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Página:Sesiones de los Cuerpos Lejislativos de Chile - Tomo XIII (1826-1827).djvu/65

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SESION DE 15 DE SETIEMBRE DE 1826

rentas, proventos i emolumentos que le pertenecen fielmente, con cargo de satisfacer la media annata, conforme a lo prevenido en las órdenes jenerales de la materia. Mandamos a todas las clases del Estado le hagan i tengan por tal racionero de esta santa iglesia Catedral, guardándole i haciéndole guardar los privilejios, exenciones i prerrogativas que le corresponden. Para todo lo cual le hicimos espedir el presente despacho firmado de nuestra mano, signado con el sello de las armas de la República i refrendado por el Ministro Secretario del Interior, del que se tomará razón en las oficinas que corresponda. Dado en el Palacio Directorial de Santiago de Chile, a veinticuatro de Mayo de mil ochocientos veinticinco. — Ramón Freire . —Francisco R. De Vicuña.


Núm. 103

S. E. confiere título de racionero de esta santa iglesia Catedral a favor del doctor don Domingo Antonio Izquierdo.

Esta gracia tiene la calidad de dar cuenta a la primera Lejislatura para su aprobación con arreglo al decreto de 24 de Mayo de 1825. —Freire. —Vicuña.

Se tomó razón en el Tribunal Mayor de Cuentas de Santiago de Chile, a 8 de Julio de 1825, a fojas III vuelta, del libro de títulos número 24. —Briceño.

Se tomó razón a fojas 239 vuelta, del libro de títulos número 5. —Várgas. —Marzan.


Núm. 104

Señores Representantes:

Los suscritos, que han oido con sorpresa las discusiones públicas, cuenta de la subsistencia o nulidad de las elecciones de los diputados de este partido de Santiago, en que el jefe del partido opuesto hace de acusador, i de abogado i de juez, miéntras la parte acusada se ve sin personería alguna para su defensa i a discreción de sus mas implacables enemigos, ocurren a esta Augusta Representación para recomendar a su alta consideración tan enormes desventajas, suplicando respetuosamente se sirva ordenar se les entregue el espediente de la cuestión, concluida la sesión de este dia, a fin de que el abogado de esta parte pueda tomar las nociones convenientes para instruirse se sirva desde el dia de mañana, a esta Augusta Representación, las particularidades necesarias al esclarecimiento de un caso que afecta tan eminentemente el honor de los que suscriben. —José Gregorio Meneses. —Rafael Bilbao.