Página:Sesiones de los Cuerpos Lejislativos de Chile - Tomo XXIV (1835-1839).djvu/188

De Wikisource, la biblioteca libre.
Esta página ha sido validada
184
CÁMARA DE DIPUTADOS

nado del artículo 17 de la lei de cabotaje. (Anexo núm. 210.)

  1. Aprobar los incisos 2º, 3.º, 4.º i 10, artículo I.° del proyecto de reconocimiento de la deuda interior. (V. sesiones del 2 i del 9.)
  2. Aprobar en jeneral el informe relativo a la contribución de serenos. (V. sesión del 9.)

ACTA


sesion del 7 de octubre de 1835

Se abrió con los señores Aldunate, Arlegui, Arce don Estanislao, Arce don Miguel, Astorga, Barra, Bustillos, Dávila, Fierro, Gárfias, García de la Huerta, Garrido, Irarrázaval, Izquierdo, Martínez, Morán, Montt, Mendiburu, Pérez, Prieto, Renjifo, Reyes, Rosales, Soffia, Sotomayor, Torres, Tocornal don José María, Tocornal don Joaquin, Troncoso, Vidal i Vial don Antonio.

Aprobada el acta de la sesión anterior, se leyeron cuatro oficios del Senado, avisando haber aprobado el acuerdo de esta Cámara en el proyecto de erijir en departamento de Talca a la doctrina de Lontué, haber declarado de utilidad pública la traslación de la ciudad de Chillan, i modificado el proyecto de lei sobre derechos de esportacion; i por el cuarto haber nombrado una comision especial para el reconocimiento de las cuentas de gastos presentadas por el Ministro de Hacienda en su Memoria, i aprobación del presupuesto del año entrante; éste i los dos primeros se mandaron archivar i comunicar i el 3.º pasar a la Comision de Hacienda.

En seguida, se dió cuenta de los informes de las Comisiones de Hacienda i Gobierno en el acuerdo del Senado para suprimir el artículo 17 de la lei de cabotaje; en el proyecto de establecer una rebaja de los impuestos que gravan a los frutos i manufacturas que se importan o esportan de las provincias trasandinas; i en la autorización pedida por el Ejecutivo para regularizar el establecimiento i contribución de serenos; todos quedaron para discusión.

Puesto a discusión el acuerdo del Senado para suprimir el artículo 17 de la lei de cabotaje, fué aprobado por unanimidad.

Continuó la del proyecto sobre reconocimiento de la deuda interior, i se aprobaron por mayoría las partes 2.ª, 3.ª, 4.ª i 10.ª del artículo I.°, en los términos que sigue:

2.ª Los capitales que, con arreglo a la real cédula de 26 de Diciembre de 1804 se consolidaron por el Gobierno español, ántes del 18 de Setiembre de 1810, sobre las Tesorerías de Chile, por haber elejido los dueños de dichos capitales, al tiempo de la consolidacion, ser cubiertas por éstas.

3.ª Cualesquiera otros capitales impuestos también sobre el fondo público i que actualmente se hallen en posesion de cobrar réditos.

4.ª Los intereses vencidos í no pagados de los capitales a que se refieren los dos números precedentes.

"10.ª Los capitales que también en calidad de depósito hubiesen entrado al Erario de Chile por decretos del Gobierno español, siempre que se haga constar pertenecían a ciudadanos de la República."

Ultimamente, se aprobó en jeneral el informe leido sobre regularizacion del establecimiento de serenos; en este estado se levantó la sesión. —Jose Vicente Izquierdo. —Montt, diputado-secretario.


ANEXOS

Núm. 201

El Senado ha aprobado el proyecto de lei, pasado por la Cámara de Diputados, sobre erijir en departamento de la provincia de Talca el territorio que actualmente comprende la doctrina de Lontué, con la denominación de departamento de Lontué, teniendo por cabecera i residencia de las autoridades departamentales, la villa de Molina.

Devuelvo los antecedentes.

Dios guarde al señor Presidente. —Cámara de Senadores. —Santiago, Octubre 6 de 1835. —Gabriel José de Tocornal. —Fernando Urízar Gárfias, pro-secretario. —Al señor Presidente de la Cámara de Diputados.


Núm. 202

El Senado ha aprobado el acuerdo de la Cámara de Diputados, declarando de utilidad pública la traslación de la ciudad de Chillan.

Devuelvo los antecedentes.

Dios guarde al señor Presidente. —Cámara de Senadores. —Santiago, Octubre 6 de 1835. —Gabriel José de Tocornal. —Fernando Urízar Gárfias, pro-secretario. —Al señor Presidente de la Cámara de Diputados.


Núm. 203

El Senado ha aprobado el proyecto de lei sobre derechos de esportacion, adicionándolo con un nuevo artículo que debe colocarse inmediatamente despues del 20, corrijiendo el artículo octavo en los términos que se espresan, i suprimiendo el artículo 4.º que agregó la Cámara de Diputados, por el que se declara que la libertad de esportar minerales de plata i oro solo se entiende respecto de aquéllos cuyo beneficio no