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Página:Sesiones de los Cuerpos Lejislativos de Chile - Tomo XX (1831-1833).djvu/171

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SESION 3 DE AGOSTO DE 1831
  1. Que la Comision de Gobierno i Relaciones Esteriores dictamine sobre el tratado celebrado entre Chile i Méjico. (V. sesión del 14 de Setiembre de 1831.)
  2. Que la Comision de Policía Interior dictamine sobre la escusa de don J. B. García. ( V. sesión del 22.)
  3. Que la misma dictamine sobre la licencia solicitada por don F. F. Acuña.
  4. Agregar a sus antecedentes las presentaciones de don F. Formas i don P. J . Reyes. ( V. sesión del 26 de Setiembre de 1831.)
  5. Que la Comision Calificadora de Peticiones dictamine sobre la querella de don R. M. Aris, ( V. sesión del 14 de Octubre de 1831) i sobre la solicitud de don T. Contre. ras. ( V. sesión del 3 de Octubre de 1831.)
  6. Que la Comision de Actas certifique cuántos diputados han recibido poder de sus comitentes para convocar una convención. ( V. sesión del 8.)
  7. Poner en tabla los informes de que se ha dado cuenta.
  8. Dejar para la segunda lectura la mocion relativa al restablecimiento del impuesto de los licores. ( V. sesión del 8.)
  9. Reintegrar la Comision de Gobierno con don Pedro García de la Huerta i don Guillermo Blest.
  10. Que una comision compuesta de don Santiago Echeverz, don José Antonio Rosales i don Pedro de Uriondo lleve al Gobierno la contestación al Mensaje. ( V. sesiones del 29 de Julio de 1831 i del 22 de Junio de 1832.)
  11. Dejar pendiente la discusión" del reclamo de nulidad entablado contra las elecciones de la Serena. ( V. sesiones del 27 de Julio i del 8 de Agosto de 1831.)

ACTA


SESION DEL 3 DE AGOSTO

Se abrió con los señores Arce, Astorga, Aspillaga, Barros, Blest, Bustillos, Cavareda, Carvallo don Manuel, Errázuriz, Echeverz, Fierro, García de la Huerta, Gárfias, Gutiérrez, Irarrázaval, Larrain don Juan Francisco, Larrain don Vicente, López, Martínez, Manterola, Mathieu, Moreno, Ortúzar, Osorio, Ovalle, Puga, Cuadra, Renjifo, Rosales, Silva don José Manuel, Tocornal don Gabriel, Tocornal don Joaquin, Valdivieso, Uriondo, Uribe, Vial don Juan de Dios, Vial don Antonio i Vial don Manutl. Aprobada el acta de la sesion'anterior, se leyeron dos oficios del Poder Ejecutivo, acusando recibo de las notas en que se le comunicó haber resuelto la Cámara eran nulas las elecciones de diputados practicadas en Curicó i el Huasco, i avisando que se han dado las órdenes necesarias para que procedan a nueva elección en ámbos partidos; i se mandaron archivar.

Cuatro de la Cámara de Senadores: el 1 comunicando haber tomado en consideración lo acordado en ésta para suspender el remate de los terrenos sobrantes del pueblo de Llopeo; i que debiendo por la identidad délos motivos hacerse estensiva a los demás pueblos que se hallen en igual caso, en sesión de 28 del pasado, acordó los artículos siguientes: Suspéndase el remate de los terrenos sobrantes del pueblo de Llopeo; 2º Esta suspensión se hace estensiva a todos los demás pueblos de indios que se hallen en igual caso al de Llopeon; i se mandó a la Comision de Lejislacion i Justicia.

El 2º i 3º esponiendo que, por la adición hecha al anterior acuerdo i para obviar las dificultades que pudieran ofrecerse a la Cámara en éste i el proyecto sobre reforma de la Constitución, acordó que una comision compuesta de los señores don Manuel Gandarillas, don Mariano Egaña, don José^Miguel Irarrázaval i don Agustin Vial Santelices pasen a sostener el último, i otra de los señores Egaña e Irarrázaval la adición de aquél; uno i otro se mandaron archivar, acusando el correspondiente recibo i previniendo se avisaría el dia en que la Sala los tome en consideración.

El 4° remitiendo los tratados de amistad, comercio i navegación celebrados entre los Plenipotenciarios de este Gobierno i el de los Estados Unidos Mejicanos, que han sido aprobados por unanimidad en aquella Sala, adoptando para su aprobación i la del artículo adicionadla fórmula siguiente:

"El Congreso Nacional de Chile, habiendo visto i examinado el tratado de amistad, comercio i navegación celebrado entre la República de Chile i los Estados Unidos Mejicanos, por medio de Plenipotenciarios respectivamente nombrados i autorizados en bastante forma, cuyo tenor es el siguiente:

Por tanto, ha venido en aprobar en todas sus partes el espresado tratado, con arreglo a lo prevenido en el parágrafo 7º, artículo 83 de la Constitucion.11 I últimamente espone que, a propuesta de la Comision especial que nombró para que le in-