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Página:Sesiones de los Cuerpos Lejislativos de Chile - Tomo XI (1824-1825).djvu/35

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SESION DE 9 DE MARZO DE 1825

ACUERDOS

Se acuerda:

  1. Aprobar el acta de la sesion precedente, previas dos rectificaciones.
  2. Declarada urjente la mocion del señor Palazuelos, sobre franquía de unos buques, pedir informe al Ejecutivo sobre este particular.
  3. Sobre la del señor Infante, para disponer que toda mocion se presente impresa, pedir informe a la Comision de Policía Interior. ( V. sesion del 11.)
  4. Sobre la solicitud de don Juan Albano, que la Comision de Justicia informe, previniéndose que todo escrito debe traer suma. ( V. sesiones del 18 de Mayo de 1820, del 17 de Marzo de 1826 i del 3 de Marzo de 1827.)
  5. Sobre unos arbitrios que el señor Muñoz de Bezanilla propone para salvar la penuria del Erario, que la Comision de Hacienda, de la cual él es vocal, informe lo que juzgue conveniente. (V. sesiones del 7 de Marzo de 1823 i del 11 de Agosto de 1826.)
  6. Declarar que los diputados no pueden, sin permiso de la Sala, retirar sus mociones una vez presentadas. (V. sesion del 7.)
  7. Aprobar los artículos 1.º a 7.º de la lei de garantías, i dejar pendiente la discusión de los demás. ( V. sesiones del 7 i del 11.)

ACTA

Se abrió con asistencia de los señores Araos, Arriagada, Baquedano, Bezanilla, Cáceres, Calderón, Concha, Eyzaguirre, Elizondo, Echeverría, Huici, Infante, íñiguez, Lazo, Meneses, Merino, Novoa, Ovalle don José Antonio, Ovalle don Vicente, Ovalle don José Tomas, Olmedo, Ocampo, Prieto, Palazuelos, Ruiz, Rodríguez, Silva, Vera i Urízar.

Leida el acta del anterior fué aprobada bajo las calidades que se espresan en la nota adicional.

Leyóse una mocion del señor Palazuelos, para que se suspenda la fianza de 20,000 pesos que se exije a los buques que están en Valparaíso cargados de efectos del país, para que no toquen en puertos enemigos; i preguntado por el señor Presidente si era urjente i fácil para poderse discutir, se decidió que se pidiese informe al Ejecutivo sobre el particular, pasándosele el correspondiente oficio al efecto.

Leyóse otra del señor Infante, para que toda mocion se imprima con cincuenta ejemplares para repartirlos a los diputados, fijándose uno en la puerta de la Sala con el objeto que se impongan de él todos los concurrentes i la barra, i preguntado si era fácil i urjente o se pasaba a comision, se decidió pasase a la de Policía Interior.

Leyóse también una representación de don Juan Albano, para que se le proteja en la lei que ordena que todo juez recusado lo sea de hecho. Se mandó a la Comision de Justicia, previniéndose que ningún escrito se admita sin suma.

El señor Muñoz Bezanilla, como individuo de la Comision de Hacienda, i a virtud de los apuros del Erario, propuso varios arbitrios a la Sala para suplir las urjencias insinuadas por el Ministro de Hacienda, i se le contestó que la Comision informaría cuanto creyese conveniente, i aunque dijo quería le alumbrase la Sala algún otro, se le repuso que el diputado a quien se le ocurriese, lo haría ver a la citada Comision.

El señor Presidente dijo estar pendiente la discusión sobre si podía o nó retirar un diputado su mocion presentada, i que se decidiese este punto acerca del que se habia tratado largamente en la sesión anterior, i aunque se espuso que, como asunto odioso, era mejor silenciarlo por la materia que te habia discutido, se resolvió que despues de leida, no podia retirarse sin anuencia del Congreso.

Púsose en discusión la lei de garantías, i en la introducción, se ordenó que donde dice ciudadano se ponga hombre.

Discutido el artículo primero, se acordó que donde dice Nadie es obligado, se ponga nadie puede ser obligado, suprimiéndose la segunda parte.

Los artículos 2.º, 3.º, 4.º i 5.º fueron aprobados, poniéndose Impone donde en el 3.º se dice Imponga, i pudiendo hacer sobre el 5.º la correspondiente mocion acerca de las observaciones que de él hicieron algunos diputados.

El 6.º i 7.º fueron asimismo aprobados, con la calidad precisa de unirse ámbos, teniéndose por uno solo.

En este estado, se levantó la sesion, quedando en discusión el 8.º i demás artículos de garantías.

Nota. —Se previno que, en la mocion del señor Palazuelos, hubo declaración de urjente, cuya espresion debe ponerse en esta nota, por no estar en el acta; asimismo se determinó se pusiese que, en el escrito de don Juan Albano, fué puesto el decreto por el señor Vice-Presidente, porque dijo el señor Presidente estar implicado. —José Miguel Infante, Presidente.