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SESION DE 26 DE ABRIL DE 1827
CONGRESO NACIONAL
SESION 190, EN 26 DE ABRIL DE 1827
PRESIDENCIA DE DON JUAN ALBANO PEREIRA


SUMARIO. —Cuenta. —Aprobación del acta de la sesión precedente. —Interpretación de la parte 4.º del artículo i.° de la lei de 14 de Febrero.—Aprobación de la pensión de doña Iiernarda Acedo Rico. — Recurso de los empleados contra la lei del rateo. —Nuevo edecán. —Aprobación del artículo 4.º capítulo I de la Constitución. —Discusión del artículo 5.ºi del proyecto de tramitación de los asuntos contenciosos. — Fijación de la tabla. —Acta. —Anexos.


CUENTA

Se da cuenta:

  1. De un oficio con que S. E., el Presidente de la República, acompaña varias piezas relativas a una competencia que se ha suscitado entre el Gobierno i la Suprema Corte de Justicia, sobre si el primero está o nó facultado por el número 4, artículo i.° de la lei de atribuciones del Poder Ejecutivo, para nombrar sin propuestas funcionarios judiciales suplentes c interinos. (Anexos números 394,395,396, 397,398 i 399. V. sesion del 24.)
  2. De un informe de la Comision de Hacienda, sobre el decreto de 6 de los corrientes, que manda se continúe asistiendo a doña Bernarda Acedo Rico viuda de Samaniego, con la pensión de 375 pesos; la Comision propone que se apruebe dicho decreto ( V. sesión del 23.)
  3. De otro informe de la misma Comision sobre el recurso entablado por varios empleados, en demanda de que se abrogue la lei del rateo de los sueldos; la Comision propone que se suspendan, por ahora, los efectos de dicha lei. (Anexo núm. 400 V. sesión del 2 de Marzo de 1827.)

ACUERDOS

Se acuerda:

  1. Que la Comision de Constitución informe sobre la interpretación que deba darse al número 4, artículo i.° de la lei del 14 de Febrero, sobre atribuciones del Poder Ejecutivo para nombrar empleados judiciales. ( V. sesiones del 10 de Febrero i del i.° de Junio de 1827.)
  2. Aprobar, como la Comision de Hacienda lo propone, el decreto que manda seguir asistiendo a doña Bernarda Acedo Rico con la pensión anual de 375 pesos. (Anexo núm. 401.)