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Página:Sesiones de los Cuerpos Lejislativos de Chile - Tomo XXII (1833-1834).djvu/232

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226 CÁMARA DE DIPUTADOS

lar el siguiente proyecto presentado por la Comision de Gobierno, a consecuencia del Mensaje del Poder Ejecutivo:

"Se autoriza al Presidente de la República para dotar la secretaría del Consejo de Estado, proveyéndola de un secretario con la renta anual de mil doscientos pesos, i con un sobresueldo de trescientos para invertirse en un oficial auxiliar, cuyo nombramiento deberá recaer en alguno de los que existen empleados en los Ministerios."

Puesto a discusion el informe que dio la Comision de Policía Interior en la solicitud del señor Campino, se acordó concederle quince dias de licencia; i se levantó la sesion. —Vial.Vial, diputado-secretario.


ANEXOS

Núm. 202[1]

El Presidente de la República ha recibido la nota del señor Presidente de la Cámara de Diputados, en que le comunica la autorizacion que el Congreso Nacional le ha conferido para que pueda invertir, en la compra de los terrenos que juzgue necesarios para campo de instruccion militar, hasta la cantidad de diez mil pesos.

Dios guarde a V. E. —Santiago, Diciembre 7 de 1833. —Manuel Renjifo. —Al Presidente de la Cámara de Diputados.


Núm. 203

Cuando la Cámara se sirvió acordar que debíamos concurrir a sus sesiones, apesar de la noticia vaga que tenía de nuestra acusacion, no pudo remotamente presumir el carácter de ésta i su gravedad. Nosotros tampoco lo preveíamos i aceptamos gustosos el honor que nos dispensaba, llamándonos a su seno hasta que se formalizó la acusacion por el señor Fiscal de la Suprema Corte de Justicia, en que se trata a los jueces que sentenciaron la causa de don Joaquin Arteaga i otros en Corte Marcial, de un modo peor que si fuesen salteadores o asesinos, porque siquiera contra éstos no se pide infamia. El Supremo Gobierno no solo ha aprobado el dictamen fiscal, sino que lo ha pasado a la Cámara en lugar de la copia de autos que, por decreto de 4 de Octubre último, se le mandaba remitir para que decida si ha o nó lugar a la formacion de nuestra causa.

No creo decoroso al Augusto Cuerpo que la Nacion encargó la formacion de sus leyes, admitir en su seno a los que el Supremo Gobierno juzga acreedores a la deposición de sus cargos judiciales, inhabilidad para obtenerlos, infamia i deportacion al lugar de los malvados por todo el tiempo que la lei permite. Al ménos, si se acuerda la delicada escrupulosidad con que debe cuidar un lejislador su reputacion, espero que la Sala tendrá por suficiente escusa para dejar de concurrir a sus sesiones, miéntras llega la ocasion de vindicarme, la horrorosa e infamante acusacion con que se ha querido acriminarme.

Por lo espuesto, creo que no me comprende el acuerdo sobre las penas contra inasistentes que V. S. se ha servido trascribirme, en su nota fecha 4 del que rije; temo, sin embargo, que se quiera con estorsiones arrancarme una multa que solo deben pagar los que por indolencia criminal dejan de concurrir.

Al efecto, suplico a V. S. se digne elevar a la Sala esta solicitud para que, penetrada de mi justicia, declare que debe tenérseme por licenciado todo el tiempo que permanezca sin decidirse mi acusacion, esto es, para el caso de que no juzgue que, por la naturaleza de ella, debemos ser de hecho escluidos de alternar con los diputados, miéntras llega el caso de vindicarnos.

Dios guarde a V. S. muchos años. —Santiago i Diciembre 11 de 1833. —Rafael Valentín Valdivieso Zañartu. —Señor Secretario de la Cámara de Diputados.


Núm. 204

Quedo noticiado de la resolucion que V. S. se ha servido comunicarme, en oficio de nueve de Diciembre corriente, que he recibido hoi.

Dios guarde a V. S. muchos años. —Santiago i Diciembre 10 de 1833. —Pedro de la Cuadra. —Al señor Secretario de la Cámara de Diputados.


Núm. 205

La Comision ha visto los tratados que se celebraron en esta capital entre el Ministro Plenipotenciario de Chile i el de Bolivia, i cree que su simple lectura bastará para que la Cámara se decida a aprobarlos en todas sus partes; pues, es el único en que se encuentran adoptados todos los principios liberales i justos porque se ha pronunciado tantas veces la Cámara. —Santiago, Diciembre 7 de 1833. —Martin Manterola Cantuarias. —José Manuel de Astorga. —José Domingo Barros. —Manuel Camilo Vial.


Núm. 206

La Comision ha visto el proyecto que el Poder Ejecutivo pasó a las Cámaras, en su Mensaje de 22 de Julio, con las modificaciones hechas por el Senado; i aunque decide en su favor porque

  1. Este documento ha sido trascrito de un volumen del Archivo Jeneral, correspondiente al Ministerio de la Guerra i titulado Oficios 1830-35. —(Nota del Recopilador.)