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Página:Sesiones de los Cuerpos Lejislativos de Chile - Tomo XIV (1827).djvu/103

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SESION DE 8 DE FEBRERO DE 1827

del mismo mes i año. —Santiago, Febrero 8 de 1827. —José Vicente Fontecilla.


Núm. 129

Consiguiente la nota que el Supremo Poder Ejecutivo dirijió al Congreso, con fecha 5 del corriente, ha acordado lo siguiente:

Artículo único. Ha lugar a la formacion de causa del diputado don Enrique Campino.

El Presidente de la Sala saluda etc. —Congreso Nacional, Febrero 8 de 1827. —Al Excmo. Señor Presidente de la República.


Núm. 130

El Congreso Nacional, en sesion de este dia, ha decretado i sancionado lo siguiente:

Artículo primero. Se concede amnistía a los ciudadanos comprendidos en el movimiento de la noche del 24 i siguientes.

Art. 2.º En consecuencia, el Poder Ejecutivo decretará su libertad; pero, si por el estado de la causa, puede fundadamente temerse exceso de algunos, los separará de Santiago por el tiempo que considere indispensablemente necesario, destinándolos al punto en que los crea útiles.

El Presidente de la Sala tiene el honor de ofrecer al de la República los sentimientos de su aprecio. —Congreso Nacional, Febrero 12 de 1827. —Al Presidente de la República.


Núm. 131

El Congreso Nacional ha acordado lo siguiente:

Oficíese a S. E., el Presidente de la República, para que espida las órdenes convenientes a efecto de que se efectúen hasta el dia los alcances de los diputados por sus dietas, dándoles libramientos si no hubiese en Tesorería numerario contra los deudores o cualquier ramo que pidan.

El Presidente de la Sala ofrece al de la República los sentimientos de su alto aprecio. —Congreso Nacional, Febrero 13 de 1827. —Al Presidente de la República.


Núm. 132

El Congreso Nacional ha sancionado lo siguiente:

"El Poder Ejecutivo no proveerá las canonjías, dignidades i raciones actualmente vacantes; pero podrá hacerlo de las que, en lo sucesivo, vacaren, a propuesta de los respectivos Cabildos eclesiásticos, cuya nominacion será precisamente en personas de conocido patriotismo."

El Presidente de la Sala al comunicarlo al de la República, tiene el honor etc. —Congreso Nacional, Febrero 21 de 1827. —Al Excmo. Señor Presidente de la República.