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SESION DE 19 DE ENERO DE 1825

don José Bernardo Cáceres para propietario i su suplente don José María Novoa.

El Presidente de la Sala se ofrece de nuevo a S.E. con su distinguida consideracion i aprecio. —Sala del Congreso, Enero 21 de 1825. —Al Excmo. Supremo Director.


Núm. 286

El Congreso tiene acordado que, para que se verifique la eleccion de diputado de Melipilla con todo el órden i circunspeccion que corresponden, pase a presidir este acto a dicha villa el gobernador-intendente de esta provincia. En su virtud, el Presidente de la Sala tiene el honor de noticiarlo a S.E., el Supremo Director, para que tenga efecto esta disposicion, a la mayor brevedad, espresándole al mismo tiempo su mas distinguida i alta consideracion. —Sala del Congreso, Enero 22 de 1825. —Al Excmo. Supremo Director.


Núm. 287

La Secretaría del Congreso ha elevado una representacion, manifestándole sus urjencias públicas por la falta de pagar a su debido tiempo, i siendo de la mayor importancia se atienda a estos individuos con el continjente que les está asignado, por que su actual contraccion les priva de otro entretenimiento lucrativo, la Sala ha acordado, en sesión de ayer 19, se diga a S.E., el Supremo Director, reitere sus órdenes a la Tesorería, para que con puntualidad se hagan efectivos los pagos que se solicitan, ofreciéndole el Presidente del Congreso, al mismo tiempo, su alta consideracion i respeto. —Sala del Congreso, Enero 20 de 1825. —Al Supremo Director.


Núm. 288

Habiendo acordado el Congreso, en sesion de ayer, que el gobernador-intendente se presente en su Sala a informarle sobre el modo i forma en que en estos dias se han sacado prorratas de caballería, para con su esposicion dictar las providencias convenientes a evitar la repeticion de los males i quejas que tales prorratas orijinan; el Congreso acordó se comunicase a V.E. para que previniese al gobernador intendente se presente en su Sala en la sesion de mañana.

El Presidente reitera a V.E. los sentimientos de consideracion i respeto. —Sala del Congreso, Enero 20 de 1825. —Al Supremo Director.


Núm. 289 [1]

El que suscribe ha recibido un oficio de la Comision de Justicia del Congreso, fecha 14 del actual, en que se le pide informe con antecedentes sobre la remocion de don Manuel Gormaz, de la Aduana de Valparaíso. Para hacerlo pidió a la Corte de Apelaciones la causa formada a dicho Gormaz, i ésta contestó estar en esa comision desde el dia 10. En ella verá la Comision los motivos que el Gobierno ha tenido para no tener confianza en aquel empleado. Tal vez en el proceso no se haya probado suficientemente la criminalidad de Gormaz; pero al ménos no podrá dudarse del desórden de la oficinas que manejaba, cuando la misma sentencia de la Cámara le apercibe al cumplimiento de las leyes i estatutos vijentes. ¿Debería el Gobierno tener en tan delicado encargo a un empleado que no cumplía con las leyes? Por otra parte, el Gobierno tuvo frecuentes declaraciones del mal manejo i abandono de Gormaz i nunca les dió entero ascenso, hasta que vió con sus propios ojos i hasta la evidencia, datos de criminalidad en el asunto principal que dió mérito a la causa. De la plata encontrada en el bergantín Canadá en Coquimbo i que se dice embarcada en Valparaíso, no se hallaron en la oficina de Gormaz los documentos en el estado que debian tener. Las guías no estaban en el legajo del mes en que dió la vela el Canadá; la partida de los derechos que debió pagar tampoco estaba en el manual por el mismo mes, i sí, en aquel en que fué descubierta la plata en Coquimbo. ¿Podrá creerse casualidad o mero descuido, cabalmente cuando se denunció el embarque en Coquimbo? I entónces mismo se le olvida al capitan la guía en Valparaíso. Se le da término para presentar este documento, viene a buscarle i entónces solo se cobran los derechos i se sienta la partida. ¡Vaya que es preciso que lluevan casualidades para sacar inocente a Gormaz! El se descarga con la ineptitud de los oficiales subalternos, i que le fueron puestos por el Gobierno anterior sin ser propuestos. En tal caso debió representarlo al actual, debió suspenderlos i debió tomar todas las medidas para que le facultaban las leyes. Debió, en fin, cuando llegó el caso de presumirse una vacante por renuncia que hizo don Ramon Sepúlveda, no haber propuesto para ascenso (como lo hizo) a esos mismos empleados cuya ineptitud publica cuando le interesa. El sabe que solo él era responsable i que tales escusas no le serian admisibles. Ultimamente el Gobierno para separar a Gormaz esperó las resultas del juicio. Cuando se pronunció sentencia i se comunicó por el Tribunal a Valpa

  1. Este documento ha sido trascrito del volumen titulado Correspondencia Cámara, años de 1824 a 1828, tomo II, pájina 32, del archivo del Ministerio de Hacienda. (Nota del Recopilador.)