Sentencia del TOF 3 dictada en el caso del atentado contra la AMIA el 29 de octubre de 2004 (149)

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  • TÍTULO I. LA CAUSA POR EL ATENTADO
    • CAPÍTULO VIII. La instrucción judicial
        • C) Capitán Vergéz. Su actuación autorizada por el juez
          • 1) Antecedentes


A fin de lograr una cabal comprensión acerca de cómo funcionarios nacionales trataron de comprar la voluntad de Carlos Alberto Telleldín, se impone efectuar un repaso de su posición frente a los hechos que se le imputaban.


Así, cabe recordar que Carlos Alberto Telleldín fue detenido el 27 de julio de 1994, habiendo manifestado en sus tres primeras declaraciones indagatorias (6 y 7 de agosto y 29 de diciembre de 1994) que vendió una camioneta Trafic el 10 de julio de 1994. El 2 de enero de 1995 compareció ante el juez Galeano, oportunidad que respondió a escasas preguntas y confeccionó un cuerpo de escritura y el 4 de abril de 1995, relató ante el juez instructor las visitas que recibió en su lugar de detención por parte del capitán Vergéz, quien se presentó como personal de la Secretaría de Inteligencia de Estado, acompañado por otra persona que también dijo pertenecer a ese organismo.


Telleldín también denunció, el 20 de julio de 1995, las visitas de Vergéz ante los jueces de la Sala I de la Cámara en lo Criminal y Correccional Federal de esta capital, oportunidad en la que indicó que el aludido militar, que decía concurrir en representación del gobierno nacional, le ofreció plata a cambio de sindicar a un sujeto de nacionalidad libanesa detenido en Paraguay.


A raíz de la denuncia efectuada por dicha alzada, se instruyó la causa nº B-376 –expte. 2644/95- del registro de la Secretaría nº 24 del Juzgado en lo Criminal y Correccional Federal nº 12, en la que a fs. 6/8vta. Telleldín relató que se entrevistó en tres ocasiones con Vergéz en la sede del juzgado federal nº 9 y en otras en su lugar de detención.


A fs. 26 luce la nota remitida por el director de la Unidad nº 1 del Servicio Penitenciario Federal, prefecto Mario L. Soto, informando “que el interno Carlos Alberto Telleldín fue visitado por el Sr. Héctor Vergéz en fechas 21/02/95 y 23/02/95”.


En oportunidad de recibírsele declaración testimonial a Héctor Pedro Vergéz en la causa antes aludida, desconociéndose, al parecer, la concreta imputación que se le formulara, éste sólo fue preguntado acerca de si entrevistó en la cárcel a Telleldín, respondiendo de modo afirmativo. Dijo que lo hizo “por haber tenido una importante amistad con el padre” y que “valiéndose de tal argumento pretendió, sin éxito, lograr datos para el esclarecimiento del hecho de la A.M.I.A.”. Reconoció Vergéz haberle dado dos mil pesos ($2.000) a la Sra. de Telleldín para que pudiera pagar una fianza en el juzgado del Dr. Marquevich.


Por último, Vergéz destacó que sus intentos no obtuvieron el resultado que logró la Dra. Riva Aramayo.


Al deducir, el 30 de marzo de 1996, ante el Juzgado Federal nº 2 de San Isidro, provincia de Buenos Aires, una acción de hábeas hábeas, Ana María Boragni se refirió a las conversaciones que tuvo con el capitán o mayor Vergéz y con Acosta, otro militar de igual jerarquía, quienes visitaron a su marido en el Penal de Caseros en numerosas oportunidades (causa nº 549).


Al desistir Boragni de la acción, se declaró la incompetencia del Juzgado Federal nº 2 de San Isidro y quedó radicada la causa en el Juzgado Nacional en lo Criminal de Instrucción nº 23, Secretaría nº 158, registrada bajo el nº 37.323.


En dicho proceso prestaron declaración testimonial Vergéz y Acosta; el primero reconoció, a fs. 49/50 vta., haber entrevistado a Telleldín tanto en la sede del Juzgado Federal nº 9 de esta ciudad como en su lugar de detención.



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