SESION 32, EN 11 DE JUNIO DE 1823
PRESIDENCIA DE DON MANUEL NOVOA
SUMARIO. —Asistencia. —Cuenta. —Procedimiento del Tribunal de Residencia. —Derechos judiciales. —Querella de don José Manuel Vázquez contra el Gobernador de Quillota. —Solicitud del procurador de Casablanca en favor de frai Juan Hernández. —Incompatibilidad judiciaria i modo de componer el supremo Tribunal de Justicia. —Reclamacion del Cabildo i eleccion de Gobernador de Quillota. —Demarcacion del territorio del Estado. —Denominacion de las nuevas provincias. —Insistencia en la supresion de la Lejion de Mérito. —Insistencia en el acuerdo sobre tratamiento debido a las autoridades. —Matrimonio de los españoles. —Cesion a beneficio del Cabildo de Coquimbo de ciertos derechos fiscales. —Acta. —Anexos.
Asisten los señores:
- Arce Pedro
- Barros José Manuel
- Cordovez Gregorio
- Errázuriz Fernando
- Gutiérrez Antonino
- Hurtado José Maria
- Infante José Miguel
- Novoa Manuel
- Henríquez Camilo (secretario)
CUENTA
Se da cuenta:
1.º De un oficio en que el ▼Supremo Director, contestando al oficio por el cual se le comunicó el acuerdo sobre la supresion de ciertos derechos judiciales, propone que a cada uno de los relatores se asigne un sueldo de 1,600 pesos, al portero un sobresueldo de 150 pesos i que a los escribanos se autorice para seguir percibiendo los derechos acostumbrados. (Anexo núm. 300. V. sesiones del 30 de Abril i del 26 de Mayo de 1823.)
2.º De otro oficio con que el mismo ▼Majistrado devuelve una querella de don José Manuel Vázquez, a fin de que el Senado le esplique la providencia del 28 de Mayo. (Anexo, núm. 301.)
3.º De otro oficio en que el mismo ▼Majistrado propone al ▼Senado autorizar al Gobierno a dar licencia a los españoles para contraer matrimonio aun cuando no tengan carta de ciudadanía, como lo exije el senado-consulto de 8 de Octubre de 1819. (Anexo nún. 302. V. sesion del 6.)
4.º De otro oficio en que el mismo ▼Majistrado espone unas objeciones que la Cámara de Justicia ha formulado contra el acuerdo que manda suspender del ejercicio de la abogacía al asesor de la causa seguida entre Salazar i Valdivieso, a fin de que el Senado las pese i resuelva en definitiva. (Anexo número 303. V. sesiones del 23 de Mayo i del 16 de Junio de 1823).