Ir al contenido

Página:Sesiones de los Cuerpos Lejislativos de Chile - Tomo VI (1822-1823).djvu/254

De Wikisource, la biblioteca libre.
Esta página ha sido validada
252
CONVENCION PREPARATORIA

Por remedio a estos inconvenientes, opino que debe variarse la tarifa del reglamento presentado, o nombrándose una comision de comerciantes que la arreglen, proporcionando los derechos al aumento que ha tomado la plaza con la noticia de su publicacion, o declarando que debe aprobarse en cuanto a los derechos de estraccion; que a los efectos i frutos, primas materias para la industria, se les imponga un diez por ciento; que los mismos de fácil contrabando paguen solo un cinco por ciento; que los mismos, en jeneral, adeuden por el ciudadano un treinta por ciento, i para el estranjero un treinta i seis, i que de los que se oponen a la industria, pague el ciudadano un sesenta, i el estranjero un setenta i dos por ciento.

Sírvase U.H. tener en consideracion, al leer estos apuntes, que no puede moverme un interes privado a presentarlos; pues el mió notariamente está por el mayor valor de los efectos que seguramente debe consistir en el aumento de los derechos de su entrada. Los presento a U.H. porque creo que de este modo se concilian los intereses públicos con los de muchos comerciantes, que de otro modo serian arruinados. —Santiago i Octubre 8 de 1822.


Núm. 392

Honorable Convencion:

El diputado de Valdivia, individuo de la Comision de Lejislacion, despues de haberse declarado en oposicion abierta al reglamento de comercio, va a hacerlo por escrito usando de la libertad que le concede la lei, i dice:

Para guardar justicia en la imposicion de derechos, es necesario fijar un principio, establecer una base. No propondré el método matemático que trae el sabio Chaptal para este asunto; baste decir que en la práctica se reduce a reducir los efectos que no se venden por peso, en tres clases, superior, media e inferior, i poner así una graduación de derechos, dividida con superiores, medios e inferiores. Esta graduacion se hace cuando se deja que el precio de plaza haga esta graduacion i clasificacion, imponiendo los derechos ad valorem, verbigracia, 19 o 20 por ciento. Sin salir de nuestra América, vemos este método adoptado en Buenos Aires, Lima, Panamá i Méjico. Sabemos que en Buenos Aires la economía política está bien estudiada, que los Ministros la han estudiado fuera de su país, i es fácil probar que este método es, según principios, el único que podemos i nos conviene seguir.

Se ha dicho en la sala que este método es perjudicial a la industria, i que conviene subir con derechos exorbitantes el precio de las medias i de todos los tejidos o hilados de algodon i de lana, para que así se adelanten estos trabajos en el país. Se ha dicho que conviene, del mismo modo, subir el precio del papel para que así se introduzcan sus fábricas entre nosotros. Sobre estas aserciones, que no le han probado algunos, sino que se han enunciado de un modo vago, haré algunas reflexiones.

Llamo la atencion de la sala a la observacion que hizo ayer en ella don Domingo Eyzaguirre, i que yo habia ya espuesto largamente de palabra, en la sesion estraordinaria del dia 5. I es que queremos empezar por donde otros han acabado, subiendo el precio de artículos para los cuales no tenemos fábricas, máquinas, capitales, ni maquinistas, ni fabricantes, ni artesanos. Esta es una conducta inaudita hasta ahora. Todas las naciones se han provisto de lo que necesitaban, han hecho creaciones en la interior, ántes de hacer uso de tales prohibiciones indirectas, lista es la marcha que siguió la Inglaterra, la Francia, la Alemania i que están siguiendo gradualmente la Rusia, la España, los Estados Unidos. La Francia, cuando adoptó el sistema continental, tenia ya un grado mui considerable de industria; tenia capitales i un número prodijioso de sabios i de artistas. Lo que ella hizo para rivalizar a la Inglaterra i elevar su industria al grado pasmoso en que se halla hoi, nos descubre lo que debemos hacer nosotros en una escala infinitamente menor. Todas las operaciones que constituyen la industria manufacturera, sean o no mecánicas o químicas, i su introduccion, su atraso o su perfeccion en un país, dependen del estado en que se hallan estas dos ciencias. Sus principios aplicados a las artes, forman las operaciones de la industria. Voi a contraerme solo a los hilados i tejidos, i reclamo la paciencia i la atencion de la sala.

Va dijo el señor Eyzaguirre que el hilar a mano i con el huso, es el método mas pobre i ménos productivo, i éste el único que conocemos aquí. Es necesario ir introduciendo los tornos i perfeccionarlos. A pesar de los leglatnentos de aduana mas rigorosos, la Francia estaba inundada de manufacturas inglesas ántes de ahora treinta años. Era, pues, necesario, o renunciar las fábricas, o adoptar los métodos ingleses. Porque es atacar la propiedad precisar al pueblo a comprar caro i malo, pudiendo comprar bueno i barato, i ademas no es posible constantemente. M. Chaptal, Ministro de lo Interior, atrajo a la Francia a M. Douglas, de Inglaterra, i en poco tiempo los fabricantes franceses se proveyeron, no solo de mecánicos propios a los hilados, sino de todas las máquinas necesarias para todas las operaciones de los tejidos. Tal era una máquina que corta ciento veinte libras por dia; una para hilar lana, que produce sesenta libras por dia; otra para tejer paños, que produce con dos hombres la obra de veinte operarios. Todos saben hasta qué grado de perfeccion i mejora elevó estas i otras máquinas el injenio del francés. Por