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SESION DE 22 DE MAYO DE 1824

1824. —José Manuel de Astorga. —José María Lafebre. —Juan Agustín Beyner.

Núm. 559

Excmo. Señor:

El caso presente ofrece una contradicción de dos leyes, una que manda deducir seis pesos en arroba a la yerba-mate de derechos de aduana, i otra que ordena entregar su parte a los aprehensores; pues avaluada la yerba decomisada por el precio de los derechos primeros, nada queda para los segundos; i si a éstos se entrega su parte, quedan aquéllos descubiertos; en este conflicto, solo el Poder Lejislativo puede conciliar ámbas leyes bajo una interpretación particular. —Inspección, Mayo 18 de 1824. Agustin de Vial. —José Ignacio de Eyzaguirre.

Santiago i Mayo 20 de 1824. —Remítase al Excmo. Senado con el oficio acordado. (Hai una rúbrica de S. E . el Supremo Director Delegado.) —Benavente.

Núm. 560

Devuelvo a US. la representación de los ordenanzas del Excmo. Senado, con el informe que he creido de justicia.

Ofrezco a US., con esta ocssion, mis respetos. —Estado Mayor de plaza, Santiago, Mayo 22 de 1824. —J. Bernardo Cáceres. —Señor Secretario del Excmo. Senado.

Núm. 561 [1]

El Senado, a consecuencia del honorable oficio de V. E., de 20 del corriente, ha dispuesto aprobar la propuesta para comandante del batallón número 11 de guardias nacionales de Quillota, en la persona del capitan del mismo cuerpo don Ramón Gac, en caso que sea igualmente de la aprobación de V. E., i que, en lo sucesivo, cree por conveniente ordene que todas las propuestas de esta naturaleza, se dirijan en terna conforme a ordenanza, para que pueda elejir V. E. sin el temor de causar agravio.

El Senado tiene la complacencia de reiterar a V. E. los sentimientos de su mas alto aprecio. —Sala del Senado, Santiago i Mayo 28 de 1824. —Al Supremo Director Delegado.

Núm. 562

El Senado ha meditado detenidamente la consulta que V. E. se sirve dirijirle, con fecha 20 del que acaba, i despues de prolijas observaciones acordó por punto jeneral: que por mas responsabilidades que tenga la especie decomisada, siempre el aprehensor i los que tienen ínteres de aprehensión deben percibir la mitad de su valor, guardándose siempre lo dispuesto en la lei de 16 de Marzo del presente año, en lo que no se oponga a esta resolución.

El Senado reitera a V. E. su mayor aprecio. —Sala del Senado, Santiago i Mayo 28 de 1824. Al Supremo Director Delegado.

Núm. 563

Los ordenanzas del Senado le han representado solicitando se les agracie con un vestuario i considerando su desnudez i la decencia con que deben presentarse al servicio que están destinados, ha acordado se recomiende a V. E. su solicitud para que, en atención al motivo espuesto, se digne acceder a ella.

Aprovecho esta oportunidad para asegurarle los sentimientos de mi aprecio i consideración. —Sala del Senado, Santiago i Mayo 28 de 1824. —Al Supremo Director Delegado.

Núm. 564

El Senado ha tomado en consideración la nota de V. E ., de 13 del corriente, relativa a la solicitud de los oficiales del departamento de Relaciones Esteriores i Gobierno, i penetrado de las razones que le espone, ha venido en aprobar el decreto de V. E., de 1.º del corriente. En esta virtud, puede contribuirse a los solicitantes con los sueldos designados en el decreto de 1.º de Abril del año 23, con las condiciones impuestas a todos los demás empleados en la lei de 6 de Abril del presente.

Tengo el honor de ofrecer a V. E., de parte del Senado, mis consideraciones. —Sala del Senado, Santiago i Mayo 28 de 1824. —Al Supremo Director Delegado.

Núm. 565

El Senado necesita tener un ejemplar de la Constitución del año 18 i de los demás reglamentos administrativos que se hayan impreso, i me ordena lo solicite de US. A este efecto, tengo el honor de comunicarlo a US. renovándole mis ofrecimientos de aprecio. —Secretaría del Senado, Santiago i Mayo 28 de 1824. —Al Ministro de Gobierno.

  1. El oficio orijinal fué con fecha 20 a pesar de que el acuerdo se celebró el 22. (Nota del Recopilador.)