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Página:Sesiones de los Cuerpos Lejislativos de Chile - Tomo III (1819-1820).djvu/243

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SESION DE 1.º DE SETIEMBRE DE 1819

Núm. 394

Paso a manos de V.S. las dos marcas de fuego i tinta que acabo de recibir, remitidas por suprema orden fecha 20 del que rije para el objeto de marchamarcar los cargamentos que de esta Aduana se remitan para la jeneral.

Me he asociado para su reconocimiento con varias personas de intelijencia, i todos estamos de acuerdo en que no son suficientes para el logro de su objeto, pues aunque una i otra se grabe en el medio de las junturas de las tablas en los cajones, pueden abrir éstos; i colocando de nuevo la tabla en su respectivo lugar, vuelve aquella media marca a unirse con la otra, de modo que nadie conocerá tal apertura; su deformidad en tamaño impide el que se pueda sentar en lacre i huinchas a manera de los marchamos que vienen del estranjero. Sobre todo, V.S. con sus mejores conocimientos, determinará si deba o no hacerse uso de ella en intelijencia que varios interesados están pendientes de esta deliberacion para remitir sus cargamentos a la capital. —Dios guarde a V. S. muchos años. —Administracion de Aduana de Valparaíso, Setiembre 22 de 1819. —Por ausencia del propietario, Diego González Carvajal —Señor mayor Luis de la Cruz, Gobernador Político i Militar de esta Plaza.


Núm. 395

Excmo. Señor:

Dirijo a V.E. el adjunto memorial que ha presentado don Mariano Arguello, solicitando rebaja de derechos de unas cabalgaduras que ha internado en este Estado, para que V.E. orientado de las reflexiones que hace, delibere lo que estime por conveniente. —Dios guarde a V.E. muchos años. —Palacio Directorial i Setiembre 26 de 1819. — Bernardo O'Higgins. —Excmo. Senado.


Núm. 396

Se presenta la oportunidad de amonedar seis barras de chafalonía por saber van a entrar otras tantas de plata vírjen, i con ellas pueden quedar aleadas. Sírvase V.S. hacerlo así presente al Excmo. Senado, como asimismo si puedo amonedarlas, sin pagar los quintos a la Tesorería Jeneral. La contestacion urje, para aprovechar el dia de hoi en la fundicion de las chafalonías.

He hecho otra prueba para calcular perfectamente el punto de mermas; fundiendo otros trescientos marcos de chafalonía i con diferencia de dos onzas al perder ha salido igual, bien es que se escojieron las piezas mas menudas para echar a la crasa. Lo que puede servir de gobierno para las ulteriores providencias. —Dios guarde a V.S. muchos años. —Casa de Moneda i Setiembre 27 de 1819. José Santiago Portales. —Señor secretario del Excmo. Senado don José María Villarreal.


Núm. 397

Excmo. Señor:

La falta tan palpable que hacen a esta casa los libros de las facultades para el debido desempeño de la enseñanza, me obliga por segunda vez a importunar a V.E. reclamando para que se manden entregar siquiera los que el Instituto ha comprado con su dinero, en los que empleó por mas de setecientos pesos de sus fondos, prescindiendo de otros mui necesarios que recibió el antiguo convictorio de San Cárlos. lodos existen en la Biblioteca Nacional que está por formarse i se le han entregado al señor Administrador por lista, i así no vale la escusa que hasta aquí ha dado de estar revueltos cuando se le han pedido algunos de pronto. ¿Será posible, Excmo. Señor, que esta casa de estudios esté sin una regular Biblioteca a la mano i mucho mas que carezca de ella teniendo la propia? Todos los dias recibo quejas de los Catedráticos por esto, i yo ahora las elevo a V.E. para que viéndolas tan justas las atienda, haciendo que sin tardanza ni escusa se devuelva esta propiedad del Instituto que le es tan necesaria. —Dios guarde a V.E. muchos años. —Instituto Nacional i Octubre 1.º de 1819. —Doctor Manuel José Verdugo. —Excmo. Senado.


Núm. 398

Excmo. Señor:

Se conforma el Senado con las reflexiones relativas de la solicitud de doña Mercedes Badiola, para que el pago se le haga conforme al decreto jeneral de 13 de Noviembre de 1818, pero con calidad que se verifique en dinero por la Tesorería i nó como lo hizo, en vale a la Aduana, donde una pobre mujer nunca será cubierta, si no pierde en beneficiarlo alguna parte de él, i menos hoi que no se admiten endosos. —Dios guarde a V.E. —Santiago, Octubre 1.º de 1819. —Al Excmo. Señor supremo Director.