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Página:Sesiones de los Cuerpos Lejislativos de Chile - Tomo X (1824-1825).djvu/78

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CONGRESO NACIONAL

otro modo no podrá espresar legalmente su adhesion aquél a quien se ha confiado el interes jeneral de los pueblos, sin remordimientos, aunque esté convencido de su conveniencia. Aunque el diputado no podrá discernir perfectamente lo que se trata en la sesion por no haber asistido a las anteriores, por otra parte, yo seria de opinion que siempre se observase bastante circunspeccion porque el corto número puede someterse ya al influjo, ya a la seduccion, lo que me inspira este pensamiento, pues, si la lei no tiene el voto de la mayoría no podrá conservarse por la opinion jeneral de los pueblos ni podrá afianzarse en el sentimiento moral de un negocio que quizá va a tener trascendencias fatales, si se exijen ménos de los dos tercios de los diputados.

Opino que para cualquiera sesion sean necesarios los dos tercios de los diputados, honorable diputado.

El señor Elizalde.— Despues de haber oido las diferentes opiniones sobre esta mocion, me parece que podríamos promediar esto, anunciando a los diputados de afuera que su falta de asistencia i su culpable omision han sido la causa de los males que aflijen a la Nacion. Pfcro haciéndoseles saber que la falta de uno de ellos los hace responsables por cada deliberacion del Congreso que no lleve los votos de los pueblos, se esforzarán a asistir, i aunque la sala no pudiese reunir tanto número de diputados como desearnos, no por eso dejará el Congreso de continuar en sus deliberaciones; pero no por esto digo que sancione las leyes un corto número de diputados, pues, haciéndose lo que propongo, el Congreso no pasará en sus deliberaciones i al mismo tiempo serán estimulados los diputados i no faltarán.

El señor Infante.— He oido, señor, que todos convienen en que miéntras mayor sea el concurso de los diputados a la sala mas se asegura el acierto de las resoluciones; pero noto que no se trata de adoptar los medios para este concurso. Si es mas seguro el acierto en dictar leyes concurriendo mayor número de diputados ¿por qué no se toman los medios de hacer efectiva esta concurrencia? Yo creo que si el Presidente abriese la sesion, guardando un profundo silencio hasta que concurriesen los que faltasen, éstos se avergonzarian de ser causa de la suspension de los trabajos del Congreso; que se ordenase a los diputados que mandasen esquelas cada dia que faltasen a la sala, esponiendo el motivo justo i lejítimo que los exime de la asistencia.

Si adoptando estos árbitrios podemos tener mayor concurrencia i de consiguiente tener mas acierto en las deliberaciones, oblíguese a los diputados ya elejidos a que concurran. De este modo, aunque no asistan, cuando se trate de negocios particulares, siquiera asistirán cuando se trata de los que miran mal a los públicos. Yo no sé por qué el Congreso se desentiende de esto cuando podia estar siempre completo el número suficiente.

Insisto en la mocion que tengo hecha de que las tres cuartas de los diputados electos hasta aquí, son necesarios para la apertura de las sesiones, porque no veo que se haya deshecho mi proposicion con fundamentos sólidos. En un número de individuos, como en el nuestro, solo podrían estar en circunstancias de faltar diez a doce diputados, pudiendo el resto, que compone las tres cuartas partes, asistir sin embarazo alguno. ¿Por qué no hemos de compeler a las tres cuartas partes a que concurran a llenar este deber, el mas sagrado, honorable diputado?

El señor Elizalde.— Hizo la siguiente mocion: "Todos los diputados electos por los pueblos hasta ahora serán reconvenidos sériamente por el Congreso, para que concurran, haciéndoles responsables por los males que resultan de sus faltas a la Nacion i al pueblo mismo por que son electos."

El señor Presidente preguntó si estaba bastante discutida la proposicion.

El señor Ocampo. — Cuando he establecido el número de diputados que deban asistir a las sesiones, no ha sido mi ánimo establecer esto en todos casos sino aquellos en que se va a sancionar leyes de gravedad i de Ínteres jeneral, como una lei de impuestos, etc. Me parece imposible que haya uno que pueda oponerse a esto. En los que miran a intereses personales jamas he estimado net esatia la asistencia de los dos tercios.

Insistiré siempre a la faz de los pueblos que son necesarios los dos tercios de los diputados en los casos que he indicado; pero jamas ha sido suficientemente, decir que para las deliberaciones comunes sea necesario cierto número de diputados, honorable diputado.

En lugar del artículo se preguntó qué número de diputados se necesitaba para abrir la sesion. Se votó i resultó que eran necesarios los dos tercios, así es que quedó aprobado el articulo.

Continuó la lectura del reglamento. Se aprobó la mocion del señor Argomedo que dice: que se ponga en la minuta del acta una lista de los señores que asistieren a la sesion i otra de los que faltaren.

Se mandó suspender el artículo del reglamento que trata del órden que debe guardar el pueblo espectador i de que el Presidente le hiciese volver a él, en caso de que no guardase la moderacion debida.

Se leyó otro artículo sobre que todos los señores que quieran hacer alguna mocion la presentasen por escrito.

El señor Campino dijo: que el autor de toda proposicion la apoyase tambien con las razones que tenia por escrito, i se fundó en la poca atencion que se podia prestar a una prueba dada de palabra, i en la práctica del Congreso de Estados Unidos i de otros cuerpos deliberativos. Quedó tambien aprobado i continuó el reglamento.

El señor Ocampo.— Creo conveniente advertir