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Página:Sesiones de los Cuerpos Lejislativos de Chile - Tomo IV (1820).djvu/190

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SENADO CONSERVADOR
SENADO CONSERVADOR
SESION 241, ORDINARIA, EN 29 DE MAYO DE 1820
PRESIDENCIA DE DON JOSÉ MARÍA DE ROZAS


SUMARIO. —Asistencia. —Cuenta. —Derecho ile almacenaje. —Coleccion de los cuerpos lejislativos nacionales. —Supresion del cargo de contador de diezmos. —Solicitud de doña Rutina Marin. —Creacion del cargo de fiscal del crímen. —Acta. —Anexos.


Asisten los señores:

Alcalde Juan Agustin
Cienfuegos José Ignacio
Fontecilla Francisco B.
Pérez Francisco Antonio
Rozas José Maria de
Villarreal José María (secretario)

CUENTA

Se da cuenta:

  1. De un oficio en que el Supremo Gobierno, refiriéndose a un acuerdo senatorial del 12 de Julio del año próximo pasado, insiste en la supresion del cargo de contador de diezmos. (Anexo núm. 280.)
  2. De otro oficio en que el mismo Supremo Director propone que se reforme el reglamento de libre comercio, reduciéndose a quince dias el tiempo de almacenaje gratuito de las mercaderías internadas, i aumentándose a un real diario por fardo o pieza, los derechos de almacenaje una vez pasado aquel plazo. (Anexo núm. 281. V. sesion del 6 de Julio de 1820.)
  3. De otro oficio con que el mismo Supremo Majistrado acompaña, en resolucion, una solicitud de don Luis Marulanda, capellán del rejimientode la escolta, en demanda de que se le reembolsen los descuentos de su sueldo, por estar próximo a partir para Nueva Granada. (Anexo núm. 282. V. sesion del 31.)
  4. De otro oficio con que el mismo Majistrado acompaña una nota del juez de alta policía, en demanda de que se den al juzgado un asesor secretario i dos oficiales de pluma (Anexos núms. 283 i 284. V. sesiones del 28 de Marzo, 2 de Mayo 13 de Junio de 1820.)
  5. De otro oficio con que el mismo Supremo Majistrado acompaña dos espedientes: uno relativo a la fundación de un banco de rescate, i otro seguido por el coronel graduado don Diego Paroissier, cuyos servicios el Supremo Director recomienda, (Anexos núms. 285 a 292. V., sobre el banco, las sede 26 de Noviembre de 1819, i de 6 de Julio sesiones de 1820.)