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Página:Sesiones de los Cuerpos Lejislativos de Chile - Tomo X (1824-1825).djvu/88

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CONGRESO NACIONAL
Congreso Nacional
Sesion 17, en 6 de Diciembre de 1824
Presidencia de Don José Gregorio Argomedo


SUMARIO.— Cuenta.— Aprobacion del acta precedente.— Mocion del señor Infante sobre constancia de los votos en el acta.— Prestacion de dos escribientes a los taquígrafos.— Declaracion de urjencia en favor de la mocion del señor Iñiguez sobre venta de bienes nacionales.— Aprobacion de los artículos 3.° i 4.° del capítulo VIII del reglamento interior.— Derecho de los diputados para verificar por sí mismos los escrutinios.— Quorum de sufrajios para decidir las votaciones en las leyes comunes.— Id. en ciertas leyes especiales.— Sesiones diurnas i nocturnas diarias.— Fijación de tabla.— Acta


CUENTA

Se da cuenta:

  1. De una mocion del señor diputado secretario don Gabriel Ocampo, para fijar en la mayoría absoluta de los diputados asistentes el número de sufrajios necesarios para decidir las votaciones de leyes civiles o criminales; i en los dos tercios de los electos para decidir las votaciones sobre leyes fundamentales, impuestos, enajenacion de bienes nacionales, empréstitos, declaracion de guerra i ratificacion de tratados. (Va inserta en el cuerpo del acta. V. sesion del 3.)
  2. De otra mocion del señor Infante, para que se disponga que en las actas no se insertarán mas votos que los de aquellos diputados que lo pidan o a lo mas, los de la minoría.
  3. De una esposicion presentada por el señor Iñiguez de las razones que fundamentan su mocion sobre suspension de las enajenaciones de bienes nacionales. (V. sesion del 4.)

ACUERDOS

Se acuerdan:

  1. Dejar para las sesiones siguientes la discusion de la mocion del señor Infante, sobre insercion de votos en el acta.
  2. Dar dos escribientes a los taquígrafos. (V. sesiones del 25 de Noviembre de 1824 i del 22 de Enero de 1825.)
  3. Declarar urjente la mocion del señor Iñíguez, sobre suspension de las enajenaciones de bienes nacionales, si el reglamento interior ha de acabarse de discutir despues del 11 de los corrientes. (V. sesion del 10.)
  4. Sobre el reglamento interior, aprobar los artículos 3.° i 4.° del capítulo VIII i autorizar a todos los diputados para veri