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Página:Sesiones de los Cuerpos Lejislativos de Chile - Tomo IX (1824).djvu/518

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SENADO CONSERVADOR

Arrobas Lbs. Pesos Rs.


La otra mitad que corresponde de carne pura, a i libra por medio

7
Id. de gordura, 2 arrobas, a pesos, son


Id. por los dos guachalomos 6 reales, i por la lengua, 1½ real, son


Id. por el menudo, patas i cabeza, 3½ reales


Id. por el cuero, 2 pesos




SUMA

25 
Importe de la vaca, por confesion del mismo abastero, 20 pesos

20 
Por costos de casa, peones, alcabala, etc




SUMA
23 
Según aparece de esta cuenta, resulta a favor del abastero

Beneficio de los carneros
Pesé un carnero grande, i pesó 41 libras, i pesé otro menor i pesó 24 libras, que regulando unos con otros, se gradúan de 30 libras cada uno, i dando a 10 libras por medio, salen 3 pesos


Por la cabeza, bofes, patas i menudo, se le pone 3 reales


3
Por el cuero


3
SUMA

6
Importe del carnero, según confesion del mismo abastero

5
Por costo de casa, peones, alcabala, etc.,




SUMA

  ½
Según aparece de la cuenta, queda a favor del abastero




Esperimentos de la harina

Arrobas Lbs. Pesos Rs.


Pesa i saco de harina sin cernir, 6 arrobas, i de harina flor, 4 arrobas, ésta rinde amasada de pan de España i chileno, a 6 panes por medio i de dos i media onza cada pan, salen 8 pesos 4 reales, de afrecho i de harinilla, 4 reales, que son 9 pesos


Importe de la saca de harina

1
Costos de amasijo, 8 reales




SUMA

1
Utilidades que dan 7 reales, que en 6 sacas que regularmente se amasan, le quedan al abastero, en las seis sacas, 5 pesos 2 reales

2


Nota. —Se advierte que en el pan francés no se ha hecho el esperimento por salir el amasijo a media noche; pero se sabe de positivo que en esta laya de pan, les resulta mayor utilidad a los abasteros, por confesion de ellos mismos.


Núm. 775

El Senado ha visto la nota de V. E., en que consulta el nombramiento de los cuatro abogados que deben suplir por los miembros de la Corte de Apelaciones, i para el que le faculta el artículo 76 del reglamento de justicia, i ha acordado se diga a V. E. que no hai inconveniente alguno para que proceda a la elección que consulta.

Lo que tengo el honor de reiterar a V. E., ofreciéndole los sentimientos de mi consideracion i aprecio. —Sala del Senado, Santiago, Julio 6 de 1824. —A la Suprema Corte de Justicia.


Núm. 776

El Senado ha discutido en diversas sesiones el reglamento del panteón, propuesto en iniciativa por V. E., i ha acordado se devuelva con las observaciones que tengo el honor de incluir, reiterándole mis protestas de aprecio. —Sala del Senado, Santiago, Julio 8 de 1824. —Al Supremo Director.