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270 CÁMARA DE SENADORES


Núm. 472

Señor Comandante Jeneral de Marina:

El infrascrito, doctor en medicina, residente Valparaiso, certifica que el coronel don Victorino Garrido, a quien asiste, padece de un catarro crónico del pulmon.

La enfermedad antigua ya ha aparecido este invierno, con paroxismos mas graves que de costumbre i repetidos con mas frecuencia. En efecto, el señor coronel, habiendo pasado dos años bajo la atmósfera temperada de Lima no podia impunemente soportar, durante la estacion fria sobre todo, la influencia del clima seco i rigoroso de Chile.

A mas hemos visto al coronel Garrido aun en el Perú padecer una exacerbacion de su enfermedad a causa de la ajitacion i trabajos que le demandaba su comision, en los momentos de su partida: a bordo de la fragata que lo trajo a Chile, el descanso i quizas la influencia de la navegacion calmaron los síntomas i llegó a Valparaiso aliviado. Estuvo en el campo i su mejoría siguió adelante hasta que regresó a Santiago, donde volvieron los síntomas a aparecer.

En vista del estado del señor coronel i valorando las circunstancias en que la enfermedad ha parecido agravarse o mejorarse, pensamos que el señor Garrido debe separarse de toda ocupacion que le demande contraccion mental sostenida, trabajo sedentario i continuo i sobre todo debe eximirse de las tareas del hombre de gabinete. En esta virtud, la vida del campo, un ejercicio moderado a pié o a caballo, viajes cortos por mar, son las condiciones bajo cuyos auspicios el señor Garrido ha visto mejorar su salud que quizas son esenciales para que cada dia los síntomas no sean mas alarmantes.

Por tanto, i para los fines que le convengan le he dado el presente certificado. —Valparaiso, Julio 19 de 1841. —Emilio Veillon.


Vuelva al interesado para los fines que crea conveniente. —Valparaíso, Julio 20 de 1841.—Cavareda.


Núm. 473

Excmo. Señor:

Don Victorino Garrido, Comisario-Contador de Marina i coronel graduado de Ejército a V. E. con el debido respeto dice: que habiendo espuesto el señor Fiscal de la Suprema Corte en el dictámen que corre a fs del espediente seguido sobre el retiro que solicita el ocurrente que pudiera éste rebajar una tercera parte o mas de los $ 13,75º, que ha propuesto por via de transaccion, para que ésta fuese mas ventajosa al Erario, se allana a ello si V. E. lo juzga así absolutamente necesario, i aunque la suma a que quedará reducida la que se le adjudique en ese caso, vendrá a ser la de $ 9.166 i §, se conformará con ella i aun con la rebaja délos $ 166 i dos tercios atendidas sus actuales circunstancias.

La cantidad de $ 10,000, léjos de ser excesiva, proporcionaria al Estado un ahorro considerable de sus rentas, si es que son proporcionados los cálculos de vida, i otros que se ha formado; pero como el interesado quiere en esta ocasion, como lo ha hecho en otras, prescindir en la parte posible desús intereses, se conformará con la cantidad de los $ 9,000, haciéndose cargo de las circunstancias particulares del Erario i de las mui ciíticas i apuradas en que se encuentra á consecuencia de haber abandonado por algunos años sus intereses.

En esta virtud i reproduciendo la renuncia de sus destinos i derechos, acompaña, para los fines que pueda tener lugar, un certificado espedido a 19 de Julio del presente año, por mandato del señor Comandante Jeneral de Marina con cuyo documento se confirmó que la enfermedad del ocurrente ha ido en aumento de dos años a esta parte; por tanto,

A V. E. suplico se sirva proveer lo que estime justo. —Excmo Señor. —Victorino Garrido.


Núm. 474

Algunas atenciones del servicio público me impiden presentarme hoi personalmente ante la Honorable Cámara a darle cuenta de los Departamentos de Guerra i Marina. Sírvase Ud. poner en su conocimiento la Memoria que le incluyo, que comprende tambien los presupuestos para el año próximo entrante correspondientes a estos Departamentos.

Dios guarde a Ud. —Santiago, Agosto 27 de 1841. —Manuel Montt. Al Secretario de la Cámara de Senadores.


Núm. 475

Esta Cámara ha considerado nuevamente la adicion que habia hecho al proyecto de decreto acordado en favor de doña Cármen Carrera, viuda del Contador don Manuel Gormaz, haciendo estensiva a sus hijos la pensión de $ 30 mensuales asignada a la viuda; i persuadida que dicha ampuacion es gravosa al Erario, se ha conformado con la supresion acordada por esa Cámara, prestando su aprobacion al proyecto en los mismos términos que V. E. se sirvió comunicarlo en su nota de 26 de Agosto del año próximo pasado.

Devuelvo los antecedentes.

Dios guarde a V. E. —Santiago Agosto 23 de 1841. —José Ignacio de Eyzaguirre. —José Miguel Aristegui, Diputado-Secretario. —A S. E. el Presidente de la Cámara de Senadores.