Página:Sesiones de los Cuerpos Lejislativos de Chile - Tomo II (1818-1819).djvu/409

De Wikisource, la biblioteca libre.
Esta página ha sido validada
407
SESION DE 1.º DE ABRIL DE 1819


Núm. 541

Excmo. Señor:

A fin de evitar el inconveniente que puede resultar de la ausencia o implicacion de los letrados que forman la comision establecida para conocer en las causas de los senadores en el tiempo de sus empleos, quedan nombrados por suplentes natos los licenciados don Lorenzo Fuenzalida i don Juan de Dios Vial del Rio, a quienes se ha avisado por secretaría para el desempeño del cargo en su caso. Sírvase V.E. disponer se publique en la Gaceta para el debido conocimiento. —Dios guarde a V.E. —Santiago, Abril 1.º de 1819. —Al Excmo. Señor Supremo Director.


Núm. 542

Con presencia de lo prevenido en art. 5.º, cap. II, tít. III de la Constitucion provisoria, estableció el Excmo. Senado la Comision para conocer en las causas que tengan o tuvieren los señores vocales durante sus empleos, elijiendo para ella al doctor don Joaquin Gandarillas, don José Antonio Astorga i don Pedro Gonzalez Álamos; i habiendo manifestado el Excmo. Señor Supremo Director la necesidad de nombrar suplentes para las ausencias, implicancias i enfermedades de los nombrados vocales, ha elejido a Ud. por uno de ellos para que en su caso se sirva desempeñar la comision; i para su intelijencia i gobierno me ordena S.E. se lo avise por secretaría. —Dios guarde a Ud. —Santiago, Abril 3 de 1819. —A los señores don Lorenzo Fuenzalida i don Juan de Dios Vial del Rio.


Núm. 543

A la consulta de V.E. de 31 de Marzo, sobre que se declare a quién corresponde la propuesta en terna para su provision de la plaza que vacare en alguna Aduana de las subalternas, si al Administrador Jeneral o al de la Aduana donde sucedió la vacante; despues de los acuerdos i meditacion conveniente, se ha resuelto que, siendo la plaza subalterna, se hagan las propuestas por el inmediato jefe, pasándose a V.E., por medio del Administrador Jeneral, a quien aquel debe dirijirlas; i siendo la vacante de jefes, se harán las propuestas por el Administrador Jeneral, como jefe inmediato de las subalternas. Así puede V.E. publicarlo para su ejecucion i cumplimiento. —Dios guarde a V.E. —Santiago, Abril 1.º de 1819. —Al Excmo. Señor Supremo Director.

>>