Sentencia del TOF 3 dictada en el caso del atentado contra la AMIA el 29 de octubre de 2004 (155)

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  • TÍTULO I. LA CAUSA POR EL ATENTADO
    • CAPÍTULO VIII. La instrucción judicial
        • D) Comisario Verón. Inexplicable inicio de la causa "Brigadas"
          • 3) Sandra Petrucci


Carlos Alberto Telleldín mencionó por primera vez a Sandra Marisa Petrucci en oportunidad de ampliar su indagatoria el 6 de agosto de 1994 (fs. 2207vta.), mientras que la nombrada prestó declaración testimonial el 27 de septiembre de 1994 (fs. 4261), ocasión en la que nada manifestó respecto de su detención en la Brigada de Investigaciones de Lanús; aspecto sobre el que tampoco fue interrogada.


Petrucci fue convocada nuevamente a declarar el 11 de octubre de 1995, de forma urgente, por lo que el juez dispuso que personal de la Superintendencia de Drogas Peligrosas de la Policía Federal, la trasladase al juzgado (fs. 17.891).


A fs. 17.929/17.943, la nombrada, entre otras circunstancias, se explayó sobre los sucesos acaecidos en la Brigada de Lanús.


También el 11 de octubre de 1995 declaró como testigo de identidad reservada, letra “K”, Miriam Raquel Salinas, quien en su exposición -acerca de la cual, más adelante, habrán de formularse una serie de consideraciones- aludió a que Sandra Petrucci y Telleldín fueron detenidos en la localidad de Tortuguitas y luego trasladados a la Brigada de Lanús.


Por tanto, las declaraciones de las testigos mencionadas, por las fechas en que fueron prestadas, tampoco podían dar basamento para que el 28 de junio de 1995 el comisario mayor Verón encaminara la investigación hacia la mencionada brigada.


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