abandonó a su patria i sus comodidades no parece justo que se le deje en la indijencia en el último tercio de la vida. Aprobada esta parte, como lo espero entónces se propondrá la cantidad que se le debe dar.

El señor Presidente. — Si ningun señor Senador toma la palabra se procederá a votar.

Se verificó la votacion secreta sobre si se le concedía alguna gracia o no i resultó que no se le debia conceder, por siete votos contra seis.

Se puso en discusion particular el informe de la Comision de Guerra del Senado sobre la solicitud del coronel retirado don Diego Guzman e Ibáñez.

El señor Presidente. — Yo creo que casi podria adoptarse el mismo sistema de votacion que en la solicitud anterior, porque el informe está en iguales términos 1.º Si tiene derecho a la reforma o no. I despues, si se le da alguna recompensa por sus servicios.

La Sala convino con este sistema i en su consecuencia procedió a votar secretamente sobre lo primero, i resultó que no tenia derecho a la reforma, por once votos contra dos.

En seguida se preguntó si se le concedia alguna recompensa por sus servicios i resultó que no, por ocho votos contra cinco.

Se tomó en consideracion la solicitud de doña Mercedes Zañartu, viuda del Ministro suplente de la Corte Suprema de justicia don Manuel Joaquin Valdivieso, para que se le conceda una pension, i no habiendo quien tomara la palabra, se procedió a votar i resultó aprobada en jeneral por nueve votos contra cuatro.

El señor Presidente. — Queda aprobada en jeneral, i pasa a la Comision de Justicia, para que proponga un proyecto de decreto, que no lo hai.

En este estado se levantó la sesion quedando en tabla los proyectos de lei:

Sobre matadero público en Santiago.

Sobre graduacion de créditos.

Sobre creacion de la Oficina de Estadística i

Sobre arreglo de la Comisaría de Marina.

Para la sesion del viérnes próximo quedaron en tabla el proyecto de lei sobre pagos de honorarios a don Francisco Tagle Echeverría i las solicitudes de doña Mercedes Zañartu, de doña Mariana Moran i de doña Josefa de la Cerda.


ANEXOS

Núm. 110

A consecuencia de la solicitud de don Francisco Tagle Echeverría, i demas antecedentes que acompaño, por la que pretende se le cubra el honorario que le corresponde por las mensuras que practicó en el año 1830 de varios pueblos de indios de órden del Intendente de la