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Página:Sesiones de los Cuerpos Lejislativos de Chile - Tomo XX (1831-1833).djvu/607

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SESION DE 10 DE SETIEMBRE DE 11832

la Representacion Nacional se propuso al crearen el período anterior la visita jeneral de las oficinas fiscales de la República, i debe estimarse como fruto benéfico de aquella medida, el plan de arreglo para las oficinas de Valdivia, que el Visitador ha presentado al Poder Ejecutivo i que éste, con recomendacion especial, somete a la aprobación del Congreso. El celo prudente i tino económico con que el Visitador ha procedido, escusan a la Comision de hacer observaciones al plan indicado. En él están conciliados el buen servicio público, la mayor economía fiscal i la mas cómoda i mejor dotacion de los empleados, atendiendo el poco trabajo que demanda el servicio de las oficinas de aduana en una plaza cuyo jiro mercantil es tan limitado. La nueva organización que trata de darse a dichas oficinas, creando una alcaidia i un resguardo que no existen, las va a poner al nivel de las de igual clase en toda la República, haciendo por este medio adaptable a toda la observancia de un reglamento que dé sencillez i uniformidad a sus operaciones. Para llenar este importante objeto de las miras del Gobierno, la Comision de Hacienda opina que la Cámara debe poner el sello de su aprobacion al proyecto en todas sus partes.

Sala de la Comision. —Setiembre 22 de 1832. —J. M. de Rosas. —José Manuel Astorga. —Ramón Moreno. —José Antonio Rosales. —Antonio Jacobo Vial. —Ramon Renjifo.



Núm. 677

Meditado por la Comision de Hacienda el plan de reformas, propuesto para la provincia de Valdivia, ha creido que todas son adaptables como lo demostrará al tiempo de la discusión. La Comision ha reducido a diez artículos las indicaciones que contiene la nota que el Visitador Jeneral pasó al Gobierno, con fecha 30 del mes anterior, i los presenta a la Sala ordenados para su aprobacion en la forma siguiente:

"EI Congreso Nacional, teniendo en consideración la utilidad de las reformas fiscales en la provincia de Valdivia, propuestas por el Visitador Jeneral i apoyadas por el Ejecutivo, ha sancionado lo siguiente:

Artículo primero. Se cerrará el hospital militar que existe en la capital de la provincia de Valdivia, quedando suprimidos los empleos de dicho establecimiento.

Art. 2.º El cirujano que ha tenido a su cargo el indicado hospital, queda con la obligacion de prestar asistencia a todos los individuos de la guarnicion, i gozará el sueldo que actualmente disfruta por el tiempo que el Gobierno lo juzgue conveniente.

Art. 3.º La capitanía del puerto de Valdivia será servida por el Comandante de aquel Resguardo, como se dispone en el plan de organizacion de dicha oficina, suprimiéndose el sueldo que se abona al actual capitan de puerto.

Art. 4.º Se suprime el empleo de maestro mayor de obras públicas en aquella provincia.

Art. 5.º El maestro armero tendrá únicamente el sueldo anual de ciento ochenta pesos, quedando suprimido el empleo de ausiliar.

Art. 6.º Se suprime igualmente la asignacion de ciento veinte pesos anuales con que se contribuye al cabo de presos.

Art. 7.º Queda reducido a ocho el número de treinta i tres empleados que, con la denominacion de lenguaraces i capitanes de amigos, existen dotados en aquella provincia, pudiendo, sin embargo, el Gobierno aumentar el número en proporcion que se aumenten las misiones o en los casos que lo creyere de absoluta necesidad.

Art. 8.º Se faculta al Poder Ejecutivo para invertir la cantidad que se economice por la disposicion del artículo anterior, en gratificar caciques i promover la educación de los indíjenas.

Art. 9.º Las raciones con que se contribuye a los empleados civiles i militares de Valdivia, no se abonarán por el Fisco en adelante.

Art. 10.º El Poder Ejecutivo hará efectivas las disposiciones de los artículos anteriores, luego que lo juzgue conveniente."

Sala de la Comision. —Setiembre 24 de 1832. —José Antonio Rosales. —José Manuel Astorga. —Antonio Jacobo Vial. —Ramon Renjifo.



Núm. 678

La Comision de Hacienda reproduce el dictámen que, con esta fecha, presenta a la Sala sobre el plan de reforma de las oficinas fiscales de Valdivia, i es de sentir que se apruebe en todas sus partes el que se propone para las de Chiloé.

Santiago, Setiembre 22 de 1832. —Ramón Moreno. —J. M. de Rosas. —José Manuel Astorga. —José Antonio Rosales. —Antonio Jacobo Vial. —Ramon Renjifo.



Núm. 679

La La Comision de Hacienda, obrando en conformidad con lo espuesto en su dictámen de esta fecha, respecto a las reformas indicadas para la provincia de Valdivia, i procediendo bajo el mismo convencimiento con relación a las de Chiloé, somete a la aprobación de la Sala el siguiente proyecto:

"El Congreso Nacional, etc.

Artículo primero. El cargo de guardaalmacén de la plaza de San Cárlos de Chiloé, se servirá en adelante por el oficial segundo de la tesorería de aquella provincia, como se previene en el plan de organizacion de dicha oficina, su