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CONGRESO NACIONAL
  1. a pluralidad de votos. (V. sesiones del 23 de Febrero i del 7 de Marzo de 1825.)
  2. Dejar en tabla el proyecto de libertad del cabotaje (V. sesiones del 22 de Febrero i del 4 de Marzo de 1825) i el de contribucion directa. (V sesiones del 22 de Febrero i del 4 de Marzo de 1825.)

ACTA

Se abrió con asistencia de los señores Albano, Arriagada, Baquedano, Bezanilla, Barros, Cáceres, Calderon, Caldera, Cordovez, Eyzaguirre, Elizondo, Elizalde, Echeverría, Fernández, González, Huici, Infante, Iñiguez, Larrain, Lazo, Luco, Meneses, Merino, Mendiburu, Montt, Muñoz, Mancheño, Ovalle don Vicente, Ovalle don José Antonio, Ocampo, Prieto, Palazuelos, Pérez, Ruiz, Rodríguez, Vera i Urízar.

Leida el acta de la anterior, se observó por el señor Rodríguez que no debia ponerse haber sido aprobada, a virtud de haber enmendado el señor Vera las espresiones que decian indicarse como autores del asesinato de dos diputados, don José Gregorio Argomedo i don Francisco de Borja Fontecilla, en el suceso que anunció a la Sala el señor Presidente, cuando la convocó a sesion estraordinaria, sino en los términos siguientes: «Que dos diputados habian sido invadidos en su seguridad individual, i otros dos se hallaban presos; que un suceso tan estraordinaiio merecía la atencion del Congreso, i por eso se habia convocado estraordinariamente.» Se previno igualmente que no se hiciesen enmendaturas en las actas, sino una nota de lo que se rehiciese; i puesta la nota en los términos prevenidos, fué aprobada i rubricada por el señor Presidente.

Se presentó a la Sala el señor Ugalde, diputado suplente por Melipilla, a la que fué llamado por la renuncia que se admitió de la representacion al diputado don Isidoro Errázuriz, i aprobados los poderes por la Comision de esta clase, prestó el juramento de estilo i se incorporó.

Se presentaron en la Sala los Ministros del Interior i Hacienda, i espusieron la necesidad de que el Congreso acuerde los planes de reforma para que abone el Estado cerca de un millon, i que pide el Gobierno se resuelva este asunto cuanto ántes i con la preferencia que exije la importancia del objeto.

Se leyó un oficio del Gobierno, en que remite la contestacion a la circular del Congreso de los pueblos de Quillota, Rancagua, Andes i Melipilla, en que aseguran no haber recibido la apócrifa, i otro de Valparaíso en que también dice no haber llegado ésta a sus manos.

Se leyó otro del gobernador i Cabildo de Illapel, en que se colije ser contestario de la circular supuesta, por la fecha i el sobre, i en él prometen la mayor sumision i obediencia a las leyes i decretos que emanen del Soberano Congreso. Entónces se observó que, yendo los oficios del Congreso numerados, se circulase por medio del Ejecutivo a los pueblos la órden de que, en todo oficio contestatorio, se indique el número del contestado.

Se leyó otro oficio del Ejecutivo, en que avisa haber trasmitido la resolucion del Congreso a los jueces que conocían de la causa formada a los autores del alboroto de la noche del 19, a fin de que sobresean en su conocimiento i pongan a disposicion de la comision nombrada por el Congreso los antecedentes i los reos; asimismo se leyó otro, tambien del Ejecutivo, acompañando un espediente en que el defensor de obras pías solicita la abolicion de la lei que prescribe el 15 por 100 sobre la imposiciin de capellanías, i se remitió a la Comision de Lejislacion.

Leyéronse otros dos de los señores Campino i Gandarillas, renunciando las diputaciones, mandando el primero sus poderes al Congreso, i el segundo avisando que va a pasarlos a su suplente i se mandaron pasar a la Comision de esta clase.

Leyóse una mocion del señor Ocampo para que, con uno sobre la mitad de los representantes, se abriesen las sesiones, i se mandó a la Comision de Constitucion.

Llamóse a discusion el punto del dia sobre el oficio del Supremo Director, en que pide medidas de seguridad por los peligros de la situacion actual, i despues de largas observaciones, se declaró por bastante discutido, se propuso a la Sala la siguiente proposicion: «Que se conteste al Gobierno que se redoble su vijilancia en favor de la seguridad pública, i que el Congreso, a presencia de lo que resultare de la causa en que está entendiendo una Comision de su seno, acordará las últimas providencias que considere oportunas al mismo objeto, sin perjuicio de que comunique al Congreso las nuevas ocurrencias que sobrevinieren en este particular.» I tomada la votacion, fué aprobada por treinta i seis sufrajios contra uno. El señor Vera pidió se le diese por alguno de los secretarios certificacion de la proposicion que habia puesto, i así lo ordenó el señor Presidente.

Consultó la Comision estraordinaria de la causa criminal, sobre si podria o nó variar prision a los reos, soltarlos bajo de fianza, si debia estarse a lo que resolviese la pluralidad, para todo lo que pedían declaracion a la Sala, i se resolvió que era autorizada para todo lo que no sea pronunciar sentencia, debiendo seguir la pluralidad en sus resoluciones.

En este estado, se levantó la sesion, anunciándose para la siguiente el comercio del cabotaje, sobre la mocion del señor Cordovez, i la contribucion directa.

Nota. —En la espresion de que la Comision queda autorizada para todo, debe entenderse con